DECRETO 2693 2003

Síntesis:

RECHAZA LOS RECURSOS DEL SR. RAMÓN S. GONZÁLEZ DI CASTRO CONTRA EL DECRETO N° 290/GCBA/97, B.O. N° 231, Y LA RESOLUCIÓN N° 14/SSYT/00, B.O. N° 880 - RECHAZO DE RECURSOS - RECURSO DE REVISIÓN - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN - ANA MARTÍNEZ RICHARD - DENEGACIÓN DE INCLUSIÓN EN EL REGISTRO DE TAXIS - VEHÍCULO DOMINIO C 1510986 - LICENCIA 24903 - REVOCACIÓN DE PERMISO

Publicación:

23/12/2003

Sanción:

04/12/2003

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 4.059/99 y;

CONSIDERANDO:

Que por el citado Expediente el señor Ramón Santiago González Di Castro, DNI 92.899.780, tramita una solicitud de inclusión en el Registro de Automóviles de Alquiler con Taxímetro del vehículo domino C 1.510.986, alegando ser propietario de la Licencia N° 24.903;

Que la petición del reclamante fue desestimada oportunamente mediante Decreto N° 290/GCBA/97, por cuanto no quedó acreditado en las actuaciones de referencia que contara con habilitación correspondiente al momento de realizarse el Reempadronamiento General de Taxis realizado en el año 1991;

Que en dicho Decreto se dejó sentado que la tenencia del certificado de Reempadronamiento no acredita la legalidad de los documentos entregados, tal como expresamente reza dicho formulario, por lo que la extensión de dicho certificado no implica la aceptación de los datos aportados por el presentante;

Que en las presentes actuaciones, emitió informe la Comisión de Estudio creada por Resolución N° 14/SSTYT/00, destacando que la documentación acompañada resulta apócrifa;

Que habiendo sido notificado del Decreto N° 290/GCBA/97 rechazando la citada pretensión, la señora Ana Beatriz Martínez Richard, en su carácter de representante del señor Ramón Santiago González Di Castro, interpuso recurso administrativo contra los términos del Decreto N° 290/GCBA/97 y el Informe de la Comisión de Estudio Resolución N° 14/SSTYT/00, solicitando la nulidad de los mismos;

Que la Procuración General tomó debida intervención aconsejando desestimar dicho reclamo, por no haberse aportado pruebas que desvirtúen lo actuado en el expediente en cuestión;

Que los titulares de los reclamos para la inclusión en el Registro de Automóviles de Alquiler con Taxímetro fueron autorizados a prestar servicio mientras no se hubiesen resuelto definitivamente las actuaciones;

Que, habiendo quedado firme y consentido el Decreto N° 290/GCBA/97, corresponde intimar al señor Ramón Santiago González Di Castro, a acreditar la eliminación de todas las señas distintivas de taxi del vehículo dominio AOB 978, bajo apercibimiento de adoptar las medidas pertinentes para obtener su cumplimiento con el auxilio de la fuerza pública;

Por ello, de conformidad a lo dictaminado por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y en uso de las facultades legales que le son propias (Art. 104, Inc. 21 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires).

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Recházanse los recursos de revisión y reconsideración interpuestos por la señora Ana Beatriz Martínez Richard, DNI 18.758.331, en su carácter de representante del señor Ramón Santiago González Di Castro, DNI 92.899.780, contra el Decreto N° 290/GCBA/97 y la Resolución N° 14/SSTYT/00.

Artículo 2° - Revócase el permiso provisorio, precario y revocable para la prestación del servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro que se otorgara en relación al vehículo dominio AOB-978.

Artículo 3° - Intímase al señor Ramón Santiago González Di Castro, DNI 92.899.780, a acreditar en el plazo de cinco días hábiles de notificado el presente, la eliminación de todas las señales distintivas de taxi del vehículo dominio AOB 978, bajo apercibimiento de adoptar las medidas pertinentes para obtener su cumplimiento con el auxilio de la fuerza pública.

Artículo 4° - El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario de Obras y Servicios Públicos, por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General, notifíquese a la empresa concesionaria SACTA S.A. y al reclamante por intermedio de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, indicándose que se halla agotada la vía administrativa. Cumplido, archívese. IBARRA - Fatala - Albamonte - Fernández

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICA
Art. 1 Dto. 2693-03 Ratifica Dto. 290-97.Rechaza recursos de revisión y reconsideración.