DISPOSICIÓN 316 2020 DIRECCION GENERAL HABILITACION DE CONDUCTORES

Síntesis:

SE SUSPENDE TRÁMITES PRESENCIALES - COVID-19 - CORONAVIRUS - DIRECCIÓN GENERAL HABILITACIÓN DE CONDUCTORES 

Publicación:

18/03/2020

Sanción:

17/03/2020

Organismo:

DIRECCION GENERAL HABILITACION DE CONDUCTORES


VISTO: La Ley 2.148 (según texto consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos N°

260/PEN/2020, N° 140/AJG, N 1/AJG/220, 463/19 Y 498/19 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 2148 (según texto consolidado por Ley 6.017) establece los requisitos que

deben presentar, en Sede Administrativa, los aspirantes a obtener la licencia de

conducir.

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el Coronavirus

(COVID-19) se está propagando de persona a persona, aceleradamente a nivel

mundial declarando al coronavirus como una pandemia;

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, el Poder Ejecutivo de

la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°

27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de Un (1) año a partir

de la entrada en vigencia de dicho decreto;

Que tal situación torna imprescindible la implementación de medidas de prevención y

control tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio en la población;

Que las razones por las que se dispuso la emergencia pública en materia sanitaria por

parte del Estado Nacional justifican la adopción de idéntica medida en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 140/2020, el Jefe de Gobierno en virtud de las recomendaciones

de la Organización Mundial de la Salud (OMS), dispuso la restricción de diferentes

actividades;

Que, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/AJG/2020, el Poder Ejecutivo de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de Junio de 2020 a los fines de atender

y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del

contagio en la población del coronavirus (COVID-19).

Que, el articulo 2 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/AJG/2020, estableció

Prorrogar de manera excepcional por sesenta (60) días corridos la vigencia de las

licencias de conducir cuyo vencimiento opere entre el 15 de febrero y el 1° de abril de

2020.

Que en dicho contexto resulta necesario adoptar medidas de carácter excepcional y

preventivo en relación a las dependencias del Gobierno de la Ciudad que brinden

servicios de atención al público, con motivo del ingreso irrestricto, el alto grado de

tránsito y afluencia de público que reciben diariamente;

Que ello permitirá abordar de manera ágil las medidas que se estimen pertinentes a

los fines de prevenir y mitigar la propagación de la situación epidemiológica y su

impacto sanitario;

Por ello, en uso de facultades establecidas por el Decreto 463/19 y 498/19;

LA DIRECCIÓN GENERAL HABILITACIÓN DE CONDUCTORES

DISPONE:

Artículo 1° - Suspéndase los trámites presenciales en todas las dependencias de la

Dirección General Habilitación de Conductores dependiente de la Secretaría de

Atención Ciudadana y Gestión Comunal de la Jefatura de Gabinete de Ministros del

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, desde la entrada en vigencia de la presente

Disposición hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive.

Artículo 2° Comuníquese a la Secretaria Atención Ciudadana y Gestión Comunal,

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, fecho y Archívese.

Naidich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Disposicion 330-DGH/20 prorroga hasta el 26 de Abril inclusive, el plazo establecido en el Art. 1 de la Disposición 316-DGHC/20, a su vez prorrogada por la Disposicion 317-DGHCT/20.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 317-DGHC/20 prorroga el plazo establecido en el artículo 1 de la Disposición 316-DGHC/20.</p>