RESOLUCIÓN 310 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE DEROGA LA RESOLUCIÓN 1790-MHGC-16 - COMISIÓN CONSULTIVA - CONCILIACIÓN - PRESTACIONES DE ALTA COMPLEJIDAD MÉDICA Y TRASPLANTES - OBRA SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - MODIFICA LA RESOLUCIÓN 866-MHGC-14

Publicación:

27/01/2020

Sanción:

22/01/2020

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO la Resolución N° 866/MHGC/14, la Resolución 1790/MHGC/2016, el

Expediente N° 37.896.653-GCABA-DGTALMEF-2019 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución citada en primer término se creó una comisión de carácter

permanente en el marco del régimen instituido a través del Decreto de Necesidad y

Urgencia N° 1721/97;

Que a dicha comisión consultiva se le otorgó, entre otras, la facultad de proponer una

conciliación de diversas carpetas por prestaciones de Alta Complejidad Médica y

Trasplantes;

Que mediante Resolución N° 1790/MHGC/2016 se extendió el plazo oportunamente

establecido;

Que la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires formalmente ha solicitado la

extensión del plazo para la presentación de las prestaciones realizadas hasta 31 de

julio de 2015;

Que la Dirección General de Administración de Medicina del Trabajo ha confirmado

que las prestaciones objeto de la conciliación son las realizadas hasta el 31 de julio de

2015 y presentadas ante la Gerencia Operativa Servicios Médicos y de Prevención de

la Salud hasta el 31 de agosto de 2019;

Que en virtud de lo expuesto resulta necesario derogar la Resolución N° 1790-MHGC-

2016 y modificar la redacción del artículo 3° de la Resolución Nro. 866/MHGC/2014;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 24 del Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 1721/97 Y modificatorias;

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE

Artículo 1°. _Derógase la Resolución 1790/MHGC/2016.

Artículo 2°. _ Modificase el artículo 3° de la Resolución N° 866/MHGC/14 el que

quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 3°. _ La Comisión creada por el artículo primero, las obras sociales a través

de sus representantes y la Gerencia Operativa Servicios Médicos y de Prevención de

la Salud, deberán efectuar una propuesta de conciliación que admita rendiciones

parciales, entre las carpetas existentes en las Obras Sociales, la Gerencia Operativa

Servicios Médicos y de Prevención de la Salud y la Oficina de Fondos Compensadores

del Banco Ciudad a fin de ser compensadas por el Fondo Compensador. Las

prestaciones objeto de la mencionada conciliación son aquellas realizadas hasta el 31

de julio de 2015 y presentadas ante la Gerencia Operativa Servicios Médicos y de

Prevención de la Salud hasta el 31 de agosto de 2019, en cuyo caso dicha Gerencia

podrá expedirse hasta treinta días posteriores a esta última fecha. A los efectos de la

conciliación será utilizado el Nomenclador Indicativo de Prestaciones vigente a la

fecha de las prestaciones.

Artículo 3°. _ Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese, al Banco Ciudad de Buenos Aires y a la Subsecretaría de Gestión de

Recursos Humanos para su conocimiento y demás fines, remítase a la Dirección

General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 2 de la Resolución 310-MHFGC-20 modifica el artículo 3 de la Resolución 866-MHGC-14.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución 310-MHFGC-20 deroga la Resolución 1790-MHGC-16.</p>