RESOLUCIÓN 21 2020 FISCALÍA GENERAL

Síntesis:

CONFORMAN EQUIPOS ESPECIALIZADOS EN VIOLENCIA DE GÉNERO (EEVG) - UNIDADES DE INTERVENCIÓN TEMPRANA (UIT) - COMPETENCIA PENAL Y CONTRAVENCIONAL - ESTRUCTURA DE LOS EEVG -  DEPENDENCIA FUNCIONAL Y ADMINISTRATIVA - FUNCIONAMIENTO - ORGANIZACIÓN Y COORDINACIÓN DE LOS EEVG - ATRIBUCIONES - ENTRENAMIENTO Y CAPACITACIÓN DE LAS/OS AGENTES QUE COMPONEN LOS EEVG - CONVOCATORIA PLAZO - 

Publicación:

27/02/2020

Sanción:

19/02/2020

Organismo:

FISCALÍA GENERAL


VISTO: Los arts. 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, la Ley N° 1903 texto conforme Ley N° 4891, la Resolución FG N° 6/2020;

Y CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución FG N° 6/2020 se encomendó a la Secretaría General de

Política Criminal y Asistencia a la Víctima, a través de su Oficina de Planificación de

Políticas de Géneros y Diversidades, la elaboración de un plan tendiente a conformar

Equipos Especializados en Violencia de Género (en lo que sigue, los EEVG) en el

ámbito de las Unidades de Intervención Temprana (UIT) con competencia penal,

contravencional y de faltas.

Que la Oficina de Planificación de Políticas de Géneros y Diversidades dio

cumplimiento a lo allí dispuesto y elevó a consideración de la Secretaría General de

Política Criminal y Asistencia a la Víctima el plan para la puesta en funcionamiento de

los EEVG. Este plan fue elaborado sobre la base de diversos informes de diagnóstico

(que incluyen: reportes estadísticos sobre el caudal de trabajo de las Fiscalías

Especializadas, los criterios generales de actuación en materia de violencia de género

y los fundamentos brindados para disponer el archivo de las actuaciones iniciadas por

violencia de género) y la consulta con integrantes de todas las Unidades de

Intervención Temprana (UIT), algunas Fiscalías Especializadas en materia de

Violencia de Género, el Sr. Fiscal de Cámara Coordinador y los equipos técnicos de la

Fiscalía General Adjunta en lo Penal y Contravencional, la Secretaría General de

Coordinación y Apoyo Jurisdiccional, la Secretaría de Políticas de Asistencia Integral a

la Persona Afectada por el Delito y la Secretaría General de Relaciones

Institucionales, que permitieron enriquecer la propuesta.

Que el plan elaborado tras el desarrollo de este proceso participativo, tiene por objeto

conformar equipos especializados que permitan implementar una política de

intervención temprana en los casos de violencia de género, que garantice un mejor

servicio para las personas víctimas. En efecto, esta iniciativa contempla una nueva

distribución y articulación de los recursos disponibles y la definición de criterios para la

gestión estratégica de los casos, atendiendo a las características particulares de éstos

y a las necesidades de las personas víctimas involucradas.

Que, además, la implementación de una política de intervención temprana en materia

de violencia de género permite garantizar un abordaje inmediato de los casos, efectuar

un diagnóstico inicial e interdisciplinario de las situaciones y, con ello, descongestionar

el flujo de trabajo de las Fiscalías Especializadas. Esta nueva herramienta de

diagnóstico primario de los casos coadyuvará a que se desarrollen mejores y más

eficientes investigaciones de los conflictos especialmente relevantes.

Que los EEVG funcionarán en el ámbito de las UIT y estarán bajo la dirección

funcional y administrativa de las/os Sras/es. Fiscales Coordinadoras/es de las

Unidades Fiscales. Se compondrán por personal calificado, que será seleccionado tras

la elaboración de un proceso de entrenamiento a cargo de las áreas competentes.

Que, asimismo, es de resaltar que los EEVG adoptarán decisiones a partir de la

elaboración de un diagnóstico del caso, para lo cual podrán requerir la intervención de

los equipos interdisciplinarios de la Oficina de Asistencia a la Víctima y al Testigo

(OFAVyT), con los que trabajarán de manera articulada.

Que, a los efectos de adoptar decisiones que permitan mejorar el desempeño de los

EEVG y el impacto de su intervención en la gestión de los casos, se implementará un

sistema de evaluación y monitoreo periódico que estará a cargo de la Fiscalía General

Adjunta en lo Penal y Contravencional, la Secretaría General de Coordinación y Apoyo

Jurisdiccional, y la Secretaría General de Política Criminal y Asistencia a la Víctima.

Que esta iniciativa constituye una de las diversas medidas que esta Fiscalía General

prevé implementar a los efectos de profundizar la lucha contra la violencia de género

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En efecto, la puesta en marcha

de los EEVG supone la dotación de más profesionales, especialmente capacitados/as

en la materia, con el objeto de garantizar un inmediato abordaje de las situaciones que

llegan a conocimiento de la justicia local y proveer la respuesta más adecuada a la

situación concreta que allí se ventila.

En virtud de lo anteriormente expuesto y en función de las facultades conferidas por

los arts. 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los

arts. 1, 3, 17 y 18 de la Ley N° 1903 texto conforme Ley N° 4891;

EL FISCAL GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRTES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Conformar los Equipos Especializados en Violencia de Género (EEVG) en

el ámbito de las Unidades de Intervención Temprana (UIT) con competencia penal y

contravencional, con los alcances previstos en el ANEXO I, los que deberán entrar en

funcionamiento en todas las Unidades Fiscales antes del 30 de abril del corriente año

Artículo 2°.- Disponer la convocatoria, por el plazo de cinco (5) días, para la

conformación de los EEVG a todo el personal del Ministerio Público Fiscal,

particularmente a aquellas/os agentes que posean capacitación y entrenamiento en

temas de género y tramitación de casos en el fuero penal y contravencional. Esta

convocatoria estará a cargo de la Secretaría de Apoyo a la Función Judicial, en

coordinación con la Oficina de Recursos Humanos y la Secretaría General de

Relaciones Institucionales.

Artículo 3°.- Encomendar a la Fiscalía General Adjunta en lo Penal y Contravencional,

a la Secretaría General de Coordinación y Apoyo Jurisdiccional y a la Secretaría

General de Política Criminal y Asistencia a la Víctima, que implementen acciones para

la evaluación y monitoreo periódico del desempeño de los EEVG.

Artículo 4°.- Requerir a la Secretaría de Coordinación Administrativa, a través de su

Oficina de Sistemas Informáticos y Modernización, articule los medios necesarios para

la adaptación del sistema de registración Kiwi de conformidad con los parámetros que

se detallan en el ANEXO I de esta Resolución.

Artículo 5°.- Derogar los artículos 11 y 16 de la Resolución FG N° 531/2012, 1 de la

Resolución FG N° 250/2019 y toda otra resolución y/o norma reglamentaria que se

oponga a la presente.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

en la página de Internet del Ministerio Público Fiscal; comuníquese a la Legislatura de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; a los/as Sres/as. Fiscales con Competencia en

lo Penal, Contravencional y de Faltas de Primera Instancia y de Cámara, al Tribunal

Superior de Justicia, al Consejo de la Magistratura, a la Cámara de Apelaciones en lo

Penal, Contravencional y de Faltas y por su intermedio a los/as Sres./as Jueces/zas de

Primera Instancia, a la Defensoría General, a la Asesoría General Tutelar y a los/as

Sres/as. Secretarios/as Generales y, oportunamente, archívese. Mahiques


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5809

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 5 de la Resolución 21-FG/12 deroga el Artículo 11 y 16 de la Resolución 531-PG/12.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 5 de la Resolución 21-FG/12 deroga el Artículo 1 de la Resolución 250-PG/19.</p>