RESOLUCIÓN 141 2019 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SE CONVALIDA - ACTA N° 2/19 - COMISIÓN PERMANENTE DE CARRERA ADMINISTRATIVA - TITULOS TÉCNICOS - TECNICATURA EN CONTROL BROMATOLÓGICO - SINDICATURA GENERAL
Publicación:
21/11/2019
Sanción:
15/11/2019
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), las Leyes N°
70 (BOCBA N° 539) y N° 471 (BOCBA N° 1.026), las Resoluciones N° 5-SGCBA/11
(BOCBA N° 3.597), N° 99-SGCBA/12 (BOCBA N° 3.977) y N° 50-SGCBA/17 (BOCBA
N° 5.123), el Expediente Electrónico N° 34.784.484-GCABA-GGTALSGCBA/19, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la
Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que por Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se fijan los Sistemas de
Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, y se establecen la organización y funcionamiento de sus
órganos;
Que por la mencionada Ley, en el artículo 130, inciso 2), se otorga al/la Síndico/a
General las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la
Sindicatura General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de
administración de personal;
Que por Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017), se establece el Régimen de
Empleo Público para los trabajadores del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por Resolución N° 5-SGCBA/11, se aprueba el Sistema de Carrera Administrativa
de esta Sindicatura General;
Que, asimismo, el artículo 2° del Anexo I de la citada Resolución establece que el/la
Síndico/a General es la Autoridad de Aplicación del Sistema de Carrera Administrativa
de la Sindicatura General de la Ciudad, quien contará con el asesoramiento de la
Comisión Permanente de Carrera Administrativa (CPCA), contemplada en el Título IV
del Anexo I;
Que el artículo 18, Título IV del Anexo I de la Resolución citada en los considerandos
precedentes expresa que las decisiones de la Comisión Permanente de Carrera
Administrativa (CPCA) serán convalidadas por la Autoridad de Aplicación del Sistema
de Carrera Administrativa;
Que por Resolución N° 99-SGCBA/12, se aprueba el Reglamento de la Comisión
Permanente de la Carrera de esta Sindicatura General;
Que el artículo 21 de la citada Resolución reza: "Instrumentación. En el caso que lo
decidido por la CPCA, pudiese importar la emisión de un acto administrativo, el/la
Síndico/a General, en su carácter de máxima autoridad del organismo, evaluará su
viabilidad y posterior dictado si correspondiere";
Que por Resolución N° 50-SGCBA/17, se establece la conformación de la Comisión
Permanente de Carrera de la Sindicatura General de la Ciudad;
Que, con fecha 18 de octubre de 2019, se suscribe el Acta N° 2/2019 en el marco de
la Comisión Permanente de la Carrera Administrativa (CPCA) de esta Sindicatura
General dispuesta por las Resoluciones N° 5-SGCBA/11 y N° 99-SGCBA/12, entre los
representantes de la Sindicatura General de la Ciudad, del Ministerio de Economía y
Finanzas y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos
Aires (SUTECBA);
Que mediante dicha Acta, las partes acordaron establecer que el título Tecnicatura en
Control Bromatológico no es considerado dentro del listado de títulos técnicos afines al
Sistema de Carrera Administrativa de esta Sindicatura General;
Que en virtud de lo expuesto y según surge del Expediente Electrónico citado en el
Visto, corresponde convalidar lo decidido por la Comisión Permanente de Carrera
Administrativa (CPCA) de la Sindicatura General de la Ciudad mediante Acta N°
2/2019, a través del dictado del acto administrativo pertinente;
Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta
de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 35.587.111-GCABA-
GGTALSGCBA/19.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 130, inciso 2) de la Ley
N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.017),
Artículo 1°.- Convalídese el Acta N° 2/2019 de la Comisión Permanente de Carrera
Administrativa (CPCA), suscripta el día 18 de octubre de 2019 entre los representantes
de la Sindicatura General de la Ciudad, del Ministerio de Economía y Finanzas y del
Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires
(SUTECBA), la que como Anexo IF N° 35.631.641-GCABA-GGTALSGCBA/19 forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del
Ministerio de Economía y Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Freda