RESOLUCIÓN 141 2019 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Síntesis:

SE APRUEBA - PLAN DE EVALUACIÓN - PERSONAL DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD - AÑO 2019 - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA 

Publicación:

27/08/2019

Sanción:

22/08/2019

Organismo:

INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 5.688 (Texto consolidado N° según Ley N°6.017), el Decreto N°

305/GCBA/18, las Resoluciones N° 1064/MJYSGC/18 y N° 397/MJYSGC/19, el

Expediente Electrónico N° 25791992/MGEYA/SGISSP/19, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del

Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo

referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y

funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación,

implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de

apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano

rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores

involucrados en todo el sistema integral, entre los que se destaca el personal del

Cuerpo de Bomberos de la Ciudad (Artículo 357 y siguientes, Ley N° 5.688);

Que en la citada Ley, bajo el Título X, se establece el Plan de Evaluación del Personal

del Cuerpo de Bomberos, disponiendo en su Artículo 401 que todo el personal del

Cuerpo de Bomberos en actividad debe cumplir obligatoriamente una instancia de

evaluación en el Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que mediante el Artículo 403 se prescribe que la periodicidad de la evaluación, las

competencias a evaluar, los contenidos de cada una, los estándares mínimos a

aprobar según jerarquía, el régimen de evaluación y demás aspectos vinculados a ella

son determinados por el Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que la instancia de evaluación se constituye en una estrategia de seguimiento de las

capacidades técnicas y del rendimiento físico del personal con el objetivo de mantener

y potenciar las condiciones más idóneas para el cumplimiento de la función del Cuerpo

de Bomberos garantizando el incremento, la diversificación de las posibilidades de

actualización y el perfeccionamiento del personal (Artículo 402 Ley N° 5.688);

Que conforme lo dispone el Artículo 404 de la mentada Ley, la evaluación debe incluir,

por lo menos una instancia de actualización académica y una de condición física y

atlética;

Que a los efectos de implementar los mandatos contenidos en dichas disposiciones

legales, se torna necesario diseñar un programa que permita capacitar en forma

permanente y realizar el seguimiento de las habilidades académicas, técnicas y del

rendimiento físico del personal del Cuerpo de Bomberos con el objeto de que se

mantengan y potencien las capacidades para el desarrollo de su quehacer

propendiendo al logro de una aptitud operativa que permita afrontar de la forma más

eficiente posible las exigencias que requiere el desarrollo de la función encomendada;

Que ello resulta de vital importancia ya que las actividades propias del Cuerpo de

Bomberos, enmarcadas en un contexto de alta exigencia obligan a conseguir,

mantener, actualizar y acrecentar la preparación académica, física y técnico operativa

de su personal para llevar a cabo con eficiencia las tareas propias en los diversos

ámbitos de actuación;

Que en tal contexto, el Sr. Responsable del Departamento de Capacitación y

Evaluación Permanente del Instituto Superior de Seguridad Pública, mediante la Nota

N° 25573749/SAISSP/19, elevó a consideración de esta instancia el proyecto de "Plan

de Evaluación del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad" para el presente año 2019, que

se integra con un Anexo I, denominado: "Instancias de Evaluación" y un Anexo II,

denominado: "Descripción y Recomendaciones de las Instancias de Evaluación";

Que en esta inteligencia, es menester formular un programa que integre de manera

dinámica a las dos instancias en cuanto a su esquema, metodología y contenido,

sirviendo asimismo como instrumento de diagnóstico, al permitir analizar y determinar

el estado actual de las capacidades profesionales del personal del Cuerpo de

Bomberos de la Ciudad, como estadio previo al desarrollo de planes operativos para

adaptarse a las necesidades que se establezcan;

Que con el propósito de efectivizar este marco estratégico resulta imprescindible

aprobar un programa de evaluación que adopte las características precedentemente

señaladas, tal como lo hace el plan de evaluación propuesto, a efectos de permitir

estandarizar y trasparentar el análisis y ponderación de las aptitudes del personal del

Cuerpo de Bomberos;

Que en razón de lo expuesto corresponde aprobar el Plan de Evaluación del Personal

del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad para el año 2019;

Que mediante la Resolución N° 397/MJYSGC/19, se encomendó al Dr. Gabriel

Esteban Unrein, en su carácter de Secretario Académico, asumir la función de Director

del Instituto Superior de Seguridad Pública.

Por ello, en uso de las facultades que son propias,

EL DIRECTOR DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESUELVE

Artículo 1.- Aprobar el "Plan de Evaluación del Personal del Cuerpo de Bomberos de la

Ciudad" para el año 2019, cuyo programa de actividades y contenidos, descripción y

recomendaciones de las instancias de evaluación obran en los Anexos I y II que como

IF-26114765-SAISSP-2019 e IF-26115225-SAISSP-2019, forman parte integrante de

la presente Resolución.

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su

conocimiento y demás efectos comuníquese al Sr. Ministro de Justicia y Seguridad, al

Sr. Secretario de Seguridad, a la Secretaría de Administración de Seguridad y

Emergencias y a la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública.

Cumplido, archívese. Unrein


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5686ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5686ANEXO II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art.1 de la Resolución 189-ISSP-20, deja sin efecto la Resolución 141/ISSP/19.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1º de la Resolución Nº 141-ISSP-19 aprueba el Plan de Evaluación del Personal del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad para el año 2019, en el marco de lo establecido en el art. 401 de la Ley Nº 5688.</p>