RESOLUCIÓN 59 2020 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

SE ESTABLECE - LISTADO DE AGENTES AUTORIZADOS A CIRCULAR SI LA FUNCIÓN LO AMERITA - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN CONTENIDOS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - SECRETARÍA DE AMBIENTE - SE RECTIFICA - ARTÍCULO 2 DE LA RESOLUCIÓN 58-SECLYT-2020 - EMERGENCIA - CORONAVIRUS

Publicación:

23/03/2020

Sanción:

23/03/2020

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Estado:

No vigente


VISTO: El Decreto N° 159/20, las Resoluciones Nros. 53-GCABA-SECLYT-2020 y 58-

GCABA-SECLYT-2020, el Expediente Electrónico N° 10162918-GCABA-DGTALLEYT-

2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 159/20 se instruyó a la titular de la Secretaría Legal y Técnica

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a determinar la nómina de las

autoridades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que deban circular,

en el ámbito de la Ciudad, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo

amerita, toda vez que el cumplimiento de sus funciones resulta esencial para el normal

funcionamiento de distintos servicios en la Administración Pública del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en virtud de la mentada instrucción, la que suscribe, dictó la Resolución N° 53-

GCABA-SECLYT-2020 por la cual, en su artículo 2°, requirió a los/las titulares de los

Ministerios, de las Secretarías del Poder Ejecutivo, de los entes descentralizados y de

los organismos fuera de nivel, a que en el término de 24 horas y por medio de

Comunicaciones Oficiales (CCOO) del Sistema de Administración de Documentos

Electrónicos (SADE) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remitan la

nómina de las personas, no incluidas en el Anexo I de dicha Resolución;

Que, en virtud de la norma precedentemente citada, los titulares requeridos informaron

la nómina de las personas de cada una de sus dependencias que se encuentran

habilitadas a tal efecto;

Que a raíz de ello, corresponde dictar el acto administrativo que determine la nómina

del personal aludido;

Que, asimismo, la Resolución N° 58-GCABA-SECLYT, artículo 2°, se consignó

incorrectamente el número de actuación SADE del Anexo allí mencionado, en

consecuencia corresponde en este mismo acto, rectificar dicho artículo, por haberse

advertido el error material involuntario reseñado;

Por ello y en uso de las facultades conferidas,

LA SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establécese que, para el Ministerio de Hacienda y Finanzas del Gobierno

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus

competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo I (IF-

2020-10202673-GCABA-MHFGC e IF 2020-10200403-GCABA-SSGRH) que forma

parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Establécese que, para la Secretaría de Comunicación, Contenidos y

Participación Ciudadana dependiente del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, se encuentran autorizados a circular en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo

amerita, la nómina de funcionarios públicos listados en el Anexo II (IF-2020-10201409-

GCABA-SECCCPC) que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Establécese que, para la Secretaría Legal y Técnica dependiente del Jefe

de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a

circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el

ejercicio de sus competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados

en el Anexo III (IF-2020-10203190-GCABA-DGTALLEYT) que forma parte integrante

de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Establécese que, para la Secretaría de Ambiente dependiente del Jefe de

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran autorizados a

circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el

ejercicio de sus competencias lo amerita, la nómina de funcionarios públicos listados

en el Anexo IV (IF-2020-10195846-GCABA-UPEEI) que forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 5°.- Rectifícase el artículo 2° de la Resolución N° 58-GCABA-SECLYT-2020,

el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2°.- Establécese que, para

Ministerio de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, se encuentran autorizados a circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo amerita, la nómina

de funcionarios públicos listados en el Anexo II (IF-2020-10186633-GCABA-

DGTALMHFGC) que forma parte integrante de la presente Resolución."

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad y, para su conocimiento y demás

efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la

Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Montiel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5830ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5830ANEXO II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5830ANEXO III

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5830ANEXO IV

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 del Decreto N° 224/20 deroga la Resolución N° 59-SECLYT/20.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 59-SECLYT/20 establece la nómina de funcionarios del Ministerio de Hacienda y Finanzas que se encuentran autorizados a circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o fuera de ella, si el ejercicio de sus competencias lo amerita, conforme lo requerido en el art. 2° de la Resolución N° 53-SECLYT/20.</p><p>Art. 2° establece la nómina de funcionarios autorizados de la Secretaría de Comunicación, Contenidos y<br />Participación Ciudadana.</p><p>Art. 3° establece la nómina para la Secretaría Legal y Técnica.</p><p>Art. 4° establece la nómina para la Secretaría de Ambiente.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 5° de la Resolución N° 59-SECLYT/20 rectifica el artículo 2° de la Resolución N° 58-GCABA-SECLYT-2020</p>