RESOLUCIÓN 59 2020 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION

Síntesis:

SE APRUEBAN BASES Y CONDICIONES - PROGRAMA DE INGRESO A LA GASTRONOMÍA PIG - EDICIÓN 2020 - CAPACITACIONES - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN 

Publicación:

06/03/2020

Sanción:

03/03/2020

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION


VISTO: La Ley N° 6292, los Decretos N° 578/16 y N° 463/19, las Resoluciones N° 33-

AVJG/2017, N° 88-SECDCI/2017, N° 23-SECDCI/18 y N° 44-SECDCI/19, el

Expediente Electrónico N° EX-2020-06302760-GCABA-SSBC, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el actuado citado en el Visto, la Dirección General Desarrollo

Gastronómico propicia una nueva edición del Programa de Ingreso a la Gastronomía

(PIG 2020), la cual tiene por objeto continuar con la capacitación destinada a fortalecer

la demanda laboral del sector gastronómico a través de Instituciones de gran

trayectoria y prestigio;

Que como antecedente es dable indicar que por el Decreto N° 578/16 se estableció

que el titular de la Vicejefatura de Gobierno, los Ministros, Secretarios y

Subsecretarios del Poder Ejecutivo aprueban los Programas de Gestión en el marco

de sus respectivas competencias;

Que asimismo mediante la Resolución N° 33-AVJG/17, oportunamente se delegó en la

entonces Secretaría de Desarrollo Ciudadano la facultad de aprobar los mentados

Programas de Gestión;

Que en ese orden de ideas, por la Resolución N° 88-SECDCI/2017 se creó el

Programa de Ingreso a la Gastronomía (PIG) en el ámbito de la Dirección General de

Desarrollo Gastronómico, entonces dependiente de la Vicejefatura de Gobierno, y se

aprobaron las Bases y Condiciones para la edición 2017;

Que posteriormente mediante las Resoluciones N° 23-SECDCI/18 y N° 44-SECDI/19

se aprobaron las respectivas Bases y Condiciones de las ediciones 2018 y 2019 del

aludido Programa;

Que resulta oportuno mencionar que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al

Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;

Que por el Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el

nivel de Dirección General, estableciéndose a la Dirección General de Desarrollo

Gastronómico de la Subsecretaría de Bienestar Ciudadano dependiente del Ministerio

de Desarrollo Económico y Producción;

Que por su parte la Dirección General de Desarrollo Gastronómico mediante IF-2020-

07995565-GCABA-DGDGAS, obrante en el N° de Orden 12 de las presentes

actuaciones, propicia una nueva edición del PIG, basándose en la necesidad de

continuar capacitando a quienes están desocupados o sub-ocupados y requieren

capacitaciones básicas para un primer empleo en gastronomía, en buscar de impulsar

el crecimiento laboral de quienes necesitan más habilidades para desarrollarse

profesionalmente;

Que en este marco, las Instituciones participantes de esta nueva edición, a saber: la

Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés (AHRCC), la Asociación de

Propietarios de Pizzerías, Casas de Empanadas y Asociaciones Afines (APPYCE),

Restraining S.R.L. (CAVE), MAXISISTEMAS S.R.L. y PADIALES S.R.L., han suscripto

las correspondientes cartas compromiso a los efectos de brindar los cursos y

capacitaciones en oficios y habilidades gastronómicas, a fin de cumplir con los

objetivos propuestos para el año 2020;

Que conforme a la propuesta educativa de la edición del PIG 2020 cuya aprobación se

propicia, se ha llevado a cabo la imputación presupuestaria correspondiente a fin de

hacer frente a la erogación proyectada, la cual asciende a la suma de pesos SEIS

MILLONES CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($

6.195.680.-);

Que en un todo de acuerdo a lo hasta aquí expuesto, resulta procedente el dictado del

presente acto administrativo.

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas,

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébanse las Bases y Condiciones de la Edición 2020 del Programa de

Ingreso a la Gastronomía (PIG) y las capacitaciones a dictarse, que se agregan como

Anexos I (IF-2020-07930927-GCABA-DGDGAS) y II (IF-2020-07930960-GCABA-

DGDGAS), los que forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Delégase en la Dirección General Desarrollo Gastronómico la facultad de

aprobar las convocatorias y llamados a los cursos correspondientes, así como

seleccionar a los becarios y/o suplentes.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de

Desarrollo Gastronómico de la Subsecretaría de Bienestar Ciudadano. Giusti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5815- Anexo I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5815- Anexo II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución N° 419-MDEPGC/20 revoca la Edición 2020 del Programa de Ingreso a la Gastronomía (PIG), el cual fuera aprovado mediante la Resolución N° 59-MDEPGC/20.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 2 de la Disposición 7-DGDGAS/20 declara abierta la primera convocatoria de los cursos impartidos en el marco del Programa de Ingreso a la Gastronomía Edición 2020, creado por Resolución 59-MDEPGC/20.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 Resolucion N° 59-MDEPGC/20 aprueba Bases y Condiciones de la Edición 2020 del Programa de Ingreso a la Gastronomía (PIG),creado por Resolucion N° 88-SECDCI/17.</p>