RESOLUCIÓN 1157 2020 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SE DELEGAN COMPETENCIAS - SUBSECRETARÍAS DE - GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS - COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA - CARRERA DOCENTE - DIRECCIONES GENERALES - PLANEAMIENTO EDUCATIVO - PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE - SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 541-MEGC-18 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

28/02/2020

Sanción:

19/02/2020

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 6.292, el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, la Resolución N°

541/MEGC-18, el Expediente Electrónico N° 7.241.944-GCABA-MEDGC/20, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la referida norma establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones

por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les

confiere dicha Ley;

Que, en dicho marco, el artículo 14 de la misma dispone que los Ministros podrán

delegar la resolución de asuntos relativos al régimen económico y administrativo de

sus respectivas áreas en los funcionarios que determinen conforme con su

organización;

Que por Resolución N° 541-MEGC/18 se delegó en funcionarios del Ministerio de

Educación el ejercicio de las competencias enumeradas en el Anexo que forma parte

de la Resolución;

Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprueba una nueva estructura

organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, contemplándose al Ministerio de Educación;

Que, dentro de dicho contexto, le corresponde a la Subsecretaría de Gestión

Económico Financiera y Administración de Recursos coordinar las acciones para la

gestión administrativa y técnica de los organismos que integran el Ministerio;

Que le corresponde a la Dirección General de Planeamiento Educativo asistir al

Ministerio en el diseño, implementación y evaluación de la política educativa para la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa le compete

diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos para

contribuir al desarrollo individual y social de la comunidad;

Que, por su parte, le compete a la Subsecretaría de Carrera Docente planificar,

programar y diseñar políticas relacionadas al personal docente y no docente, como así

también coordinar las acciones con los distintos actores de representación gremial

docente, en todo lo relativo a los conflictos colectivos de trabajo, en las negociaciones

y convenciones colectivas;

Que la Dirección General de Personal Docente y no Docente tiene entre sus

responsabilidades primarias gestionar administrativamente la Planta Orgánico

Funcional de los establecimientos educativos y la dotación de las áreas centrales del

Ministerio e implementar las políticas relacionadas al personal docente y no docente;

Que con el objeto de afianzar una rápida y eficiente respuesta de la Administración,

evitando afectar la garantía de una tutela administrativa efectiva de que gozan todos

los ciudadanos, deviene necesario delegar en funcionarios de este Ministerio de

Educación las competencias pertinentes;

Que en virtud de ello, corresponde dictar el acto administrativo correspondiente,

dejando sin efecto la Resolución N° 541-MEGC/18, y aprobar el ejercicio de las

competencias correspondientes atento la nueva estructura;

Que las Subsecretarías de Gestión Económico, Financiera y Administración de

Recursos, de Carrera Docente y de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, y

las Direcciones Generales de Planeamiento Educativo y de Personal Docente y No

Docente tomaron debida intervención en las presentes actuaciones;

Que la Dirección de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que

le compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Delégase en los Subsecretarios del Ministerio de Educación y en las

Direcciones Generales de Planeamiento Educativo y de Personal Docente y No

Docente, el ejercicio de las competencias enumeradas en el Anexo (IF-2020-

07276820-GCABA-MEDGC), el que forma parte integrante de la presente resolución,

conforme a la distribución y los alcances allí establecidos.

Artículo 2°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 541-MEGC/18.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a las Subsecretarías de Gestión

Económico, Financieray Administración de Recursos, de Carrera Docente y de

Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, y a las Direcciones Generales de

Planeamiento Educativo y de Personal Docente y No Docente. Cumplido, archívese.

Acuña


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5810

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 2° de la Resolución N° 2765/MEDGC/20 deroga  la Resolución N° 1157-MEDGC/20.</p>
DEROGA
<p>Art. 2 de la Resolucion N° 1157-MEDGC/20 deja sin efecto la Resolucion N° 541-MEGC/18.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art 2 de la Resolucion 1501-MEDGC-20 amplia los alcances de la Resolución 1157-MEDGC-20. </p>