RESOLUCIÓN 2765 2020 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE DEROGA RESOLUCIÓN N° 1157/MEDGC/20 - SE DELEGAN COMPETENCIAS - SUBSECRETARIOS - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ECONÓMICO, FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA - SUBSECRETARÍA DE CARRERA DOCENTE - SUBSECRETARIA AGENCIA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA - DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE - MINISTERIO DE EDUCACIÓN -
Publicación:
05/02/2021
Sanción:
26/11/2020
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
Estado:
No vigente
VISTO: La Ley N° 6.292, el Decreto N° 463/19 y su modificatorio N° 128/20, la
Resolución N° 1157- MEDGC/20, el Expediente Electrónico N° 28289306-GCABA-
MEDGC/20, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la referida norma establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones
por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les
confiere dicha Ley;
Que, en dicho marco, el artículo 14° de la misma dispone que los Ministros podrán
delegar la resolución de asuntos relativos al régimen económico y administrativo de
sus respectivas áreas en los funcionarios que determinen conforme con su
organización;
Que por Resolución N° 1157-MEDGC/20 se delegó en funcionarios del Ministerio de
Educación el ejercicio de las competencias enumeradas en el Anexo que forma parte
de dicha Resolución;
Que por Decreto N° 463/19 y su modificatorio N° 128/20 se aprobó una nueva
estructura organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Educación;
Que, dentro de dicho contexto, le corresponde a la Subsecretaría de Gestión
Económico Financiera y Administración de Recursos coordinar las acciones para la
gestión administrativa y técnica de los organismos que integran el Ministerio;
Que le corresponde a la Dirección General de Planeamiento Educativo asistir al
Ministerio en el diseño, implementación y evaluación de la política educativa para la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa le compete
diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos para
contribuir al desarrollo individual y social de la comunidad;
Que, por su parte, le compete a la Subsecretaría de Carrera Docente planificar,
programar y diseñar políticas relacionadas al personal docente y no docente, como así
también coordinar las acciones con los distintos actores de representación gremial
docente, en todo lo relativo a los conflictos colectivos de trabajo, en las negociaciones
y convenciones colectivas;
Que la Dirección General de Personal Docente y no Docente tiene entre sus
responsabilidades primarias gestionar administrativamente la Planta Orgánico
Funcional de los establecimientos educativos y la dotación de las áreas centrales del
Ministerio e implementar las políticas relacionadas al personal docente y no docente;
Que con el objeto de afianzar una rápida y eficiente respuesta de la Administración,
evitando afectar la garantía de una tutela administrativa efectiva de que gozan todos
los ciudadanos, deviene necesario delegar en funcionarios de este Ministerio de
Educación las competencias pertinentes;
Que en virtud de ello, corresponde dictar el acto administrativo correspondiente
dejando sin efecto la Resolución N° 1157-MEDGC/20, y aprobar el ejercicio de las
competencias correspondientes;
Que la Dirección de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que
le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Delégase en los Subsecretarios del Ministerio de Educación y en las
Direcciones Generales de Planeamiento Educativo y de Personal Docente y No
Docente, el ejercicio de las competencias enumeradas en el Anexo (IF-2020-
28295884-GCABA-MEDGC), el que forma parte integrante de la presente resolución,
conforme a la distribución y los alcances allí establecidos.
Artículo 2°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 1157-MEDGC/20, de conformidad con
lo establecido en el artículo 1° de la presente.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a las Subsecretarías de Gestión
Económico, Financiera y Administración de Recursos, de Carrera Docente y de
Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa. Cumplido, archívese. Acuña