RESOLUCIÓN 58 2011 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

INSTRUMENTA EL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD, LA ASOCIACIÓN DE MÉDICOS MUNICIPALES AMM Y LA FEDERACIÓN DE PROFESIONALES DE LA SALUD - RELACIÓN DE EMPLEO DE LOS MÉDICOS, ENFERMEROS, CAMILLEROS, ANESTESISTAS Y DEMÁS PROFESIONALES DE LA SALUD - DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PERSONAL DE HOSPITALES Y CENTROS DE SALUD PÚBLICA - OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL EMPLEADOR - CREA LA COMISIÓN MIXTA PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DEL CONVENIO  - CREA LA SUBCOMISIÓN PERMANENTE DE EXCUSACIONES, RECUSACIONES E IMPUGNACIONES PARA CONCURSOS DE CARGOS EN EL SISTEMA DE SALUD - LIBERTAD DE EXPRESIÓN - NO DISCRIMINACIÓN - HIGIENE Y SEGURIDAD DEL TRABAJO - CONDICIONES DE INGRESO Y EGRESO A LA CARRERA - JUBILACIÓN - RÉGIMEN DE LICENCIAS, JUSTIFICACIONES Y FRANQUICIAS - LICENCIA ORDINARIA - LICENCIAS SIMULTÁNEAS - SITUACIÓN DE REVISTA - CONDICIONES DE TRABAJO - ESTABILIDAD - CARGOS DE CONDUCCIÓN - FUNCIONES - ÁREA PROGRAMÁTICA - LICENCIAS  PARA PROFESIONALES SUPLENTES DE GUARDIA - CAPACITACIÓN - STRESS LABORAL - ESPECIALES -MATERNIDAD - ADOPCIÓN - ESCOLARIDAD DE HIJOS - PATERNIDAD -MATRIMONIO - FALLECIMIENTO - REMUNERACIONES - CATEGORÍAS - SUPLEMENTOS ESPECIALES -  CAPACITACIÓN Y EVALUACIÓN PROFESIONAL - FUNCIÓN DE CONDUCCIÓN - EJECUCIÓN - TITULAR - INTERINO - REEMPLAZANTE - SUPLENTE - SECTOR URGENCIAS - DIRECTORES - SUBDIRECTORES - PROMOCIÓN HORIZONTAL - VERTICAL - INGRESO A LA CARRERA - CONCURSOS - CERRADO - ABIERTO - RÉGIMEN DISCIPLINARIO - MEDIDAS DISCIPLINARIAS - SANCIONES - SUSPENSIÓN - SUMARIOS - NEGOCIACIÓN COLECTIVA

Publicación:

21/02/2011

Sanción:

14/01/2011

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO:

el Expediente N° 1617026-10, la Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente N° 1617026-10 tramita el Convenio Colectivo de Trabajo celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires (A.M.M), y la Federación de Profesionales de la Salud de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, en razón de lo establecido por el artículo 98 de la Ley N° 471 y por el Decreto N° 465/04, mediante la Resolución N° 68/SST/11 el mismo fue registrado por la Subsecretaría de Trabajo dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley citada, los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;

Que, en ese sentido, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se instrumente el referido Convenio Colectivo de Trabajo;

Por ello, en virtud de las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE

Artículo 1°.- Instruméntase, con vigencia del 1/12/10 al 1/12/12, el Convenio Colectivo de Trabajo celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires (A.M.M), y la Federación de Profesionales de la Salud de la Ciudad de Buenos Aires;

Artículo 2°.- Regístrese, comuníquese a la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires (A.M.M), y la Federación de Profesionales de la Salud de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Recursos Humanos y a la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3610

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 6-MMGC-15, aprueba el Procedimiento General de Registro de Asistencia del Personal comprendido en la Ordenanza 41455, cuyo Régimen Disciplinario aplicable está incorporado en el Capítulo X del Convenio Colectivo instrumentado por Resolución 58-MHGC-11.</p>
INTEGRADA POR
<p>Acta 29/24 establece las fechas en que se aplicará lo dispuesto por Art. 97 del Convenio Colectivo de AMM (Día del Trabajador Municipal), para los años 2024, 2025, 2026 y 2027.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Por Acta 12/23 las partes acuerdan la creación de una COMISIÓN ASESORA DE C NCURSOS que sustituirá a la que fuera creada en los términos del artículo 10 del Convenio Colectivo de Trabajo celebrado entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires (A.M.M.) y la Fecferación de Profesionales de la Salud de la Ciudad de Buenos Aires, instrumentada por  Resolución N° 58/MHGC/11</p><p> </p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 597-11 crea el Depto de Salud y Seguridad en el Trabajo Hospitalario, en el Hospital Piñero, conforme lo establecido por el art. 85 inciso b) del Convenio Colectivo, aprobado por Resolución 58-MHGC-11.</p>
INTEGRA
Res. 58-11 instrumenta el Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal de Salud, cuyo Art. 15, inc. b) establece que para los traspasos de personal de la nación a la ciudad, realizados en el marco de la Ley 24061 no resultan incompatibles respecto de la acumulación de cargos
INTEGRA
<p>Res. 58-11 instrumenta el Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal de Salud, cuyo Art. 10 crea la Subcomisión que regirá la aplicación del Capítulo X, De los Concursos de la Ord. 41455</p>
COMPLEMENTA
Res. 58-11 instrumenta el Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal de Salud, que tiene alcance sobre el personal encuadrado en los términos de la Ord. 41455 y sus normas modificatorias, cuya aplicación rige por Art. 4°, inc. c) del Convenio
COMPLEMENTA
Res. 58-11 instrumenta el Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal de Salud, que en sus arts. 26, 27 y 28 complementan el Cap. VII de la Ordenanza N° 41455
INTEGRA
Anexo Art 64 de la Res 58-MH-11- Convenio Colectivo- establece que el Ingreso a la Carrera y las funciones de ejecución se efectúan mediante el Sistema previsto en Cap X de la Ord 41455
COMPLEMENTA
Res. 58-11 instrumenta el Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal de Salud, cuyo Art. 4, inc. d) establece que la relación laboral de médicos y Profesionales de la Salud se rige por los términos del Dto. 2745-87 y sus modificatorias
INTEGRA
Anexo Arts 65 y 66 de la Res 58-MH-11 establece modalidad de concursos, según lo previsto por punto 10.6 del Dto 2745-87
INTEGRA
Res. 58-11 instrumenta el Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal de Salud, registrado por Res. 68-11
COMPLEMENTA
<p>Acta 21-10 complementa aplicación del art 97 del Convenio Instrumentado por Res 58-MH-11</p>
INTEGRADA POR
artículo 97 del Convenio Colectivo de Trabajo - Anticipos no remunerativos primer trimestre 2011
INTEGRADA POR
Art. 3 de la Res. 84-MHGC-13, designa a Carlos RUSSO como Presidente de la Subcomisión Permanente de Excusaciones, Recusaciones e Impugnaciones del Convenio Colectivo de Trabajo instrumentado mediante Resolución 58-MHGC-2011.
COMPLEMENTA
Res. 58-11 instrumenta el Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal de Salud, que tiene alcance sobre el personal encuadrado en los términos de la Ord. 42738, modificatoria de la Ord. 41455
COMPLEMENTA
Res. 58-11 instrumenta el Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal de Salud, que tiene alcance sobre el personal encuadrado en los términos de la Ord. 51793, modificatoria de la Ord. 41455
COMPLEMENTA
Res. 58-11 instrumenta el Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal de Salud, que tiene alcance sobre el personal encuadrado en los términos de la Ord. 41783, modificatoria de la Ord. 41455
COMPLEMENTA
Res. 58-11 instrumenta el Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal de Salud, que tiene alcance sobre el personal encuadrado en los términos del Dto. 498-07, modificatorio de la Ord. 41455