RESOLUCIÓN 2765 2020 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SE DEROGA RESOLUCIÓN N° 1157/MEDGC/20 - SE DELEGAN COMPETENCIAS - SUBSECRETARIOS - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ECONÓMICO, FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA - SUBSECRETARÍA DE CARRERA DOCENTE - SUBSECRETARIA AGENCIA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA - DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO  - DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - 

Publicación:

05/02/2021

Sanción:

26/11/2020

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 6.292, el Decreto N° 463/19 y su modificatorio N° 128/20, la

Resolución N° 1157- MEDGC/20, el Expediente Electrónico N° 28289306-GCABA-

MEDGC/20, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la referida norma establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones

por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les

confiere dicha Ley;

Que, en dicho marco, el artículo 14° de la misma dispone que los Ministros podrán

delegar la resolución de asuntos relativos al régimen económico y administrativo de

sus respectivas áreas en los funcionarios que determinen conforme con su

organización;

Que por Resolución N° 1157-MEDGC/20 se delegó en funcionarios del Ministerio de

Educación el ejercicio de las competencias enumeradas en el Anexo que forma parte

de dicha Resolución;

Que por Decreto N° 463/19 y su modificatorio N° 128/20 se aprobó una nueva

estructura organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Educación;

Que, dentro de dicho contexto, le corresponde a la Subsecretaría de Gestión

Económico Financiera y Administración de Recursos coordinar las acciones para la

gestión administrativa y técnica de los organismos que integran el Ministerio;

Que le corresponde a la Dirección General de Planeamiento Educativo asistir al

Ministerio en el diseño, implementación y evaluación de la política educativa para la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa le compete

diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos para

contribuir al desarrollo individual y social de la comunidad;

Que, por su parte, le compete a la Subsecretaría de Carrera Docente planificar,

programar y diseñar políticas relacionadas al personal docente y no docente, como así

también coordinar las acciones con los distintos actores de representación gremial

docente, en todo lo relativo a los conflictos colectivos de trabajo, en las negociaciones

y convenciones colectivas;

Que la Dirección General de Personal Docente y no Docente tiene entre sus

responsabilidades primarias gestionar administrativamente la Planta Orgánico

Funcional de los establecimientos educativos y la dotación de las áreas centrales del

Ministerio e implementar las políticas relacionadas al personal docente y no docente;

Que con el objeto de afianzar una rápida y eficiente respuesta de la Administración,

evitando afectar la garantía de una tutela administrativa efectiva de que gozan todos

los ciudadanos, deviene necesario delegar en funcionarios de este Ministerio de

Educación las competencias pertinentes;

Que en virtud de ello, corresponde dictar el acto administrativo correspondiente

dejando sin efecto la Resolución N° 1157-MEDGC/20, y aprobar el ejercicio de las

competencias correspondientes;

Que la Dirección de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que

le compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Delégase en los Subsecretarios del Ministerio de Educación y en las

Direcciones Generales de Planeamiento Educativo y de Personal Docente y No

Docente, el ejercicio de las competencias enumeradas en el Anexo (IF-2020-

28295884-GCABA-MEDGC), el que forma parte integrante de la presente resolución,

conforme a la distribución y los alcances allí establecidos.

Artículo 2°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 1157-MEDGC/20, de conformidad con

lo establecido en el artículo 1° de la presente.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a las Subsecretarías de Gestión

Económico, Financiera y Administración de Recursos, de Carrera Docente y de

Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa. Cumplido, archívese. Acuña


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6052

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 2765-MEDGC/20 delega competencias enumeradas en el Anexo I, en los Subsecretarios del Ministerio de Educación y en las Direcciones Generales de Planeamiento Educativo y de Personal Docente y No Docente, según lo previsto por Art. 14 de la Ley 6292.</p>
DEROGA
<p>Art. 2° de la Resolución N° 2765/MEDGC/20 deroga  la Resolución N° 1157-MEDGC/20.</p>
DEROGADA POR
<p>Artículo 2° de la Resolución N° 2296/MEDGC/23 deja sin efecto la Resolución N° 2765-GCABA-MEDGC/20.</p>