DISPOSICIÓN 1106 2019 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
Síntesis:
SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE OBRAS EN CONTRAVENCIÓN - CÓDIGO DE LA EDIFICACIÓN - EDIFICIOS - CONSTRUCCIONES - ESTRUCTURAS - REGULARIZACIÓN - PERMISO DE OBRA - INSPECCIÓN - INTIMACIÓN - ACTA DE COMPROBACIÓN - NOTIFICACIÓN - SANCIONES - RIESGO INMINENTE Y/O ESTADO DE RUINA - DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACION Y CONTROL DE OBRAS
Publicación:
27/11/2019
Sanción:
22/11/2019
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
VISTO: LAS LEYES N° 6100, N° 2624 (TEXTO CONSOLIDADO POR LA LEY N°
118/AGC-2019, EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° 35666536/AGC/2019, EL
DICTÁMEN LEGAL y;
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley 6100 la Legislatura de la ciudad aprobó el Código de la
Edificación de la Ciudad de Buenos Aires en reemplazo del Anexo A de la Ordenanza
N° 34.421;
Que a través del Decreto 58/AJG/2019 el Jefe de Gobierno en el Artículo 3° designó a
la Agencia Gubernamental de Control como autoridad de aplicación a fin de dictar las
normas complementarias en materia de verificaciones especiales, de inspección
respecto de la conservación y mantenimiento de las instalaciones, de terrenos, de
inmuebles, de edificios de obras, asi como también de obras en contravención y todo
aquello que se encuentre relacionado con la fiscalización y control;
Que, mediante la Resolución N° 118-AGC/2019 el Director Ejecutivo de la Agencia
Gubernamental de Control facultó en el Art. 2° a esta Dirección General de
Fiscalización y Control de Obras a dictar los actos administrativos y las normas
complementarias, aclaratorias y operativas que fueran necesarias para la
implementación de la misma;
Que en relación a las obras en contravención el artículo 2.1.6 inc. b) del Código de la
Edificación "Obras en contravención" establece aquellos casos en los cuales se haya
construido, modificado o demolido edificaciones y/o estructuras, alterando las
condiciones en las que fuera otorgado el permiso de obra;
Que asimismo el Artículo 2.1.7 determina aquellas obras susceptibles de
regularización;
Que en tal sentido corresponde definir el procedimiento aplicable para las obras
ejecutadas en contravención, que se encuentren finalizadas y libradas al uso y su
implementación a través del cuerpo inspectivo de esta Dirección General;
Por ello, y visto lo manifestado en el Dictamen Legal y en uso de las que le fueran
conferidas por la Resolución 118-AGC/2019;
Artículo 1°.- Apruebase el Procedimiento de "Obras en contravención" obrante en el
Anexo I de la presente (DI-2019-36339310-GCABA-DGFYCO) que forma parte
integrante de la presente.-
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletin Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese al cuerpo inspectivo de esta Dirección General de Fiscalización y
Control de Obras, a los Consejos Profesionales CPAU, CPIC, COPIME, a la
Subsecretaria de Registro, Interpretación y Catastro y la Dirección General de Registro
de Obras y Catastro, a la Administración General de Ingresos Públicos, a la Dirección
General de Administración de Infracciones y a la Gerencia Operativa de Control
Inspectivo de esta Agencia Gubernamental de Control. Cumplido Archivese. Alonso