RESOLUCIÓN 11 2020 UPE ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

SE DECLARA - SERVICIOS ESENCIAL - ÁREAS DEL ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - AREAS DE CUIDADO Y BIENESTAR ANIMAL - GESTIÓN DE FAUNA Y CONSERVACIÓN - MANTENIMIENTO GENERAL DEL PARQUE - CENTRO DE RESCATE DE FAUNA SILVESTRE - SERVICIO DE SEGURIDAD - SERVICIO DE LIMPIEZA - MANTENIMIENTO DEL ÁREA VERDE - CONTROL DE PLAGAS - GESTIÓN DE LOS RESIDUOS - COVID-19 - CORONAVIRUS - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA 

Publicación:

01/04/2020

Sanción:

18/03/2020

Organismo:

UPE ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA/20, los Decretos Nros. 463-

GCABA/19, 497-GCABA/19 y 147-GCABA/20, la Resolución Conjunta N° 7-

MJGGC/20, el Expediente Electrónico N° 09883579-GCABA-UGGOAALUPEEI/20 y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020 a

los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus);

Que mediante Decreto N° 147-GCABA/20, se facultó al Jefe de Gabinete de Ministros

y al titular del Ministerio de Hacienda y Finanzas a determinar las áreas cuyos

servicios serán considerados esenciales para la comunidad y el funcionamiento de la

administración pública durante la subsistencia de la situación epidemiológica;

Que el artículo 4° del mencionado Decreto faculta a las autoridades superiores con

rango no inferior a Director General o equivalente, de las referidas áreas a: "a.

Establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la situación

epidemiológica actual, asegurando la prestación de los servicios. b. Disponer la

suspensión temporal del otorgamiento de las licencias y permisos del personal

contempladas en la Resolución N° 180-GCABA-MHFGC-20 de los trabajadores a su

cargo. c. Modificar los horarios habituales de trabajo, lugar de prestación del servicio, o

repartición dentro de la jurisdicción. d. Prestar el servicio de forma remota,

transitoriamente, siempre que se encuentren garantizadas las prestaciones

establecidas en los protocolos respectivos, debiendo en el marco de la buena fe

contractual, establecer las condiciones en que dicha labor será realizada";

Que seguidamente, por Resolución Conjunta N° 7-MJGGC/20 se contempló a la

Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires entre las áreas cuyo servicio es considerado esencial para la

comunidad y el funcionamiento de la administración pública;

Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando dentro de la órbita de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)

Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Unidad de Gestión

General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales y a la Unidad Gestión

Estratégica y Transformación;

Que en virtud de las responsabilidades primarias establecidas para las referidas

Unidades de Gestión resulta necesario establecer los esquemas de trabajo a

implementar por las áreas durante la subsistencia de la situación epidemiológica,

conforme los lineamientos del artículo 4° del Decreto N° 147-GCABA/20;

Que mediante Comunicaciones Oficiales N° NO-2020-09842285-GCABA-

UGGOAALUPEEI y NO-2020-09845587-GCABA-UGETUPEEI ambas Unidades de

Gestión establecieron los servicios mínimos necesarios para la operación básica del

predio;

Que en ese sentido, resulta oportuno arbitrar las medidas conducentes a organizar las

áreas y los equipos de trabajo, teniendo en cuenta la función encomendada a cada

área en particular y si las actividades requieren ser desarrolladas en forma presencial

o remota, todo ello en cumplimiento con los objetivos y responsabilidades primarias

establecidos para la Unidad de Proyectos Especiales;

Que mediante Decreto N° 497-GCABA/19, se designó al suscripto a partir del 10 de

diciembre del 2019 como Titular de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)

Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires perteneciente a la

Secretaría de Ambiente.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias en virtud del Decreto N° 463-

GCABA/19,

EL TITULAR DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL

UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) ECOPARQUE INTERACTIVO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°: Declárase servicios esenciales de esta Unidad de Proyectos Especiales

(UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a las áreas

cuyas tareas están relacionadas al cuidado y bienestar animal; gestión de fauna y

conservación; mantenimiento general del parque; Centro de Rescate de Fauna

Silvestre; Servicio de seguridad; Servicio de limpieza, mantenimiento del área verde,

control de plagas y gestión de los residuos.

Artículo 2°: Encomiéndase a la Unidad de Gestión General de Operaciones,

Administración y Asuntos Legales y a la Unidad Gestión Estratégica y Transformación

la organización de las áreas y equipos de trabajo a su cargo -en forma presencial o

remota- contemplando lo establecido en el Artículo 1° de la presente, todo ello en

cumplimiento con los objetivos y responsabilidades primarias de la Unidad de

Proyectos Especiales durante la subsistencia de la situación epidemiológica causada

por el virus COVID-19 (Coronavirus).

Artículo 3°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Unidad de Gestión General de Operaciones, Administración y

Asuntos Legales y a la Unidad Gestión Estratégica y Transformación. Cumplido,

archívese. Iglesias

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 11-UPEEI-20 declara servicios esenciales de la (UPE) Ecoparque Interactivo a distintas áreas relacionadas al cuidado y bienestar animal; gestión de fauna y conservación; mantenimiento general del parque; Centro de Rescate de Fauna Silvestre; Servicio de seguridad; Servicio de limpieza, mantenimiento del área verde, control de plagas y gestión de los residuos, en el marco de lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia 1-20.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 11-UPEEI-20 declara servicios esenciales de la (UPE) Ecoparque Interactivo a distintas áreas relacionadas al cuidado y bienestar animal; gestión de fauna y conservación; mantenimiento general del parque; Centro de Rescate de Fauna Silvestre; Servicio de seguridad; Servicio de limpieza, mantenimiento del área verde, control de plagas y gestión de los residuos, en el marco de lo establecido en el Decreto 147-20.</p>