RESOLUCIÓN 11 2020 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

SE CREA -  PROGRAMA MAYORES CUIDADOS - SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN CULTURAL -JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - CONTENCIÓN A ADULTOS MAYORES -  AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO - COVID 19 - CORONAVIRUS - PANDEMIA

Publicación:

07/04/2020

Sanción:

02/04/2020

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


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VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 297/20 y N° 325/20 del Poder

Ejecutivo Nacional, la Ley N° 6.292, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, el

Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° EX-2020-

10696534-GCABA-SECTC, y

CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el Coronavirus

(COVID-19) se está propagando de persona a persona, aceleradamente a nivel

mundial;

Que el mencionado organismo internacional ha recomendado a aquellas personas que

hayan visitado áreas donde se extendiera el referido virus, que permanezcan en sus

casas y eviten el contacto con otras;

Que tal situación torna imprescindible la implementación de medidas de prevención y

control tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio en la población;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20, el Poder Ejecutivo Nacional, en

acuerdo general de Ministros decretó la medida de "aislamiento social, preventivo y

obligatorio", a fin de proteger la salud pública, prorrogada por Decreto de Necesidad y

Urgencia N° 325/20;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020 a

los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19);

Que la Ley N° 6.292 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de

Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que le confiere dicha ley;

Que corresponde a la Jefatura de Gabinete de Ministros diseñar e implementar los

instrumentos para el monitoreo de los planes, programas y proyectos que aseguren el

cumplimiento de los objetivos fijados en el Plan General de Acción de Gobierno;

Que, en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Desarrollo

Humano y Hábitat, entre otras competencias la de diseñar e implementar políticas

referidas a la tercera edad, la juventud, la niñez y de género;

Que por Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente

del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a

Secretaría de Transformación Cultural bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de

Ministros;

Que la referida Secretaría tiene entre sus responsabilidades primarias la de promover

la cultura organizacional y los valores de gobierno con foco en la cercanía y la

eficiencia de los servidores públicos hacia los vecinos de la Ciudad de Buenos Aires,

en coordinación con las áreas competentes y la de actuar como área responsable de

servicios de transformación cultural para los organismos del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires que así lo requieran para hacer efectiva su política pública;

Que los adultos mayores conforman un universo vulnerable siendo un claro grupo de

riesgo;

Que el contexto de emergencia sanitaria, teniendo en cuenta la evolución de situación

epidemiológica del virus COVID-19 (Coronavirus) y la vigencia de la medida de

aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesta a nivel nacional, impone acciones

conducentes a mitigar la angustia e incertidumbre que afecta a los adultos mayores,

como grupo de riesgo, por las dificultades para acceder a bienes y servicios y las

restricciones para concurrir a espacios destinados a favorecer su autonomía y el

envejecimiento activo como así también la imposibilidad de realizar actividades

reflexivas, culturales y cognitivas;

Que, en el marco de tal coyuntura, la Secretaría de Transformación Cultural promueve

la iniciativa "Mayores Cuidados", convocando a vecinos y vecinas a colaborar -como

voluntarios- con los adultos mayores durante el aislamiento preventivo y obligatorio;

Que dicha iniciativa se focaliza en la posibilidad de colaborar con los adultos mayores

durante la emergencia sanitaria, tanto de manera telefónica como presencial a través

de voluntarios de la sociedad civil que se postulen para asistir a adultos mayores;

Que, a tales fines, deviene necesario la creación de un programa que funcione en la

órbita de la Secretaría de Transformación Cultural como una red colaborativa de

contención, a partir del relevamiento de las necesidades de los adultos mayores que

requieran contención telefónica y/o colaboración logística, durante la vigencia del

aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional;

Que, en el mismo sentido, se estima pertinente facultar a la Secretaría de

Transformación Cultural a dictar las normas complementarias, aclaratorias e

interpretativas, como así también a suscribir los instrumentos que requiera la

aplicación e implementación del programa creado por el artículo 1° de la presente

Resolución;

Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo conjunto pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

LA MINISTRA DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Créase el programa "Mayores Cuidados", bajo la órbita de la Secretaría

de Transformación Cultural de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a fin de brindar

contención a los adultos mayores que así lo requieran, durante la vigencia del

aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional,

en razón de la situación epidemiológica causada por el virus COVID-19 (coronavirus).

Artículo 2°. - Facultase a la Secretaría de Transformación Cultural a dictar las normas

complementarias, aclaratorias e interpretativas, como así también a suscribir los

instrumentos que requiera la aplicación e implementación del programa creado por el

artículo 1° de la presente Resolución.

Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Secretaría de Transformación Cultural de la Jefatura de Gabinete

de Ministros. Cumplido, archívese. Migliore - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1° de la Resolución Conjunta N° 11/MJGGC/20 que  crea el programa Mayores Cuidados,  a fin de brindar contención a los adultos mayores que así lo requieran, durante la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio en el marco del DNU 1/20</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1º de la Resolución Conjunta N° 3-MJG-MDHYH/21 da por finalizado el programa “Mayores Cuidados”, creado por Resolución N° 11-MJG-MDHYH/20.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resololución 21-MJG-MDHYH/20 modifica  el artículo 1  de la Resolución Conjunta 11.MJG-MDHYD/20.</p>