RESOLUCIÓN 7 2020 MINISTERIO DE ESPACIO PUBLICO E HIGIENE URBANA
Síntesis:
DELEGACIÓN DE SUSCRIPCIÓN DE LAS ACTAS ACUERDO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS DE CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA Y DE SERVICIOS- PRECIOS DE LOS CONTRATOS - TITULAR - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA
Publicación:
13/01/2020
Sanción:
08/01/2020
Organismo:
MINISTERIO DE ESPACIO PUBLICO E HIGIENE URBANA
VISTO: las Leyes Nros. 2.809 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y 6.292, los
Decretos Nros. 127- GCABA/14, 463-GCABA/19 y 524-GCABA/19, las Resoluciones
Nros. 543-MHGC/13 y 601-MHGC/14, el Expediente Electrónico N° 01762429-
GCABA-DGTALMEPHU/2020, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la nueva Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires creándose entre otros al Ministerio de Espacio Público e
Higiene Urbana;
Que por el Decreto N° 463-GCABA/19 se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del mencionado Ministerio, estableciéndose a la Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal como coordinadora las acciones vinculadas al proceso
de redeterminación de precios, en coordinación con las áreas competentes;
Que por Decreto N° 524-GCABA/19 se designó a partir del 10 de diciembre de 2019 a
la Lic. María Eugenia Torossian, DNI N° 33.111.096, CUIL N° 27-33111096-0, como
titular de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio Espacio
Público e Higiene Urbana;
Que la Ley N° 2.809 (texto consolidado por Ley N° 6.017) estableció el Régimen de
Redeterminación de Precios aplicable a los contratos de obra pública regidos por la
Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, y los contratos de locación de servicios,
servicios públicos y de suministros que expresamente lo establezcan;
Que por el Decreto N° 127-GCABA/14 se aprobó la reglamentación del Régimen de
Redeterminación de Precios establecido por la Ley N° 2.809, la cual en su artículo 4
establece que ...Los Ministros, y Secretarios del Poder Ejecutivo, y los titulares de
reparticiones con rango o nivel equivalente de las respectivas Jurisdicciones
comitentes, aprueban las redeterminaciones definitivas de precios que deban
efectuarse en los contratos de obras públicas, de servicios de mantenimiento regidos
por la Ley N° 13.064, de servicios, de servicios públicos y de suministros;
Que, asimismo, conforme el artículo 33 del Anexo de la Resolución N° 601-MHGC/14
se estableció la metodología a seguir en el Régimen de Redeterminación de Precios,
donde ...el funcionario que resulte competente de la jurisdicción comitente suscribirá,
ad referéndum de la aprobación del titular de dicha jurisdicción, conforme la
delegación de facultades establecida en el artículo 4° Decreto N° 127/14, el Acta de
Redeterminación de Precios correspondiente;
Que, en este orden de ideas, el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana se ha
propuesto llevar adelante el trámite de las actuaciones relacionadas con la temática de
redeterminación de precios con una mayor celeridad, economía y eficiencia;
Que, a fin de poder cumplir con dicho objetivo y teniendo en cuenta el volumen de
actuaciones referidas a la suscripción de las Actas Acuerdo de Redeteminación de
Precios que actualmente se encuentran en trámite, resulta conveniente delegar la
firma de las mismas en la titular de la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal de este Ministerio;
Que la técnica de delegación propuesta no constituye una modificación de la
estructura administrativa existente sino sólo y exclusivamente en su estricta dinámica
de funcionamiento.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 463-GCABA/19 y N°
127-GCABA/14,
Artículo 1°.- Delégase la suscripción de las Actas Acuerdo de Redeterminación de
Precios de Contratos de Obra Pública y de Servicios aplicables a los precios de los
contratos de acuerdo con las pautas dispuestas por la Ley N° 2.809, su
reglamentación y sus modificatorios, en la Lic. María Eugenia Torossian, DNI N°
33.111.096, titular de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, o quien en el futuro la reemplace.
Artículo 2°.- Déjase establecido que las Actas acuerdo delegadas en el artículo
anterior deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 3° del Anexo I
del Decreto N° 127-GCABA/14 y expresar en su contenido que las mismas son
suscriptas ad referéndum de la posterior ratificación por parte de la señora Ministra de
Espacio Público e Higiene Urbana, tal así lo previsto por el artículo 33 del Anexo de la
Resolución N° 601-MHGC/14.
Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal y a la Dirección General Control de Gestión, todas dependientes
del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, a la Dirección General
Redeterminación de Precios del Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Sindicatura
General de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Muzzio