RESOLUCIÓN 177 2003 SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO
Síntesis:
LLAMA A CONCURSO CAPITAL PYMES 2003 EN EL MARCO DEL PROGRAMA FONDO PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES. APRUEBA INSTRUCTIVO, METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN Y MODELO DE ACTA ACUERDO. DEROGA LA RESOLUCIÓN N° 369/SDE/01
Publicación:
02/04/2003
Sanción:
18/03/2003
Organismo:
SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO
Visto el Decreto N° 430/GCBA/02 y N° 118/GCBA/03 y,
CONSIDERANDO:
Que frente a la situación económica por la que atraviesa el país, resulta impostergable el llevar adelante, desde el Estado, acciones que fomenten la reconstrucción del tejido productivo, a partir del trabajo con las cadenas de valor que desarrollan sus actividades en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que frente al aumento experimentado en el tipo de cambio y las condiciones de pago impuestas por los proveedores externos, es necesario promover el desarrollo de acciones, por parte de las pequeñas y medianas empresas, orientadas a la sustitución de importaciones y al incremento de las exportaciones;
Que por las mismas razones y frente a la situación que atraviesa la cadena de pagos que deriva, a su vez, en un debilitamiento del capital de trabajo de las pequeñas y medianas empresas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben llevarse a cabo acciones tendientes a facilitar el acceso al financiamiento del capital de giro de las firmas mencionadas;
Que la revitalización de las actividades productivas se traducirá en un aumento de los puestos de trabajo y en la recaudación tributaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que para mejorar la internacionalización de las PyMEs con potencial exportador es necesario dotar a estas empresas del capital de trabajo necesario para hacer frente a las condiciones en términos de volúmenes y plazos que requiere la demanda externa;
Que resulta, asimismo, necesario normativizar tanto la presentación como la evaluación de los proyectos que se han de presentar para acceder a los beneficios que se derivan del subsidio para pequeñas y medianas empresas residentes en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el ámbito de esta Secretaría se ha desarrollado un instructivo para la presentación de los proyectos y se ha establecido un conjunto de criterios y una metodología para la evaluación de los mismos;
Por ello, y en uso de la facultades que le son propias,
Artículo 1° - Llámese al Concurso Capital PyMEs 2003 en el marco del Programa Fondo para el Desarrollo de Proveedores creado por el Decreto N° 118/GCBA/03, el que estará destinado a subsidiar capital de trabajo y desarrollo de matricería para proyectos de pequeñas y medianas empresas residentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, orientados a la sustitución de importaciones y/o al incremento de exportaciones.
Artículo 2° - Apruébanse el instructivo y la metodología de evaluación de los proyectos que acompañan a la presente como Anexo I y los formularios para la presentación de proyectos que obran como Anexo II.
Artículo 3° - Apruébase el modelo de Acta Acuerdo a suscribir por las pequeñas y medianas empresas beneficiarias del Concurso, que acompañan a la presente como Anexo III.
Artículo 4° - Desígnese a la Dirección General de Industria y Comercio Exterior, dependiente de la Subsecretaría de Producción y Empleo, como Autoridad de Aplicación y Unidad Ejecutora del Concurso Capital PyMEs 2003.
Artículo 5° - Serán funciones de la Autoridad de Aplicación:
a) Realizar la convocatoria para la presentación de proyectos con los términos y alcances establecidos en el Anexo I de la presente.
b) Evaluar los proyectos presentados de acuerdo a la metodología establecida en el Anexo II de la presente.
c) Aprobar los proyectos que resulten beneficiarios del Concurso.
d) Administrar los fondos destinados al programa.
e) Resolver toda cuestión imprevista no contemplada en la presente normativa.
Artículo 6° - Podrán participar del presente Concurso las pequeñas y medianas empresas que desarrollen actividades en el sector de la industria manufacturera y aquellas dedicadas al desarrollo de software con sede productiva y administrativa en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, adoptando como criterio para su definición, el establecido por la Resolución N° 24/01 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía y sus modificatorios.
Artículo 7° - Los proyectos deberán presentarse en la Dirección General de Industria y Comercio Exterior de esta Secretaría de Desarrollo Económico, sita en la calle Sarmiento 630, piso 15, contrafrente, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se establece que el día 11 de abril de 2003 a las 12 hs. operará el vencimiento para la presentación de los proyectos, por parte de las empresas interesadas.
Artículo 8° - Deróguese la Resolución N° 369/SDE/01.
Artículo 9° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Producción y Empleo y a la Dirección General de Industria y Comercio Exterior. Cumplido, archívese. Hecker
NOTA: Los Anexos II y III que forman parte integrante de la presente Resolución, pueden ser consultados en la sede de la Dirección General de Tecnología y Diseño, sita en Sarmiento 630, piso 15, de esta ciudad.
ANEXO
ANEXO I
CONCURSO CAPITAL PYMES 2003
BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO Y METODOLOGÍA PARA LA APROBACIÓN DE LOS PROYECTOS
1) De las empresas beneficiarias
Podrán presentar proyectos todas las empresas que desarrollen actividades productivas correspondientes a los sectores de la industria manufacturera y desarrollo de software en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que se encuadren dentro de la clasificación de pequeña y mediana empresa que se deriva de la Resolución SEPYME N° 24/01 y sus modificatorias.
A los efectos del presente Concurso, se entenderá por empresas que desarrollan actividades productivas en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a aquellas que tengan tanto su domicilio legal como su administración real en el territorio de la misma, y que además desarrollen la totalidad de las acciones que serán objeto del subsidio en el territorio antedicho.
Podrán presentarse empresas legalmente constituidas -sociedades regulares, cooperativas de trabajo legalmente conformadas y sociedades irregulares (unipersonales y de hecho)-. Las firmas deberán acreditar fehacientemente haber tenido funcionamiento real, como mínimo durante los últimos 24 meses, y dar cumplimiento a los requisitos establecidos en los Formularios de Presentación de Proyectos que obran en el Anexo II.
Las empresas no podrán presentar más de un proyecto para el presente Concurso.
Quedan excluidas del presente Concurso las empresas que hayan resultado beneficiarias de alguno de los siguientes programas: Programa de Apoyo a la Modernización Productiva (PROAMPRO 2001), Programa de Apoyo a la Mejora de Procesos (PROAMPRO 2002), Producto Porteño y Fondo para Ecualización de Tasas (Capital PyMEs).
2) De los proyectos
Podrán presentarse todos aquellos proyectos que contemplen, entre sus objetivos, la sustitución de importaciones y/o el inicio de la actividad exportadora o el incremento de las exportaciones ya existentes. Serán especialmente considerados aquellos proyectos con mayor potencial en la generación de valor agregado, creación de puestos de trabajo e incremento de las exportaciones.
La duración del proyecto tendrá un plazo máximo de seis meses, contados a partir de su efectivo inicio hasta su finalización. Se entenderá por duración del proyecto el plazo que va desde la efectivización del desembolso hasta la entrada en régimen de la inversión realizada.
3) Del premio
El premio consiste en el otorgamiento de subsidios no reintegrables, a los que accederán las empresas beneficiarias una vez firmada el Acta Acuerdo de Promoción, la cual obra como ANEXO IV. Será requisito indispensable para recibir el beneficio, que la empresa seleccionada constituya un seguro de caución como garantía del subsidio solicitado
4) Del monto y el destino del subsidio
El fondo total previsto para esta convocatoria asciende a pesos un millón cuatrocientos sesenta mil ($ 1.460.000).
El subsidio deberá destinarse a conformar el capital de trabajo necesario para la consecución de los objetivos del proyecto y/o al desarrollo de matricería.
El subsidio total por proyecto tendrá un límite máximo de $ 20.000, dentro de los cuales el componente destinado a financiar el gasto en personal propio o contratado no podrá exceder el 30% del costo total del proyecto. En el caso particular de empresas de software puede computarse el 100% por este concepto. Asimismo, el monto total del subsidio no podrá superar el 50% del valor total del proyecto, siendo el resto aporte de la empresa beneficiaria.
Para el cálculo del aporte correspondiente a la empresa beneficiaria podrán computarse los montos correspondientes a inversiones físicas, inversiones en bienes intangibles, desarrollo de canales de exportación y masa salarial con un tope de hasta un 30% del monto total del proyecto. Podrán computarse los gastos efectuados con posterioridad a la fecha de cierre de la presente convocatoria, siempre que los mismos queden encuadrados dentro de los conceptos enumerados precedentemente.
Las empresas beneficiarias tendrán la obligación de presentar toda la documentación respaldatoria de los gastos efectuados.
No podrán imputarse al proyecto gastos debidos a ninguno de los siguientes conceptos:
í Gastos efectuados con anterioridad a la fecha de cierre de la instancia de Presentación de Proyectos del Concurso Capital PyMEs 2003
í Adquisición / alquiler de inmuebles
í Viáticos de personal propio o contratado
í Certificación de calidad
í Estudios de mercado
í Adquisición de vehículos
í Aquellos cuya finalidad no se encuentra claramente definida (no se aceptarán como válidas descripciones como gastos varios, otros gastos, etc.).
í Gastos por cualquier concepto que no se encuentren debidamente asociados a la ejecución del proyecto
5) Cierre del Concurso
La presentación de Proyectos finalizará el día 11 de Abril de 2003 a las 12 hs.
6) Lugar de presentación de los Proyectos
Los proyectos deberán presentarse ante la Mesa de Entradas de la Dirección General de Industria y Comercio Exterior de la Secretaría de Desarrollo Económico; sita en Sarmiento 630, piso 15, contrafrente, en el horario de 10 a 17.
Los proyectos presentados recibirán un número de orden y la Dirección General de Industria y Comercio Exterior entregará a la empresa el correspondiente certificado que acredita la recepción del mismo.
La empresa deberá designar un responsable con quien se contactará la Autoridad de Aplicación del Concurso para tratar todos los aspectos relacionados con la tramitación y evaluación del proyecto. Los datos del responsable deberán estar debidamente consignados en los formularios correspondientes al momento de la presentación del proyecto.
7) Documentación a presentar
La presentación de los proyectos deberá realizarse cumpliendo con los requisitos y lineamientos establecidos en la Guía para la Formulación de Proyectos, que obra como ANEXO II, y utilizando los formularios contenidos en el mismo.
Deberán ser presentados, tanto en copia impresa (tamaño de hoja A4) como en soporte magnético (disco de 3,5, con los correspondientes archivos en los formatos Microsoft Word y Microsoft Excel, que deberán tener por nombre la razón social de la empresa):
Los formularios a ser presentados son los siguientes:
í Formulario I: Información general de la empresa
í Formulario II: Información técnica
í Formulario III: Información económico-financiera
Asimismo las empresas deberán presentar la documentación general respaldatoria de la información contenida en los Formularios mencionados precedentemente.
8) Reservas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Solamente podrán ser preseleccionadas o seleccionadas las presentaciones que cumplan con la totalidad de la información requerida en los Formularios del Concurso, los cuales constituyen la única forma válida de participar en esta Convocatoria, y de acuerdo a lo establecido en la Guía para la Formulación de Proyectos.
Las decisiones de la Autoridad de Aplicación y de la Unidad Ejecutora referidas a la Preselección, Evaluación y Selección de las presentaciones serán inapelables, no existiendo instancias o mecanismos de revisión en ninguna de las etapas del Concurso.
A fin de permitir un adecuado cumplimiento de los plazos de ejecución de la Convocatoria, la Autoridad de Aplicación y / o Unidad Ejecutora podrán desistir del otorgamiento del beneficio a aquellas empresas que, habiendo resultado seleccionadas, no hayan presentado el Seguro de Caución dentro de los 21 (veintiún) días corridos a partir de la publicación de los resultados finales del Concurso.
9) De los criterios de evaluación y aprobación de los Proyectos
Las pautas para evaluar la consistencia de los proyectos presentados al Concurso Capital PyMEs 2003 son las siguientes:
La evaluación de los proyectos será efectuada por la Unidad de Evaluación de Proyectos de la Dirección General de Industria y Comercio Exterior del GCBA de acuerdo a la metodología y criterios que se enuncian a continuación.
El tipo de evaluación que se plantea, tiene como fin último analizar la consistencia del proyecto como herramienta para la optimización del modelo de negocio de la PyME que lo presenta. Con lo cual se buscará determinar hasta qué punto el proyecto evaluado y el management de la empresa son lo suficientemente complementarios como para alcanzar los objetivos propuestos.
Para el logro de este fin, la evaluación comprende 3 instancias:
a) Evaluación de la Información
La primera instancia consiste en determinar si la información contenida en los formularios presentados cumple con la condición de completa. Por completa, se entenderá que contenga toda la información requerida, siendo para ello necesario que la empresa complete todas las grillas habilitadas para la carga de información de los formularios contenidos en el Anexo II.
En caso de que la información solicitada por alguna grilla, no le corresponda a su empresa (por cualquier motivo), deberá aclararse en la misma.
Una vez chequeados los formularios, si los mismos están completos, el proyecto pasará a la etapa de evaluación preliminar. En caso contrario, será desestimado.
b) Evaluación Preliminar
La segunda instancia de evaluación consiste en analizar la información contenida en los Formularios I, II y III del Anexo II, diferenciando Aspectos Cualitativos de Aspectos Cuantitativos.
Dentro de Aspectos Cualitativos se analizarán:
1. Domicilios: Legal, Comercial, Administrativo y Productivo dentro del territorio de la Ciudad de Buenos Aires.
2. Cumplimiento con la clasificación de PyMEs (según Res. 24/2001) (Facturación y Vinculación con otras empresas).
3. Estado de Situación ante el Fisco.
4. Distribución de Resultados y/o Retiro de Fondos Vs. Resultados Obtenidos.
5. Monto Solicitado Vs. Capital Propio.
6. Informe de Situación Crediticia (VERAZ, NOSIS, AXESOR, etc.).
7. Cualquier otra información que surja de los formularios presentados y que no puedan ser considerados en el análisis cuantitativo.
Dentro de Aspectos Cuantitativos se considerarán 7 módulos:
1. Tiempo de entrega de los formularios.
2. Análisis Técnico.
3. Análisis Comercial.
4. Análisis Económico-Financiero.
5. Recursos Humanos: Propietarios / Directores, Gerentes / Jefes, Operarios.
6. Generación de Empleo.
7. Grado de Sustitución de Importaciones.
8. Desarrollo / Consolidación de las Exportaciones.
Para la evaluación de los módulos, la información cuantitativa será volcada a una matriz de evaluación en la que se le asignará un puntaje y, de acuerdo a la calificación obtenida en cada uno de los módulos mencionados, se calculará un puntaje total. De acuerdo al mismo, se confeccionará un listado con los proyectos ordenados en forma decreciente.
De este listado, según lo descripto en el párrafo anterior, se seleccionarán los proyectos que serán objeto de una evaluación final.
c) Evaluación Final
La evaluación final consiste en una visita a la empresa seleccionada por parte del evaluador económico-financiero y del evaluador técnico. El objetivo es corroborar la información presentada por la empresa (tanto técnica como económico-financiera) y efectuar el análisis final de consistencia del proyecto. Este último punto se materializará a través de una Defensa del proyecto, ante los evaluadores, por parte de los responsables del mismo.
En esta entrevista, los evaluadores deberán poder ratificar / rectificar sus conclusiones preliminares y recabar cualquier nueva información considerada relevante para la determinación final del puntaje que obtendrá el proyecto. Esta entrevista recibirá una calificación, que será considerada para el cálculo del puntaje final.
El puntaje final, será un promedio ponderado del puntaje recibido en la evaluación preliminar y en la visita (defensa del proyecto) de los evaluadores a la empresa. De acuerdo con este puntaje final, los proyectos se ordenarán en forma decreciente.
De la lista lograda, según lo descripto en el párrafo anterior, se seleccionarán, como ganadores, los proyectos necesarios hasta agotar los fondos asignados al concurso.
En función de la evaluación del proyecto -y teniendo en cuenta los criterios metodológicos establecidos y la evaluación que surja de la defensa del proyecto por parte de la empresa-, la Autoridad de Aplicación podrá: reducir el monto total del subsidio a través de: a) la disminución del monto correspondiente a alguno o ambos de sus componentes (capital de trabajo y matricería) o b) de la eliminación de alguno de ellos.
El proceso de evaluación de los proyectos finalizará en un plazo máximo de 45 días, a contar desde la fecha del cierre del Concurso.
10) Obligaciones de los participantes
Cualquier incumplimiento en las condiciones establecidas para el presente Concurso, así como también la omisión o falseamiento de los datos consignados darán lugar a la desestimación del proyecto presentado, por parte de la Autoridad de Aplicación, en forma irrecurrible.
La información y documentación obrantes en los Proyectos, o presentada a requerimiento de la Unidad Ejecutora, así como los informes parciales y finales que deberán presentar las empresas que accedan al subsidio, tendrán carácter de declaración jurada y serán confidenciales.
Las empresas se comprometen a presentar, a requerimiento de la Autoridad de Aplicación, toda la información vinculada al proyecto y/o a la empresa, así como también a recibir inspecciones, exhibir lugares o cosas y a prestar la más amplia colaboración en cualquiera de las instancias del Concurso.
Para el otorgamiento del beneficio previsto en el presente Concurso las empresas cuyos proyectos resulten seleccionados, deberán suscribir un Acta Acuerdo de Promoción, efectivizándose el desembolso del beneficio con posterioridad a la firma del mismo. Las empresas deberán encontrarse en situación regular en cuanto a sus obligaciones fiscales y previsionales; sin registrar deudas exigibles en ninguno de estos conceptos al momento de la firma del Acta Acuerdo de Promoción.
El beneficiario garantizará, a satisfacción de la Autoridad de Aplicación, el cumplimiento de todas las obligaciones que asuma en el Acta Acuerdo de Promoción resultante de la ejecución del presente Concurso, constituyendo un Seguro de Caución por el monto del subsidio como condición necesaria para la firma del Acta Acuerdo de Promoción.
La participación en el Concurso implica el conocimiento y la aceptación de las bases y condiciones.
Esquema del Proceso Administrativo del Concurso:
Las instancias que se han previsto para el concurso son las que se detallan en el siguiente diagrama:
Diagrama
ANEXOS
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