RESOLUCIÓN 518 2019 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
SE ESTABLECE - DOBLE SENTIDO CIRCULATORIO - TRAMO - AV PRESIDENTE RAMÓN S CASTILLO - COMPRENDIDO ENTRE - AV COMODORO PY - AV ANTÁRTIDA ARGENTINA - ACCESO FRENTISTA JUNTO A AMBAS ACERAS - SE IMPLEMENTA - CARÁCTER TRANSITORIO Y EXPERIMENTAL - DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN - TRAMO - AV PRESIDENTE RAMÓN S CASTILLO - ENTRE - CALLE 8 - AV COSTANERA RAFAEL OBLIGADO - SECRETARIA DE TRANSPORTE
Publicación:
05/11/2019
Sanción:
25/10/2019
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
Estado:
No vigente
VISTO: Las Resoluciones N° 222/SECTRANS/19 y N° 401/SECTRANS/19, el Decreto
N° 384/18 y el Expediente N° EX-2019- 33298237-DGTYTRA, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la implementación del corredor vial denominado "Paseo del Bajo",
regulado por las Resoluciones N° 222/SECTRANS/19 y N° 401/SECTRANS/19, se
adoptaron una serie de medidas en materia circulatoria, necesarias para garantizar su
adecuado funcionamiento;
Que, entre otras medidas, por medio del Artículo 12° de la referida Resolución N°
401/SECTRANS/19, se estableció que la Av. Presidente Ramón S. Castillo entre la Av.
Comodoro Py y Calle 12 constara de un separador físico, a modo de divisor de dos
calzadas (una norte y otra sur) con doble sentido circulatorio cada una;
Que a fin de adecuar la circulación en el sector portuario en la zona de Retiro,
contemplando el acceso frentista y la continuidad del desenvolvimiento del tránsito
portuario en el sector, resulta necesario adecuar las circulaciones de la referida
Avenida en el tramo comprendido entre la Av. Antártida Argentina y la Av. Comodoro
Py;
Que en virtud de lo expuesto resulta necesario realizar las modificaciones normativas
correspondientes basadas en el funcionamiento actual de la traza del corredor
involucrado;
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas que le son propias,
Artículo 1°.- Establézcase que el tramo de la Av. Presidente Ramón S. Castillo
comprendido entre la Av. Comodoro Py y el semáforo canalizador de flujos instalado
previo a la intersección de dicha Av. Presidente Ramón S. Castillo con la Av. Antártida
Argentina, constará de doble sentido circulatorio con acceso frentista junto a ambas
aceras, contando con sentido de circulación SE a NO en la acera lado río y con
sentido de circulación NO a SE en la acera contraria, y con un corredor ubicado en su
franja central de doble sentido circulatorio para uso exclusivo de tránsito pesado y
portuario, con separadores físicos a modo de divisores de cada una de las calzadas
resultantes.
Artículo 2°.- Impleméntase con carácter transitorio y experimental por el término de
noventa (90) días corridos el doble sentido de circulación en el tramo de arteria que se
detalla a continuación: AV. PRESIDENTE RAMÓN S. CASTILLO: entre Calle 8 y Av.
Costanera Rafael Obligado.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Ministerio de Transporte de la Nación, a la Secretaría de Gestión de
Transporte, a las Cámaras representativas del Transporte de Pasajeros involucrado, a
la Cámara de Transporte de Carga F.A.D.E.E.A.C., a la Policía de la Ciudad, a
Prefectura Naval Argentina, a la empresa AUTOPISTAS URBANAS S.A. (AUSA),
AUTOPISTAS DE BUENOS AIRES S.A. (AUBASA), Administración General de
Puertos y a las Direcciones Generales de Tránsito y Transporte, Planificación de la
Movilidad, de Cuerpo de Agentes de Tránsito y Transporte y Seguridad Vial, al Ente
Regulador de la Ciudad. Cumplido, archívese. Méndez