RESOLUCIÓN 1368 2003 SUBSECRETARIA DE REGULACION Y FISCALIZACION
Síntesis:
CREA UNA COMISIÓN ESPECIAL EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, PARA LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS QUE DEN RESPUESTA A LAS ACTUACIONES DE CARÁCTER URGENTE - CREACIÓN DE COMISIONES - UNIDAD POLIVALENTE DE INSPECCIONES
Publicación:
19/11/2003
Sanción:
11/11/2003
Organismo:
SUBSECRETARIA DE REGULACION Y FISCALIZACION
Visto, los Decretos Nros. 1.015/GCBA/2000 (B.O.C.B.A. N° 987), 430/GCBA/2002 (B.O.C.B.A. N° 1441), 919/GCBA/2002 (B.O.C.B.A. N° 1504), 1.363/GCBA/2002 (B.O.C.B.A. N° 1553), 153/GCBA/2003 (B.O.C.B.A. N° 1641) y 2.116/GCBA/2003 y la Resolución N° 15/SGYCC/2002 (B.O.C.B.A. N° 1474) y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto N° 919/GCBA/2002 se suprimió la Dirección General de Verificaciones y Habilitaciones, creándose las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos con la competencia de disponer el trámite de solicitud de habilitaciones y permisos y su otorgamiento cuando correspondiere, entre otras, y la de Verificaciones y Control, con la competencia de aplicar las normas vigentes de habilitaciones y permisos que se refieran a los locales, los anuncios publicitarios y las actividades en la vía pública y las cuestiones atinentes que hagan a la seguridad, salubridad, funcionamiento y moralidad pública; disponer las clausuras cuando las circunstancias así lo requieran, ratificar las clausuras inmediatas y ejercer el poder de policía en los temas de su competencia en todo el ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, asimismo, se dotó a dichas Direcciones Generales de una estructura con apertura de niveles inferiores de responsabilidad que permitiesen favorecer su gestión;
Que, mediante la Resolución N° 15/SGYCC/2002, se conformó una Unidad Polivalente de Inspecciones con el objeto de garantizar una mayor eficiencia en dicho ejercicio permitiendo una concentración y seguimiento de inspecciones que se llevan a cabo y que requieren de un abordaje integral con relación a las materias de competencia de las Direcciones Generales de Higiene y Seguridad Alimentaria, Fiscalización de Obras y Catastro, Control de la Calidad Ambiental, Protección del Trabajo y Verificaciones y Control; logrando de este modo una acción más eficaz y eficiente;
Que, por la misma Resolución les fue además encomendada la coordinación de inspecciones producto de denuncias por parte de la ciudadanía;
Que, por Decreto N° 153/GCBA/2003 se autorizó a la contratación de personal y asignación al mismo de funciones de inspección y verificación en la Unidad Polivalente de Inspecciones, facultándolo a labrar las correspondientes actas de comprobación en caso de verificarse incumplimientos a la normativa vigente;
Que, es asimismo necesario conformar una Comisión Especial, dentro del ámbito de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, para adoptar las medidas necesarias a los fines de dar respuesta a las actuaciones de carácter urgente, en los términos del artículo 10, 12 y concordantes del Decreto N° 2.116/GCBA/2003;
Que, en este contexto, el organismo fuera de nivel Unidad Polivalente de Inspecciones, deberá verificar y controlar todos los actos que le requiera la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, en el marco de las competencias establecidas en el Anexo I del Decreto N° 2.116/GCBA/2003;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 2.116/GCBA/2003;
Artículo 1° - Creáse una Comisión Especial en la Dirección General de Habilitaciones y Permisos que estará integrada por personal idóneo de dicha dependencia a fin de evaluar y adoptar las medidas necesarias para dar respuesta a las actividades de carácter urgente.
Artículo 2° - Instrúyase a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos a levantar el asueto administrativo dispuesto en los términos del Decreto N° 2.116/GCBA/2003, en su artículo 10, para dar cumplimiento al artículo precedente.
Artículo 3° - El Director General de Habilitaciones y Permisos, dispondrá la designación de los integrantes de la Comisión creada en el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 4° - Ordénese al organismo fuera de nivel Unidad Polivalente de Inspecciones que verifique y controle todos los actos que le requiera la Dirección General de Habilitaciones y Permisos a los efectos de dar estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 1° y concordantes de la presente Resolución.
Artículo 5° - Encomiéndese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos y al organismo fuera de nivel Unidad Polivalente de Inspecciones, a elaborar y elevar un informe diario de lo actuado a la Secretaría de Gobierno y Control Comunal y a la Subsecretaría de Regulación y Fiscalización.
Artículo 6° - Dése al Registro, hágase saber a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Gobierno y Control Comunal, a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos y al organismo fuera de nivel Unidad Polivalente de Inspecciones, para su conocimiento y demás efectos. Publíquese. Cumplido, archívese. Antuña