ACTA 5812 2020 INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SE ACEPTA TRASPASO - UNIDAD DE GESTIÓN DE INTERVENCIÓN SOCIAL - UGIS - INSTITUTO DE VIVIENDA - PERSONAL - PATRIMONIO Y PRESUPUESTO - RECTIFICA ACTA DE DIRECTORIO 5205-IVC-2019 - APRUEBA MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA - MISIONES Y FUNCIONES - INCORPORA DIRECCIÓN GENERAL GESTIÓN DE INTERVENCIÓN SOCIAL COMO CONTINUADORA DE LA UGIS - GERENCIA GENERAL - GERENCIA OPERATIVA - SUBGERENCIA OPERATIVA - GESTIÓN DE INTERVENCIÓN SOCIAL - ASISTENCIA COMUNITARIA - EMERGENCIA DEL HÁBITAT - GESTIÓN TÉCNICA E INSPECCIONES - DIAGNÓSTICO Y PROYECTOS - OBRAS Y CERTIFICACIONES - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT
Publicación:
09/03/2020
Sanción:
02/03/2020
Organismo:
INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
VISTO la Ley N° 1.251, los Decretos Nros 1.939/06, 237/12, 463/19 y su modificatorio,
y 69/20, y el Expediente Electrónico N° 06464452-GCABA-IVC/20, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 1251 se transformó a la ex Comisión Municipal de la Vivienda en
el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC), modificando la
normativa contenida en la Ley N° 17.174 a fin de adecuarla a la Constitución y Leyes
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 11° de la Ley N° 1.251 establece que "El Instituto de Vivienda de la
Ciudad está dirigido por un Directorio integrado por un Presidente, con rango
equivalente al de Secretario y tres Directores con funciones ejecutivas";
Que dentro de las competencias asignadas al Directorio del Instituto por el Artículo 14
inc. c), d) de la Ley N° 1.251, se encuentra la de organizar y reglamentar el
funcionamiento interno del Organismo y su estructura orgánico funcional para los
niveles inferiores a los aprobados por esa normativa;
Que la estructura organizativa es una herramienta funcional de carácter técnico para la
implementación de políticas públicas y por lo tanto, debe tener la flexibilidad necesaria
como para modificarse en pos de los objetivos de bien público que se persigue
conseguir;
Que resulta conveniente dotar al Organismo de una estructura organizacional que dé
prioridad a los fundamentos del modelo de gestión, con una clara identificación de las
misiones y funciones de cada área;
Que mediante Acta de Directorio N° ACDIR-2019-5205-IVC se aprobó la nueva
estructura organizacional del Instituto de Vivienda de la Ciudad;
Que por los presentes actuados tramita la solicitud por parte de la Dirección General
de Gestión y Desarrollo Humano sobre la modificación del Acta de Directorio N°
ACDIR-2019- 5205-IVC, en virtud del Decreto N° 69/2020, que prevé la modificación, a
partir del 1° de enero de 2020, de la estructura organizativa del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando
modificado parcialmente el Decreto N° 463/19 y su modificatorio.";
Que continúa detallando la normativa referida, la cual, establece que "la Unidad de
Gestión de Intervención Social (UGIS) dependiente del Ministerio de Desarrollo
Humano y Hábitat pasará a la órbita del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires (IVC) con su personal, patrimonio y presupuesto";
Que propicia asimismo la intervención del Ministerio de Hacienda y Finanzas, el cual
"arbitrará las medidas pertinentes a los fines de la aplicación de lo dispuesto en el
presente Decreto";
Que la Dirección General Gestión y Desarrollo Humano considera: "al intervenir de
manera intrínseca tanto en el espíritu como en la estructura organizativa del Instituto,
el Decreto mencionado suscita la necesidad de adherir al mismo, adoptando las
medidas necesarias que amparen y refuercen, por un lado, las competencias de la
órbita existente, y que acojan e integren, por otro, a las nuevas áreas que integrarán la
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
órbita del IVC.";
Que la Gerencia General prestó conformidad con lo propiciado por la Dirección
General Gestión y Desarrollo Humano;
Que la Dirección General de Desarrollo de Servicio Civil tomo conocimiento;
Que a tales fines luce agregado Anexo I (IF-2020-06854774-GCABA-IVC) con la
modificación parcial del organigrama con la incorporación de la Dirección General
Gestión de Intervención Social, como así también detalle de Misiones y Funciones de
la D.G mencionada como Anexo II (IF-2020-06855216-GCABA-IVC);
Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal tomó la intervención de su
competencia sin objeciones que formular;
Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba
por los miembros presentes.
Por ello;
Artículo 1°. - Aceptar el traspaso de la Unidad de Gestión de Intervención Social
(UGIS) a la órbita del Institutito de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
con su respectivo personal, patrimonio y presupuesto, conforme lo establecido por
DECTO-2020-69-GCABA-AJG.
Artículo 2°.- Rectificar el Artículo 1° del Acta de Directorio N° 5205/2019/IVC, y aprobar
la modificación parcial de la estructura orgánica del IVC incorporando a la Dirección
General Gestión de Intervención Social dependiente de Gerencia General, como
continuadora de la UGIS, según lo detallado Anexo I (IF-2020-06854774-GCABA-IVC)
forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Modificar el Artículo 2° del Acta de Directorio N° 5205/2019/IVC, y aprobar
las misiones y funciones de las nuevas Unidades de Organización pertenecientes a la
Dirección General Gestión de Intervención Social según lo detallado en el Anexo II (IF-
2020-06855216-GCABA-IVC) que a todo efecto forma parte integrante de la presente.
Artículo 4°.- Establecer que en caso de licencia, enfermedad, vacancia o ausencia
temporal del titular de la Dirección General Gestión de Intervención Social, el mismo
será reemplazado por el titular de la Dirección General Administración y Finanzas.
Artículo 5°.- Destacar que las designaciones del titular de la Dirección General Gestión
de Intervención Social, Gerentes Operativos y Subgerentes correrán por cuerda
separada.
Articulo 6°.-Encomendar al Departamento Despacho y Proyectos promover la
publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término
de un día, y a la Gerencia Operativa Modernización promover la difusión en la página
web de la CABA.
Artículo 7°.- Comunicar a todas las áreas. Se da por aprobado el presente punto
firmando al pie los miembros del Directorio. Reyes - Fernández - Mola - Maquieyra