DISPOSICIÓN 43 2019 DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRÓNOMICO

Síntesis:

NOTA: SE ADVIERTE AL USUARIO QUE EL ARTICULO 1 DE LA DISPOSICIÓN 43-DGDGAS-19 MODIFICA PARCIALMENTE EL REGLAMENTO DE LOS CENTROS DE ABASTECIMIENTO MUNICIPAL APROBADO POR DISPOSICIÓN 23-DGDGAS-19, DE LA CUAL NO SE HAN ENCONTRADO CONSTANCIAS DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL. SE MODIFICA REGLAMENTO - CENTROS DE ABASTECIMIENTO MUNICIPAL - CAM - INCORPORA CAPITULO VIII BIS - USO DE ENTREPISOS - CENTRO DE ABASTECIMIENTO MUNICIPAL 128 - MERCADO DE BELGRANO - CAM 72 - MERCADO DE SAN NICOLÁS - MERCADO GASTRONÓMICO MARCELO T DE ALVEAR - DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRONÓMICO - PERMISIONARIOS - ASOCIACIÓN COOPERADORA - CARGA - DESCARGA - LOCALES - FALTAS - SANCIONES 

Publicación:

28/10/2019

Sanción:

21/10/2019

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRÓNOMICO


VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N°

363/GCABA/15 y modificatorios, el Decreto N° 66/GCABA/17, la Ordenanza N° 43.273

y su Decreto Reglamentario N° 3142/MCBA/89, la Disposición N° DI-2019-23-GCABA-

DGDGAS, el Expediente N° EX-2019-16432793-GCABA-DGDGAS y;

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto se propicia la modificación del

"Reglamento de los Centros de Abastecimiento Municipal (CAM)" aplicable al Centro

de Abastecimiento Municipal N° 128 "Mercado de Belgrano", N° 72 "Mercado de San

Nicolás", y el Mercado Gastronómico "Marcelo T. de Alvear" y todo otro CAM que en el

futuro esté bajo la competencia de la Dirección General de Desarrollo Gastronómico

dependiente de la Subsecretaría de Bienestar Ciudadano de la Vicejefatura de

Gobierno o la que en el futuro la reemplace;

Que mediante el Decreto N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios, se aprobó la

estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;

Que acorde al precitado Decreto, la Dirección General de Desarrollo Gastronómico

tiene entre sus

responsabilidades primarias la de coordinar las actividades y supervisar el

funcionamiento de los mercados de servicios gastronómicos ubicados en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, así como, formular propuestas de puesta en valor y

recuperación de mercados de servicios gastronómicos y elaborar proyectos de

reubicación de los mismos por razones de interés general, entre otras.

Que a través del Decreto N° 66/GCABA/17, modificatorio del aludido Decreto N°

363/GCABA/15, se creó en el ámbito de la Dirección General de Desarrollo

Gastronómico, la Gerencia Operativa de Mercados Gastronómicos, que posee entre

sus principales acciones: planificar y administrar la organización de Mercados

Gastronómicos y los Centros de Abastecimiento Municipal (CAM) N° 72, N° 128, y el

Mercado Gastronómico "Marcelo T. de Alvear", como así también, elaborar un plan de

uso del espacio referido a dichos mercados, participar en la organización de mercados

bajo su competencia; otorgar y revocar permisos a los mercados gastronómicos,

fiscalizar su funcionamiento y coordinar su actividad, de acuerdo a las normas vigentes

en la materia;

Que mediante la Disposición N° DI-2019-23-GCABA-DGDGAS se aprobó el

"Reglamento de los Centros de Abastecimiento Municipal (CAM)";

Que conforme surge del Informe N° IF-2019-32370803-GCABA-DGDGAS, el Gerente

Operativo de Mercados Gastronómicos propicia la modificación del "Reglamento de los

Centros de Abastecimiento Municipal (CAM)" para un eficiente funcionamiento y

desarrollo operativo de las actividades de los precitados Centros;

Que al informe mencionado se acompaña un proyecto de modificación al precitado

Reglamento, incorporando un capítulo vinculado con el uso de los entrepisos;

Que de conformidad a lo expuesto por la precitada Gerencia, corresponde el dictado

del presente acto administrativo modificando el "Reglamento de los Centros de

Abastecimiento Municipal (CAM)", agregando el Capítulo VIII BIS;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO GASTRONÓMICO

DISPONE

Artículo 1°.- Modifícase parcialmente el "Reglamento de los Centros de

Abastecimiento Municipal (CAM)", incorporándose el Capítulo VIII BIS "DEL USO DE

LOS ENTREPISOS" al texto de dicho Reglamento, conforme surge del Anexo I (IF-

2019-32603231-GCABA-DGDGAS) que forma parte integrante de la presente

Disposición.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese

a las Asociaciones Cooperadoras de los Centros de Abastecimiento Municipal (CAM)

N° 128 "Mercado de Belgrano" sito en Juramento 2527/91, N° 72 "Mercado de San

Nicolás" sito en la Av. Córdoba 1750, y el Mercado Gastronómico "Marcelo T. de

Alvear" sito en Bonpland 1660 y a los permisionarios de los Centros de Abastecimiento

Municipal (CAM). Cumplido, archívese. Villar Sánchez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5729

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Disposición 43-DGDAS/19 modifica parcialmente el Reglamento de los Centros de<br />Abastecimiento Municipal (CAM), incorporándose el Capítulo VIII BIS DEL USO DE LOS ENTREPISOS al texto de dicho Reglamento, aprobado por Disposición 23-DGDAS/19.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 8-DGDGAS/23 aprueba el nuevo formato de acta de comprobación de acuerdo regulada por Disposición 43-DGDGAS/19.</p>