RESOLUCIÓN 11 2020 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

SE CREA -  PROGRAMA MAYORES CUIDADOS - SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN CULTURAL -JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - CONTENCIÓN A ADULTOS MAYORES -  AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO - COVID 19 - CORONAVIRUS - PANDEMIA

Publicación:

07/04/2020

Sanción:

02/04/2020

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

Fecha de actualización: 31 de mayo del 2021.

 

VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 297/20 y N° 325/20 del Poder

Ejecutivo Nacional, la Ley N° 6.292, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, el

Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° EX-2020-

10696534-GCABA-SECTC, y

CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el Coronavirus

(COVID-19) se está propagando de persona a persona, aceleradamente a nivel

mundial;

Que el mencionado organismo internacional ha recomendado a aquellas personas que

hayan visitado áreas donde se extendiera el referido virus, que permanezcan en sus

casas y eviten el contacto con otras;

Que tal situación torna imprescindible la implementación de medidas de prevención y

control tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio en la población;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20, el Poder Ejecutivo Nacional, en

acuerdo general de Ministros decretó la medida de "aislamiento social, preventivo y

obligatorio", a fin de proteger la salud pública, prorrogada por Decreto de Necesidad y

Urgencia N° 325/20;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020 a

los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19);

Que la Ley N° 6.292 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de

Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que le confiere dicha ley;

Que corresponde a la Jefatura de Gabinete de Ministros diseñar e implementar los

instrumentos para el monitoreo de los planes, programas y proyectos que aseguren el

cumplimiento de los objetivos fijados en el Plan General de Acción de Gobierno;

Que, en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Desarrollo

Humano y Hábitat, entre otras competencias la de diseñar e implementar políticas

referidas a la tercera edad, la juventud, la niñez y de género;

Que por Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente

del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a

Secretaría de Transformación Cultural bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de

Ministros;

Que la referida Secretaría tiene entre sus responsabilidades primarias la de promover

la cultura organizacional y los valores de gobierno con foco en la cercanía y la

eficiencia de los servidores públicos hacia los vecinos de la Ciudad de Buenos Aires,

en coordinación con las áreas competentes y la de actuar como área responsable de

servicios de transformación cultural para los organismos del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires que así lo requieran para hacer efectiva su política pública;

Que los adultos mayores conforman un universo vulnerable siendo un claro grupo de

riesgo;

Que el contexto de emergencia sanitaria, teniendo en cuenta la evolución de situación

epidemiológica del virus COVID-19 (Coronavirus) y la vigencia de la medida de

aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesta a nivel nacional, impone acciones

conducentes a mitigar la angustia e incertidumbre que afecta a los adultos mayores,

como grupo de riesgo, por las dificultades para acceder a bienes y servicios y las

restricciones para concurrir a espacios destinados a favorecer su autonomía y el

envejecimiento activo como así también la imposibilidad de realizar actividades

reflexivas, culturales y cognitivas;

Que, en el marco de tal coyuntura, la Secretaría de Transformación Cultural promueve

la iniciativa "Mayores Cuidados", convocando a vecinos y vecinas a colaborar -como

voluntarios- con los adultos mayores durante el aislamiento preventivo y obligatorio;

Que dicha iniciativa se focaliza en la posibilidad de colaborar con los adultos mayores

durante la emergencia sanitaria, tanto de manera telefónica como presencial a través

de voluntarios de la sociedad civil que se postulen para asistir a adultos mayores;

Que, a tales fines, deviene necesario la creación de un programa que funcione en la

órbita de la Secretaría de Transformación Cultural como una red colaborativa de

contención, a partir del relevamiento de las necesidades de los adultos mayores que

requieran contención telefónica y/o colaboración logística, durante la vigencia del

aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional;

Que, en el mismo sentido, se estima pertinente facultar a la Secretaría de

Transformación Cultural a dictar las normas complementarias, aclaratorias e

interpretativas, como así también a suscribir los instrumentos que requiera la

aplicación e implementación del programa creado por el artículo 1° de la presente

Resolución;

Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo conjunto pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

LA MINISTRA DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Créase el programa "Mayores Cuidados", bajo la órbita de la Secretaría

de Transformación Cultural de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a fin de brindar

contención a los adultos mayores que así lo requieran, durante la vigencia del

aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional,

en razón de la situación epidemiológica causada por el virus COVID-19 (coronavirus).

Artículo 2°. - Facultase a la Secretaría de Transformación Cultural a dictar las normas

complementarias, aclaratorias e interpretativas, como así también a suscribir los

instrumentos que requiera la aplicación e implementación del programa creado por el

artículo 1° de la presente Resolución.

Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Secretaría de Transformación Cultural de la Jefatura de Gabinete

de Ministros. Cumplido, archívese. Migliore - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1° de la Resolución Conjunta N° 11/MJGGC/20 que  crea el programa Mayores Cuidados,  a fin de brindar contención a los adultos mayores que así lo requieran, durante la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio en el marco del DNU 1/20</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1º de la Resolución Conjunta N° 3-MJG-MDHYH/21 da por finalizado el programa “Mayores Cuidados”, creado por Resolución N° 11-MJG-MDHYH/20.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resololución 21-MJG-MDHYH/20 modifica  el artículo 1  de la Resolución Conjunta 11.MJG-MDHYD/20.</p>