RESOLUCIÓN 439 2001 SECRETARIA DE EDUCACION

Síntesis:

CREACIÓN DE PROGRAMAS - PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA ESCUELA MEDIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN-

Publicación:

Sanción:

23/03/2001

Organismo:

SECRETARIA DE EDUCACION


VISTO la Nota N° 575.341-DGPL-2001 y

CONSIDERANDO:

Que la mejora de la educación y el logro de la equidad en elsector constituyen prioridades para la Secretaría de Educación del Gobierno dela Ciudad;

Que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires en suartículo 24 establece la obligatoriedad de 10 años de escolaridad para todos lohabitantes de la Ciudad;

Que en el caso particular del nivel medio dichas cuestionesimplican instrumentar políticas tendientes a aumentar la retención de losalumnos en la escuela y a mejorar la calidad de la experiencia educativa queésta les ofrece;

Que para ello es imprescindible facilitar el trabajoconjunto entre los docentes de cada establecimiento a efectos de formular eimplementar protector que puedan enriquecer la propuesta pedagógica y losaprendizajes de los alumnos;

Que es condición para el logro de ese propósito lainstauración de tiempos y espacios destinados tanto al trabajo colectivo entrelos docentes de cada establecimiento como al trabajo directo con losestudiantes, más allá del que se destina al dictado del respectivo plan deestudios;

Que los problemas vinculados al bajo rendimiento, larepitencia y la deserción escolar se verifican en mayor grado en los primerosaños del nivel;

Que es necesario atendera la diversidad de situaciones en las que se encuentran las citadasescuelas, ya sea en cuanto a su matrícula, indicadores educativos y a losturnos en que se dictan las clases, considerando además la especificidad de lasescuelas nocturnas;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le sonpropias,

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Créase el “Programa FortalecimientoInstitucional de la Escuela Media de la Ciudad de Buenos Aires” dependiente dela Dirección General de Planeamiento, de acuerdo con los objetivos,lineamientos y organización que se detallan en el Anexo que forma parte de lapresente.

Artículo 2°.- Créasela Comisión de Seguimiento del “Programa de FortalecimientoInstitucional de la Escuela Media en la Ciudad de Buenos Aires”, la que tendrálas funciones que se le asignan en el Anexo y estará conformada por laDirectora General de Planeamiento, la Directora General de Educación Superior,el Director de Área de Educación Media y Técnica, y la Directora de Área deEducación Artística; quienes podrán designar en su representación a personalcalificado de las respectivas reparticiones.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Registro Oficialde la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Subsecretarías de Educación yde Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria y Direcciones Generales de sudependencia, Direcciones de Área de Educación Media y Educación Artística yDirección Administrativa Docente, para su conocimiento y demás efectos,cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO

PROGRAMAFORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA ESCUELA MEDIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

OBJETIVOS,LINEAMIENTOS Y ORGANIZACIÓN

1. OBJETIVOS

1.1. OBJETIVO GENERAL

Mejorar los niveles de retención y los aprendizajes en losprimeros dos años de las escuelas de nivel medio de gestión estatal delGobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a fin de asegurar la continuidad de losestudios de todos los alumnos y enriquecer el sentido de su permanencia en laescuela, facilitando, de ese modo, el cumplimiento de la obligatoriedad escolarestablecida en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.

1.2. OBJETIVOSESPECÍFICOS

1.2.1. Facilitar en cada escuela la interacción entre sus docentesy el establecimiento de criterios comunes, a efectos de impulsar la formulacióne implementación de proyectos que puedan enriquecer la propuesta pedagógica ylos aprendizajes de los alumnos.

1.2.2. Determinar recursos docentes y tiempos adicionales alos que demanda el dictado del plan deestudios respectivo, a través de la asignación de un conjunto de módulos a cadainstitución escolar -no destinadas en principio a ningún docente en particular-por un lapso de tiempo predeterminado.

2. ESTABLECIMIENTOSINCLUIDOS EN ELPROGRAMA

Establecimientos de nivel medio de gestión estatal delGobierno de Ciudad de Buenos Aires que por las características de sus planes deestudio o de sus plantas orgánico funcionales no cuenten con recursos docentesy tiempos adicionales a los que demanda el dictado del plan de estudios. Losdestinatarios de este Programa serán los establecimientos de nivel mediodependientes de la Dirección de Área de Educación Media y Técnica, DirecciónÁrea de Educación Artística y de la Dirección Área de Educación Superior.

3. LINEAMIENTOS

3.1. CRITERIOS DEASIGNACIÓN DE MÓDULOS INSTITUCIONALES A LOS ESTABLECIMIENTOS

A partir de la variedad de situaciones que coexisten en lasinstituciones de nivel medio, se ha construido un criterio de distribución queintegra un conjunto de datos, tales como la matrícula de las escuelas, susindicadores educativos y los turnos en que se dictan clases, considerándose demanera específica la situación de las escuelas nocturnas.

Se ha desechado la alternativa de definir la asignación demódulos a cada establecimiento sobre la base de la competencia entre escuelaspor recursos que todas podrían requerir, prefiriendo, en cambio, atender a ladiversidad de sus características.

3.2. CRITERIOS DEDETERMINACIÓN DE LOS DOCENTES QUE PERCIBIRÁN MÓDULOS INSTITUCIONALES EN CADAESTABLECIMIENTO

Los módulos institucionales deberán asignarse a profesoresde primero y segundo año y/o abocados a proyector dirigidos a esos estudiantes.Esta decisión se vincula con el hecho de que en esos años se registran losmayores índices de repitencia y deserción.

Dichos profesores deberán tener por lo menos 10 horascátedra en el establecimiento que realice la asignación, independientemente desu situación de revista. En el caso de los profesores suplentes, el período porel cual se les podrá asignar módulos institucionales, no podrá superar el plazototal de la suplencia, lo cual no podrá ser inferior a 6 (seis) meses.

La asignación a los profesores deberá prever una cantidad demódulos, semanales o quincenales según la frecuencia que se determine, para larealización de reuniones de los docentes involucrados en un mismo proyecto.

3.3. DESTINO DE LOSMÓDULOS INSTITUCIONALES EN CADA ESTABLECIMIENTO

3.3.1. Sugerencias deproyectos o acciones para la utilización de los módulos institucionales

Los módulos asignados a cada establecimiento pueden serdestinados tanto al trabajo individual y colectivo entre sus docentes -módulos“no al frente de alumno”-, como al trabajo directo con éstos -aparte de tiemporentado por POF para dar clases-.

Es imprescindible articular estas dos líneas, ambas valiosasy necesarias, tanto en su formulación como en la implementación.

Sin que el listado pueda considerarse de ninguna maneraexhaustiva, se sugieren a continuación proyectos o acciones para cuyaimplementación se estima necesaria y posible la utilización de módulosinstitucionales.

  • Designaciónde Docentes Responsables de Curso para cada división de primer año. Elpapel previsto para estos Docentes es el de acompañar a los alumnos en susocialización en las cuestiones propias del nuevo nivel de enseñanza queempiezan a transitar, así como el de constituir una figura de articulacióndel equipo docente, que genere situaciones de colaboración entre losprofesores de la división respectiva en cuanto al seguimiento de lasituación de cada alumno y en la constitución y funcionamiento de losgrupos de aprendizaje.

  • Apoyoa la formación de los alumnos como estudiantes, con el objetivo de enseñara estudiar a los alumnos de los primeros años. Esta responsabilidad debeser asumida en forma conjunta por los equipos docentes.

  • Atenciónde alumnos recursantes, sobre la base de un plan de trabajo alternativo aldictado común de clases, que involucre a profesores y alumnos. Esto deninguna manera significa la conformación de grupos especiales derepitentes; lo que se impulsa es la responsabilidad institucional por untrabajo didáctico que establezca diferencias entre recursar y repetir.

  • Redefinicióninstitucional de criterios para la calificación, la acreditación y lapromoción de los alumnos. Esto implica diseñar un trabajo sistemáticoentre docentes sobre la base de discutir criterios, asumir compromisoscolectivos con respecto a los logros de los alumnos, generar acuerdos y estrategiasde apoyo entre los propios docentes, etc. En este marco, es posible pensare implementar acciones de diverso tipo, entre ellas, revisión yreformulación de enfoques e instrumentos de evaluación y calificación;diseño de dispositivos de seguimiento del rendimiento por alumno;estrategias de compensación; clases de apoyo, etc.

  • Centrosde recursos para la enseñanza y el aprendizaje. Estos proyectos atenderíana una doble necesidad que se advierte en numerosas escuelas; por unaparte, revalorizar los recursos de enseñanza con que se cuenta, y por laotra, gestionar nuevos recursos de acuerdo con las necesidades y carenciasdel establecimiento. Estos recursos provendrían de ONGs, de la ofertacultural de la Ciudad, etc. En todos los casos, deberían considerarse losrecursos disponibles no por su valor intrínseco sino en el marco de lapromoción de propuestas de enseñanza y de aprendizaje significativas.

  • Propuestasque se orienten a enriquecer la experiencia formativa que se brinda a losalumnos, en dos vertientes:

- Las que tienden a fortalecer la enseñanza en lasasignaturas. Pretenden impactar sobre la enseñanza que se ofrece en las horasde clase y, por lo tanto, pueden asignar horas al trabajo de los profesorespara preparar, hacer un seguimiento y reorientar los proyectos individuales ycolectivos de enseñanza.

- Las que promueven la inclusión de otras actividadessignificativas, como por ejemplo, radio, revista escolar, clubes de ciencias.En el caso de las escuelas dependientes de la Dirección Área de EducaciónArtística pueden incluirse proyectos tales como formación de coros, orquestas oballets, que resulten facilitadotes de la pertenencia institucional de losalumnos y fortalezcan su experiencia en el área de la formación artística. Lapráctica de estos establecimientos indicaría que estas experiencias contribuyenal mejoramiento del conjunto de la formación de los alumnos, lo que seexpresaría en mejores rendimientos en diversas áreas.

Se recomienda que los módulos institucionales se destinen aproyectos que tengan vinculación con las líneas de trabajo prioritariasestablecidas por la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de BuenosAires, como por ejemplo, la creación de centros de Recursos Multimediales(Programa Prodymes), cuatrimestralización de materias en el Ciclo Básico(Dirección de Currícula), Adolescentes madres y embarazadas (Programa ZAP).

3.3.2. Acciones oproyectos para los que no está prevista la asignación de módulosinstitucionales

La asignación de módulos institucionales constituye unesfuerzo del Gobierno de la Ciudad para el mejoramiento de la retención y losaprendizajes en los primeros años del nivel medio, y por tanto correspondepuntualizar el tipo de acciones o proyectos para los cuales no se aceptará su asignación.

* Los que se vinculen con obligaciones inherentes al cargodocente

Por ejemplo,planificación individual de la tarea cotidiana o corrección de las produccionesde los alumnos, si no se lo hace en el marco de un proyecto de fortalecimientode la enseñanza expresamente discutido con la Supervisión, la Dirección de Áreay la Dirección General de Planeamiento.

* Los que se relacionen con otras responsabilidadesinstitucionales para las que el docente ha sido designado o elegido, con independenciade su carácter rentado o no rentado.

Por ejemplo,Jefatura de Departamento; participación en el Consejo de Convivencia, etc.

* Los que se destinen a rentar capacitadotes o asesoresexternos a la escuela.

Losestablecimientos que requieran este tipo de recurso adicional podrán acudir adiversas instancias de la Secretaría de Educación, en especial y con carácterprioritario al CEPA a través de la Dirección de Área.

* Los que se vinculen con la asistencia de los docentes delrespectivo establecimiento a instancias de capacitación, o a reuniones con elequipo docente que no acompañen las acciones o proyectos que se implementen enla escuela.

* Los que se propongan o tengan como posible resultado laselección de la matrícula que ingresa o permanece en la escuela.

Por ejemplo,los que se orientan a captar la matrícula que ingresa en forma directa delséptimo grado.

* Las que se dirijan a un sector del alumnado que goza demejores condiciones de escolarización que el resto, en especial cuando puedapreverse que el resultado del proyecto será un aumento de la ventaja existentecon respecto al grupo no destinatario.

Por ejemplo,cursos de nivelación previos al inicio de las clases, ya que no puedenparticipar del mismo los alumnos recursantes, que aún no han definido susituación.

* Los que impliquen algún mecanismo selectivo para ladistribución de la matrícula en las comisiones.

Por ejemplo,conformación de grupos de alumnos recursantes y/o de alumnos con sobreedad.

* Los que impacten sobre un grupo muy reducido de alumnosque no requieran atención específica debido a sus condiciones adversas deescolarización.

Por ejemplo,preparación de la participación en certámenes de alumnos seleccionados.

4. PERÍODO DEVIGENCIA

El Programa tiene vigencia desde el 1-4 hasta el 15-12-01.Su continuación está sujeta a los resultados de la evaluación de laexperiencia.

5. ORGANIZACIÓN

El Programa se gestionará a través de las siguientesinstancias, las que tendrán las siguientes funciones:

INSTANCIA

FUNCIONES

Supervisor

Difusión del proyecto entre las instituciones de su Región

Asesoramiento a las instituciones en la presentación delas propuestas de proyectos

Recepción de las propuestas de proyectos elevadas por lasinstituciones y posterior presentación de las mismas a la Comisión deSeguimiento del Programa

Comunicación de los resultados de la evaluación a lasinstituciones que participan del Programa

Director del

establecimiento

Promoción de la elaboración de proyectos en la instituciónescolar

Elaboración de la propuesta de asignación de módulosinstitucionales, que especifique: a) las acciones y/o proyectos incluidos; b)los docentes incluidos y la cantidad de módulos a asignar a cada uno de ellosy c) la reorganización horaria que permita la realización de reuniones entreaquellos docentes que trabajen en un mismo proyecto, a fin de que coordinenlas acciones necesarias para su desarrollo

Presentación de la propuesta de asignación de módulosinstitucionales a la Comisión de Seguimiento

Seguimiento de las acciones y/o proyectos respectivos ycontrol del cumplimiento de los horarios establecidos, una vez aprobada lapropuesta

Comisión de Seguimiento(integradapor representantes de las Direcciones de Área y de la Dirección General dePlaneamiento)

Promoción de actividades necesarias para el desarrollo delPrograma

Evaluación de la propuesta elevada por el Director delestablecimiento a través de la supervisión

Aprobación o pedido de reformulación de las propuestas

Comunicación a los supervisores de los resultados de laevaluación

Recomendación a la Secretaría de Educación acerca de lacontinuidad del Programa para el año 2002, en función de los resultados de laevaluación de la experiencia realizada oportunamente por la Dirección Generalde Planeamiento

Dirección General de

Planeamiento

Elaboración de una propuesta de reglamentación (Manual deProcedimientos) que será elevada al Señor Secretario de Educación para suaprobación

Apoyo a los Directores de Área en lo concerniente a losaspectos pedagógico-institucionales del Programa

Asistencia técnica a las escuelas a través del Equipo deApoyo del Programa Módulos Institucionales para la Escuela Media

Evaluación de la experiencia

DAD

Administración y control del personal afectado al Programa

Secretaría de Educación

Creación de la Planta Transitoria Docente

Designación y cese de los docentes involucrados

Aprobación de la reglamentación del Programa

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 5280-MEIGC-19 aprueba los Objetivos, Lineamientos y Organización del Programa<br />Fortalecimiento Institucional de la Escuela Secundaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PFIES), creado por Resolución 439-SED-01.</p>
RATIFICADA POR
Decreto 738-01 Ratifica la Resolución N° 439-SED-2001 Creación del Programa de Fortalecimiento Institucional de la escuela Media de la CABA
MODIFICADA POR
Res. 5532-MEGC-10 suprime la Comisión de Seguimiento del Prog. de Fortalecimiento Institucional de la Escuela Media, creada por el Art. 2° de la Res. 439-SED-01
MODIFICADA POR
Art 1 de la Res 2621-ME-13 transfiere el Programa Fortalecimiento Institucional de la EscuelaMedia creado por la Res 439-SED-01 dependiente de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal al ámbito de la Dirección General de Planeamiento Educativo- Art 2 de la Res 2621-ME-13 modifica la denominación por la de Programa Fortalecimiento Institucional de la Escuela Secundaria
INTEGRADA POR
<p>Resolución Nro 10661-MEGC-11, aprueba  Pautas para la Elaboración de Proyectos y la utilización de Módulos Institucionales, en el marco del Programa de Fortalecimiento de la Escuela Media de la Ciudad de Buenos Aires, creado por Resolución Nro 439-SED-01.</p>
APROBADA POR
Resolución 126-SED-05 Aprueba el Régimen Regulatorio del Programa de Fortalecimiento Institucional de la Escuela Media de la Ciudad de Buenos Aires, creado por Resolución N° 439-SED-01