DISPOSICIÓN 1106 2019 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Síntesis:

SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE OBRAS EN CONTRAVENCIÓN - CÓDIGO DE LA EDIFICACIÓN - EDIFICIOS - CONSTRUCCIONES - ESTRUCTURAS - REGULARIZACIÓN - PERMISO DE OBRA - INSPECCIÓN - INTIMACIÓN - ACTA DE COMPROBACIÓN - NOTIFICACIÓN - SANCIONES -  RIESGO INMINENTE Y/O ESTADO DE RUINA - DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACION Y CONTROL DE OBRAS

Publicación:

27/11/2019

Sanción:

22/11/2019

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS


VISTO: LAS LEYES N° 6100, N° 2624 (TEXTO CONSOLIDADO POR LA LEY N°

118/AGC-2019, EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° 35666536/AGC/2019, EL

DICTÁMEN LEGAL y;

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley 6100 la Legislatura de la ciudad aprobó el Código de la

Edificación de la Ciudad de Buenos Aires en reemplazo del Anexo A de la Ordenanza

N° 34.421;

Que a través del Decreto 58/AJG/2019 el Jefe de Gobierno en el Artículo 3° designó a

la Agencia Gubernamental de Control como autoridad de aplicación a fin de dictar las

normas complementarias en materia de verificaciones especiales, de inspección

respecto de la conservación y mantenimiento de las instalaciones, de terrenos, de

inmuebles, de edificios de obras, asi como también de obras en contravención y todo

aquello que se encuentre relacionado con la fiscalización y control;

Que, mediante la Resolución N° 118-AGC/2019 el Director Ejecutivo de la Agencia

Gubernamental de Control facultó en el Art. 2° a esta Dirección General de

Fiscalización y Control de Obras a dictar los actos administrativos y las normas

complementarias, aclaratorias y operativas que fueran necesarias para la

implementación de la misma;

Que en relación a las obras en contravención el artículo 2.1.6 inc. b) del Código de la

Edificación "Obras en contravención" establece aquellos casos en los cuales se haya

construido, modificado o demolido edificaciones y/o estructuras, alterando las

condiciones en las que fuera otorgado el permiso de obra;

Que asimismo el Artículo 2.1.7 determina aquellas obras susceptibles de

regularización;

Que en tal sentido corresponde definir el procedimiento aplicable para las obras

ejecutadas en contravención, que se encuentren finalizadas y libradas al uso y su

implementación a través del cuerpo inspectivo de esta Dirección General;

Por ello, y visto lo manifestado en el Dictamen Legal y en uso de las que le fueran

conferidas por la Resolución 118-AGC/2019;

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACION Y CONTROL DE OBRAS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE

Artículo 1°.- Apruebase el Procedimiento de "Obras en contravención" obrante en el

Anexo I de la presente (DI-2019-36339310-GCABA-DGFYCO) que forma parte

integrante de la presente.-

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletin Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese al cuerpo inspectivo de esta Dirección General de Fiscalización y

Control de Obras, a los Consejos Profesionales CPAU, CPIC, COPIME, a la

Subsecretaria de Registro, Interpretación y Catastro y la Dirección General de Registro

de Obras y Catastro, a la Administración General de Ingresos Públicos, a la Dirección

General de Administración de Infracciones y a la Gerencia Operativa de Control

Inspectivo de esta Agencia Gubernamental de Control. Cumplido Archivese. Alonso


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5750

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 1106-DGFYCO-19 aprueba el Procedimiento de Obras en contravención, en el marco de los Arts. 2.1.6 y 2.1.7 del Código de la Edificación, aprobado por Ordenanza 34421.</p>