RESOLUCIÓN 1790 2016 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

DEROGA RESOLUCIÓN 1959-MHGC-14 - COMISIÓN CREADA - OBRAS SOCIALES - PRÁCTICAS - PRESTACIONES ALTA COMPLEJIDAD - TRANSPLANTES - PROPUESTA DE CONCILIACIÓN - PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN - OCTUBRE 2014 - OFICINA DE FONDOS COMPENSADORES - NOMENCLADOR INDICATIVO DE PRESTACIONES VIGENTE AL 31 DE JULIO DE 2014 

Publicación:

23/06/2016

Sanción:

16/06/2016

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA

Estado:

No vigente


VISTO

la Resolución N° 866/MHGC/14, la Resolución 1959/MHGC/2014, el Expediente N°

15000232/MGEYA/DGTALMH/2016 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución citada se creó una comisión de carácter permanente en el

marco del régimen instituido a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N°

1721/97;

Que a dicha comisión consultiva se le otorgó, entre otras, la facultad de proponer una

conciliación de diversas carpetas por prestaciones de Alta Complejidad Médica y

Trasplantes;

Que mediante Resolución N° 1959/MHGC/2014 se extendió el plazo oportunamente

establecido;

Que la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires formalmente ha solicitado la

extensión del plazo para la presentación de las prestaciones realizadas hasta el 1° de

octubre de 2014, ante la Gerencia Operativa Servicios Médicos y de Prevención de la

Salud;

Que en virtud de lo expuesto resulta necesario derogar la Resolución N° 1959-MHGC-

2014 y modificar la redacción del artículo 3° de la Resolución Nro 866/MHGC/2014;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 24 del Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 1721/97 y modificatorias,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Derógase la Resolución 1959/MHGC/2014.

Artículo 2°.- Modifícase el artículo 3° de la Resolución N° 866/MHGC/14 el que

quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 3°.- La Comisión creada por el

artículo primero, las obras sociales a través de sus representantes y la Gerencia

Operativa Servicios Médicos y de Prevención de la Salud, deberán efectuar una

propuesta de conciliación que admita rendiciones parciales, entre las carpetas

existentes en las Obras Sociales, la Gerencia Operativa Servicios Médicos y de

Prevención de la Salud y la Oficina de Fondos Compensadores del Banco Ciudad a fin

de ser compensadas por el Fondo Compensador. Las prestaciones objeto de la

mencionada conciliación son aquellas realizadas hasta el 1 de octubre de 2014 y

presentadas ante la Gerencia Operativa Servicios Médicos y de Prevención de la

Salud hasta el 13 de mayo de 2016, en cuyo caso dicha Gerencia podrá expedirse

hasta treinta días posteriores a esta última fecha. A los efectos de la conciliación será

utilizado el Nomenclador Indicativo de Prestaciones vigente al 31 de julio de 2014.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese, al Banco Ciudad de Buenos Aires y a la Subsecretaría de

Administración de Recursos Humanos para su conocimiento y demás fines, remítase a

la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 2 de la Resolución 1790-MHGC-16, modifica el Art. 3 de la Resolución  866-MHGC-14.</p>
DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 310-MHFGC-20 deroga la Resolución 1790-MHGC-16.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución 1790-MHGC-16 ,deroga Resolución 1959-MHGC-2014.-</p>