RESOLUCIÓN 1790 2016 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
DEROGA RESOLUCIÓN 1959-MHGC-14 - COMISIÓN CREADA - OBRAS SOCIALES - PRÁCTICAS - PRESTACIONES ALTA COMPLEJIDAD - TRANSPLANTES - PROPUESTA DE CONCILIACIÓN - PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN - OCTUBRE 2014 - OFICINA DE FONDOS COMPENSADORES - NOMENCLADOR INDICATIVO DE PRESTACIONES VIGENTE AL 31 DE JULIO DE 2014
Publicación:
23/06/2016
Sanción:
16/06/2016
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
Estado:
No vigente
VISTO
la Resolución N° 866/MHGC/14, la Resolución 1959/MHGC/2014, el Expediente N°
15000232/MGEYA/DGTALMH/2016 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución citada se creó una comisión de carácter permanente en el
marco del régimen instituido a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N°
1721/97;
Que a dicha comisión consultiva se le otorgó, entre otras, la facultad de proponer una
conciliación de diversas carpetas por prestaciones de Alta Complejidad Médica y
Trasplantes;
Que mediante Resolución N° 1959/MHGC/2014 se extendió el plazo oportunamente
establecido;
Que la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires formalmente ha solicitado la
extensión del plazo para la presentación de las prestaciones realizadas hasta el 1° de
octubre de 2014, ante la Gerencia Operativa Servicios Médicos y de Prevención de la
Salud;
Que en virtud de lo expuesto resulta necesario derogar la Resolución N° 1959-MHGC-
2014 y modificar la redacción del artículo 3° de la Resolución Nro 866/MHGC/2014;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 24 del Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1721/97 y modificatorias,
Artículo 1°.- Derógase la Resolución 1959/MHGC/2014.
Artículo 2°.- Modifícase el artículo 3° de la Resolución N° 866/MHGC/14 el que
quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 3°.- La Comisión creada por el
artículo primero, las obras sociales a través de sus representantes y la Gerencia
Operativa Servicios Médicos y de Prevención de la Salud, deberán efectuar una
propuesta de conciliación que admita rendiciones parciales, entre las carpetas
existentes en las Obras Sociales, la Gerencia Operativa Servicios Médicos y de
Prevención de la Salud y la Oficina de Fondos Compensadores del Banco Ciudad a fin
de ser compensadas por el Fondo Compensador. Las prestaciones objeto de la
mencionada conciliación son aquellas realizadas hasta el 1 de octubre de 2014 y
presentadas ante la Gerencia Operativa Servicios Médicos y de Prevención de la
Salud hasta el 13 de mayo de 2016, en cuyo caso dicha Gerencia podrá expedirse
hasta treinta días posteriores a esta última fecha. A los efectos de la conciliación será
utilizado el Nomenclador Indicativo de Prestaciones vigente al 31 de julio de 2014.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese, al Banco Ciudad de Buenos Aires y a la Subsecretaría de
Administración de Recursos Humanos para su conocimiento y demás fines, remítase a
la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda. Mura