RESOLUCIÓN 880 2003 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

DECLARA FRACASADA POR INADMISIBILIDAD DE OFERTAS LA LICITACIÓN PRIVADA N° 10/03 - PODER JUDICIAL - ADQUISICIÓN DE CARTUCHOS DE TÓNER PARA IMPRESORAS

Publicación:

02/01/2004

Sanción:

18/12/2003

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


Visto el Expediente N° 144/03 por el cual tramitó la Licitación Privada N° 10/03 para la adquisición de cartuchos de tóner reciclados para uso en equipos de impresión del parque informático existente en las dependencias bajo la administración del Consejo, autorizada por Resolución CM N° 499/2003 de fojas 22 a 24 y,

CONSIDERANDO:

Que conforme surge de las actuaciones compulsadas de fojas 29 a 50 se invitó a veinte empresas, de las cuales presentaron ofertas solamente nueve, como consta en el acta labrada al efecto y que luce a fojas 64;

Que sobre éstas recayó el Dictamen de la Comisión de Preadjudicaciones de fojas 625 a 628, señalando las razones que determinan la inadmisibilidad de todas ellas (Esempi S.R.L., Trust Point S.R.L., Alfagrama, Gerardy S.A., Printing S.R.L., Delta Graphics S.A., Sysprinter S.A., Qwork S.A., Recycling Express S.R.L.) por no ajustarse a las disposiciones del Pliego de Bases y Condiciones;

Que, en consecuencia, al no haberse presentado ofertas admisibles corresponde declarar fracasada la Licitación Privada N° 10/03;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 31 y sus modificatorias,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1° - Declárase fracasada por inadmisibilidad de las ofertas presentadas, la Licitación Privada N° 10/2003, referida a la adquisición de cartuchos de tóner reciclados para uso en equipos de impresión del parque informático existente en las dependencias bajo la administración del Consejo.

Artículo 2° - Dispóngase la devolución de las garantías de oferta que se hubieran presentado, a través de la Secretaría de la Comisión de Administración y Financiera.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad y en la Cartelera de la sede de este Consejo, comuníquese a la Dirección de Compras y Contrataciones y, oportunamente, archívese. Castorino - May Zubiría - De Stefano - Iráizoz - Marsili - Fleitas Ortiz de Rozas (no firma por encontrarse en uso de licencia)