RESOLUCIÓN 5280 2019 MINISTERIO DE EDUCACION E INNOVACION
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 1746-MEGC/15 - SE APRUEBAN - OBJETIVOS - LINEAMIENTOS - ORGANIZACIÓN - PROGRAMA FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA ESCUELA SECUNDARIA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - PFIES - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DE NIVEL SECUNDARIO - DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN
Publicación:
03/10/2019
Sanción:
18/09/2019
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION E INNOVACION
VISTO: El Decreto N° 738/01, las Resoluciones Nros. 439-SED/01, 4145-SSGECP/12,
2621-MEGC/13, 321MEGC/15 y sus complementarias, 1746-MEGC/15, el Expediente
Electrónico N° 11.488.746-MGEYA-DGPLEDU/18, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 439-SED/01, ratificada por el Decreto N° 738/01, se
creó en el ámbito de la entonces Secretaría de Educación el "Programa
Fortalecimiento Institucional de la Escuela Media de la Ciudad de Buenos Aires";
Que por Resolución N° 2621-MEGC/13, se transfirió el citado Programa de la
Dirección General de Educación Estatal al ámbito de la entonces Dirección General de
Planeamiento Educativo, conservando sus objetivos, responsabilidades, patrimonio,
personal y presupuesto, modificándose su denominación y designándolo como
"Programa de Fortalecimiento Institucional de la Escuela Secundaria de la Ciudad de
Buenos Aires" (PFIES);
Que el Programa mencionado tiene entre sus objetivos mejorar los niveles de
retención y aprendizaje en las escuelas secundarias, asegurando de esta manera, la
continuidad de los estudios de los alumnos y enriqueciendo el sentido de permanencia
en la escuela;
Que el Programa constituye una estrategia de construcción de política pública para el
conjunto de las escuelas secundarías de la Ciudad, para lo cual realiza diversas
acciones específicas y concretas que conllevan a la plena inclusión educativa,
contribuyendo al desarrollo individual de los educandos, fortaleciendo la relevancia
cultural y social de la educación secundaria;
Que asimismo el Programa "Fortalecimiento Institucional de la Escuela Secundaria de
la Ciudad de Buenos Aires" (PFIES) está presente en las escuelas secundarias de la
Ciudad, constituyendo un valioso instrumento en pos de lograr la mejora de la calidad
educativa y acompañando a las instituciones educativas en este proceso de
transformación;
Que uno de los objetivos centrales de este Ministerio de Educación e Innovación es la
construcción y la elaboración de estrategias de implementación de la Nueva Escuela
Secundaria, cuyo proceso requiere la participación y compromiso de todas las
comunidades educativas a fin de lograr los cambios necesarios para una plena
formación de los estudiantes y su futuro como ciudadanos;
Que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se viene transformando la
escuela secundaria mediante la realización de acciones específicas y concretas donde
la tarea a desarrollar y los recursos con que cuenta el mencionado Programa
contribuirán a la concreción de los ejes centrales de la "Nueva Escuela Secundaria" de
la Ciudad, de conformidad con lo establecido en la Resolución N° 321/MEGC/15 y sus
modificatorias, y a los establecidos en la Resolución N° 4145-SSGECP/12 para la
Modalidad Técnico Profesional del Nivel Secundario;
Que mediante la Resolución N° 1746-MEGC/15, fueron aprobados los nuevos
Objetivos, Lineamientos y Organización del Programa "Fortalecimiento Institucional de
la Escuela Secundaria de la Ciudad de Buenos Aires", para su aplicación en los
establecimientos educativos de nivel secundario dependientes de las Direcciones de
Educación Media, de Educación Técnica, de Educación Artística y de Formación
Docente y para los Centros Educativos de Nivel Secundario -CENS- y los Institutos del
Programa de Educación en Contexto de Encierro dependientes de la Dirección de
Educación del Adulto y del Adolescente;
Que en dicho marco la Dirección General de Planeamiento Educativo propicia la
actualización de los objetivos, lineamientos y organización del mencionado Programa,
y la aprobación del procedimiento "Circuito para la Solicitud de Financiamiento en el
marco del Programa Fortalecimiento Institucional de la Escuela Secundaria", dejando
sin efecto en consecuencia la Resolución N° 1746-MEGC/15;
Que han tomado la correspondiente intervención las Subsecretarías de Planeamiento
e Innovación Educativa, de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y la
Dirección General de Planeamiento Educativo;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 1.746-MEGC/15.
Artículo 2°.- Apruébanse los "Objetivos, Lineamientos y Organización del Programa
Fortalecimiento Institucional de la Escuela Secundaria de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires (PFIES)", conforme se detalla en el Anexo I (IF-2019-17162955-GCABA-
DGPLEDU), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Apruébase el procedimiento "Circuito de Aprobación para la Solicitud de
Financiamiento en el marco del Programa Fortalecimiento Institucional de la Escuela
Secundaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", conforme se detalla en el Anexo
II (IF-2019-17162917-GCABA-DGPLEDU), que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Establézcase que los "Objetivos, Lineamientos y Organización" del
Programa Fortalecimiento Institucional de la Escuela Secundaria de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (PFIES) y el "Circuito de Aprobación para la Solicitud de
Financiamiento" en el marco del mencionado programa, dependiente de la Dirección
General de Planeamiento Educativo de la Subsecretaría de Planeamiento e
Innovación Educativa, aprobados en los artículos 2° y 3° de la presente, serán de
aplicación en los establecimientos educativos de Nivel Secundario pertenecientes a las
Direcciones de Educación Media, de Educación Técnica, de Educación Artística, de
Formación Docente y de Educación del Adulto y del Adolescente.
Artículo 5°.- Establézcase que la Dirección General de Planeamiento Educativo fijará
los lineamientos de trabajo que deberán ser utilizados por las instituciones educativas
para la elaboración de los proyectos que se financiarán en el marco del Programa de
Fortalecimiento de la Escuela Secundaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(PFIES), de conformidad con los "Objetivos, Lineamientos y Organización" detallados
en el Anexo I (IF-2019-17162955-GCABA-DGPLEDU) de la presente Resolución,
debiendo dichos proyectos estar vinculados exclusivamente con el Proyecto Escuela.
Artículo 6°.- Determínase que la presentación de los proyectos, su análisis, evaluación
y posterior aprobación se realizará mediante un Sistema Informático creado para este
propósito o procesos que la Dirección General de Tecnología Educativa disponga, de
conformidad con lo descripto en el Anexo II (IF-2019-17162917- GCABA-DGPLEDU),
de la presente Resolución.
Artículo 7°.- Facúltase a la Dirección General de Tecnología Educativa a dictar las
normas complementarias, instrumentales e interpretativas que resultaren necesarias
para la aplicación de los procesos y del Sistema Informático citados en el artículo
precedente.
Artículo 8°.- Déjase establecido que la implementación de los proyectos en las
instituciones educativas se realizará cuando dicho establecimiento haya obtenido la
aprobación por parte de la Dirección General correspondiente, según lo establecido en
el Anexo II (IF-2019-17162917-GCABA-DGPLEDU) de la presente Resolución.
Artículo 9°.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí
dispuesto será imputado a la Jurisdicción 55.
Artículo 10°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y,
efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Subsecretarías de
Planeamiento e Innovación Educativa, de Coordinación Pedagógica y Equidad
Educativa y de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos; a las
Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Educación Superior, de
Escuela Abierta, de Planeamiento Educativo, de Personal Docente y No Docente, de
Administración de Recursos, de Tecnología Educativa y para su conocimiento y demás
efectos, pase a las Direcciones de Educación Media, de Educación Técnica, de
Educación Artística, de Formación Docente y de Educación del Adulto y del
Adolescente. Cumplido, archívese. Acuña