DISPOSICIÓN 83 2003 SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO

Síntesis:

DESESTIMA EL PROYECTO PRESENTADO POR LA EMPRESA UBATEC S.A., EN EL MARCO DEL CONCURSO CAPITAL PYMES 2003 - INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS DEBIDO A LA FALTA DE SUSCRIPCIÓN DEL ACTA ACUERDO DE PROMOCIÓN - PROGRAMA FONDO PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES - DESESTIMACIÓN DE PROYECTOS

Publicación:

03/12/2003

Sanción:

30/10/2003

Organismo:

SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO


Visto los Decretos Nros. 430/GCBA/2002 y 118/GCBA/2003, las Resoluciones Nros. 177/SDE/2003 y 184/SDE/2003, la Disposición N° 43/DGICOM/2003 y el Expediente N° 31.845/2003,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 118/GCBA/2003 se creó el Programa Fondo para el Desarrollo de Proveedores;

Que por la Resolución N° 177/SDE/2003 se convocó al Concurso Capital PyMEs 2003 destinado a subsidiar proyectos de pequeñas y medianas empresas residentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, orientados a la sustitución de importaciones y/o al incremento de exportaciones;

Que mediante la Resolución N° 184/SDE/2003 se extendió el plazo para la presentación de los proyectos de las empresas interesadas en participar del concurso;

Que esta Dirección General fue designada, por Resolución N° 177/SDE/2003, como Autoridad de Aplicación y Unidad Ejecutora del Concurso Capital PyMEs 2003;

Que por la misma Resolución se aprobaron las bases y condiciones del Concurso y metodología para la aprobación de los proyectos;

Que la Resolución precitada establece para el otorgamiento del beneficio objeto del concurso, que las empresas cuyos proyectos resulten seleccionados, deben suscribir un Acta Acuerdo de Promoción; efectivizándose el desembolso del beneficio con posterioridad a la firma de la misma;

Que de la evaluación realizada conforme lo establecido por el Art. 2° de la Resolución N° 177/SDE/2003, cuarenta y seis empresas fueron seleccionadas, entre ellas Ubatec S.A.;

Que la misma norma dispone, que cualquier incumplimiento de las condiciones establecidas para este concurso, dará lugar a la desestimación del proyecto presentado;

Que por Cédula N° 240/DGICOM/2003, cursada con fecha 7 de agosto de 2003, se intimó a Ubatec S.A. para que se presentara en la Dirección General De Industria y Comercio a fin de suscribir el Acta Acuerdo mencionada;

Que la firma Ubatec S.A. no se ha presentado a suscribir el Acta Acuerdo de Promoción, requisito necesario para la aprobación definitiva del proyecto seleccionado, y posterior autorización del desembolso del beneficio solicitado;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIA Y COMERCIO

DISPONE:

Artículo 1° - Desestímase el proyecto presentado por la empresa Ubatec S.A. en el marco del Concurso Capital Pymes 2003, que tramita por el Expediente N° 31.845/2003.

Artículo 2° - Notifíquese a la empresa Ubatec S.A., con domicilio legal en la calle Arenales 1371, piso 2°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los términos de la presente Disposición.

Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.