RESOLUCIÓN 58 2020 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
SE AUTORIZA- NÓMINA AGENTES AUTORIZADOS CIRCULACION - EJERCICIO DE SUS COMPETENCIAS - SECRETARIA DE MEDIOS - MINISTERIOS - HACIENDA Y FINANZAS - GOBIERNO - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID-19
Publicación:
23/03/2020
Sanción:
22/03/2020
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Estado:
No vigente
VISTO: El Decreto N° 159/20, la Resolución N° 53-GCABA-SECLYT-2020, el
Expediente Electrónico N ° 10162918-GCABA-DGTALLEYT-2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 159/20 se instruyó a la titular de la Secretaría Legal y Técnica
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a determinar la nómina de las
autoridades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que deban circular,
en el ámbito de la Ciudad, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo
amerita, toda vez que el cumplimiento de sus funciones resulta esencial para el normal
funcionamiento de distintos servicios en la Administración Pública del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en virtud de la mentada instrucción, la que suscribe dictó la Resolución N° 53-
GCABA-SECLYT-2020 por la cual, en su artículo 2°, requirió a los/las titulares de los
Ministerios, de las Secretarías del Poder Ejecutivo, de los entes descentralizados y de
los organismos fuera de nivel, a que en el término de 24 horas y por medio de
Comunicaciones Oficiales (CCOO) del Sistema de Administración de Documentos
Electrónicos (SADE) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remitan la
nómina de las personas, no incluidas en el Anexo I de dicha Resolución;
Que, a partir de lo dispuesto, el titular de la Secretaría de Medios y los titulares de los
Ministerios de Hacienda y Finanzas y de Gobierno, informaron la nómina de las
personas de cada una de sus dependencias que se encuentran habilitadas a tal
efecto;
Que a raíz de ello, corresponde dictar el acto administrativo que determine la nómina
del personal aludido;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las facultades conferidas,
Artículo 1°.- Establécese que, para la Secretaría de Medios dependiente del Área Jefe
de Gobierno, y sus organismos dependientes, se encuentran autorizados a circular en
el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de
sus competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo I
(IF-2020-10184834-GCABA-SECM) que forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2°.- Establécese que, para Ministerio de Hacienda y Finanzas del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus
competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo II (IF-
2020-10186633-GCABA-MHFGC) que forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 3°.- Establécese que, para el Ministerio de Gobierno del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el ámbito
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus
competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo III
(IF-2020-10187880-GCABA-MGOBGC)) que forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad y, para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la
Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Montiel