ORDENANZA 41783 1986

Síntesis:

MODIFICA PARCIALMENTE EL ARTÍCULO 3° DEL CAPÍTULO III DE LA ORDENANZA N° 41.455, EN SU PUNTO 3.10 - CARRERA MUNICIPAL PROFESIONALES DE LA SALUD - CONCURSOS PARA COBERTURA DE VACANTES EN EL SECTOR URGENCIAS DE LOS HOSPITALES PÚBLICOS

Publicación:

27/01/1987

Sanción:

23/12/1986

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

09/01/1987


El Honorable Concejo Deliberante

de la Ciudad de Buenos Aires

Sanciona con Fuerza de

ORDENANZA:

Artículo 1° - Modifícase parcialmente el artículo 3° del Capítulo III de la Ordenanza N° 41.455 (B.M. N° 17.920) en su punto 3.10, el que quedará redactado de la siguiente forma:

3.10 Los cargos vacantes de ejecución del sector de Urgencias serán cubiertos mediante concurso en el modo y forma que establezca la reglamentación.

3.10.1 La atención de la urgencia podrá ser efectuada por profesionales, bajo el modo de función, debiendo en tal caso el Departamento Ejecutivo dictar el acto administrativo pertinente previo al respectivo llamado a concurso.

3.10.2. La duración de la función así concursada podrá ser fijada por el Departamento Ejecutivo según lo Indique la reglamentación

3.10.3 En caso que la función no fuera cubierta a través de los concursos respectivos el Departamento Ejecutivo podrá encomendar dicha función a profesionales con carácter dé función transitoria. Su duración no podrá ser mayor que el tiempo que se fije como período en la función.

Artículo 2° - Comuníquese. etcétera.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Modifica parcialmente el art. 3°, del Capítulo III, punto 3.10 de la Ordenanza 41455
COMPLEMENTADA POR
Res. 58-11 instrumenta el Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal de Salud, que tiene alcance sobre el personal encuadrado en los términos de la Ord. 41783, modificatoria de la Ord. 41455
PROMULGADA POR