RESOLUCIÓN 353 2003 SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO

Síntesis:

MODIFICA EL TEXTO DEL MODELO DE ACTA ACUERDO APROBADO POR LAS RESOLUCIONES N° 177/SDE/03, B.O. N° 1663 Y N° 223/SDE/03, B.O. N° 1758 - CONCURSO CAPITAL PYMES 2003 - PROGRAMA FONDO PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES - CAPITAL PYMES INDUSTRIAS CULTURALES Y TURISMO - MODIFICACIÓN DE MODELO DE ACTA ACUERDO - GARANTÍA - PÓLIZA DE SEGURO DE CAUCIÓN - DESARROLLO DE MATRICERÍA - PROYECTOS - FORMULARIOS - EMPRESAS BENEFICIARIAS - DIRECCIÓN GENERAL INDUSTRIA Y COMERCIO - SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN Y EMPLEO , SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO - SUBSIDIO - CAPITAL DE TRABAJO - PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - P.Y.M.E.S. - BASES Y CONDICIONES - REQUISITOS - SUBSIDIOS A EMPRESAS

Publicación:

19/11/2003

Sanción:

12/11/2003

Organismo:

SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO


Visto el Decreto N° 118/GCBA/03 y las Resoluciones Nros. 177/SDE/03 y 223/SDE/03, y;

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 118/GCBA/03 se creó el Programa Fondo para el Desarrollo de Proveedores, en el ámbito de la Dirección General de Industria y Comercio Exterior de la Subsecretaría de Producción y Empleo, destinado a subsidiar capital de trabajo y desarrollo de matricería de pequeñas y medianas empresas residentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires orientadas a la sustitución de importaciones;

Que por la Resolución N° 177/SDE/03 se llamó al Concurso Capital PyMEs 2003, en el marco del Programa Fondo para el Desarrollo de Proveedores;

Que por Resolución N° 223/SDE/03 se llamó al Concurso Capital PyMEs Industrias Culturales y Turismo, también en el marco del Programa Fondo para el Desarrollo de Proveedores;

Que por las citadas Resoluciones se llamó a concurso, se aprobó el instructivo y la metodología de evaluación de los proyectos y los formularios para la presentación de proyectos y se aprobó el modelo de Acta Acuerdo a suscribir por las pequeñas y medianas empresas beneficiarias del concurso;

Que los modelos de Acta Acuerdo establecen en sus cláusulas octavas que el beneficiario constituirá un seguro de caución a fin de garantizar todas las obligaciones asumidas los mismos;

Que, por su parte, el Inc. c) de las cláusulas sextas establece que el beneficiario deberá conservar la documentación de respaldo de todas y cada una de las erogaciones destinadas a la ejecución de EL PROYECTO de modo tal puedan ser objeto de verificación, como mínimo, durante los cinco primeros años posteriores al desembolso;

Que resulta irracional exigir a los beneficiarios de los concursos señalados que soporten el costo que importa mantener un seguro de caución durante 5 (cinco) años, a fin de garantizar el cumplimiento de lo establecido en el Inc. c) de las cláusulas sextas;

Que corresponde modificar la cláusula octava de los modelos de Acta Acuerdo aprobados por las Resoluciones Nros. 177/SDE/03 y 223/SDE/03;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO

RESUELVE:

Artículo 1° - Modifícase la cláusula octava del modelo de Acta Acuerdo que fuera aprobado por el Art. 3° de la Resolución N° 177/SDE/03 y por el artículo 3° de la Resolución N° 223/SDE/03, las que quedarán redactadas de la siguiente forma:

OCTAVA: GARANTÍA - A los fines de garantizar el cumplimiento de las obligaciones asumidas en las cláusulas segunda y sexta, Incs. a), b), d) y f) del presente Acta Acuerdo, EL BENEFICIARIO constituye Póliza de Seguro de Caución N° XXXX, otorgada por XXX por el monto de pesos XXX.

Artículo 2° - Las modificaciones señaladas serán de aplicación respecto de todas las Actas Acuerdo suscriptas en el marco del Concurso Capital PyMEs 2003 y del Concurso Capital PyMEs Industrias Culturales y Turismo, en los términos establecidos en el artículo precedente.

Artículo 3° - Establécese que previa devolución del Seguro de Caución al beneficiario, la Dirección General de Industria y Comercio verificará el cumplimiento de las obligaciones asumidas en las cláusulas segunda y sexta, Incs. a), b), d), e) y f) del Acta Acuerdo suscripta, dejando constancia de dicha circunstancia en el Expediente correspondiente.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase copia certificada de la presente a la Dirección General de Industria y Comercio y a la Subsecretaría de Producción y Empleo a los fines de que tomen conocimiento de los términos de la presente Resolución. Hecker

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
MODIFICA
Artículo 1° - Modifica la cláusula octava del modelo de Acta Acuerdo que fuera aprobado por el Art. 3° de la Resolución N° 177/SDE/03
MODIFICA
Artículo 1° - Modifica la clausula octava del acta acuerdo aprobada`por el artículo 3° de la Resolución N° 223/SDE/03,