RESOLUCIÓN 923 2020 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE APRUEBA - PROTOCOLO DE MANEJO DE CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS COVID-19 DE BAJO RIESGO - TRASLADO DESDE Y HACIA ALOJAMIENTOS EXTRA-HOSPITALARIOS - CORONAVIRUS - MINISTERIO DE SALUD - PANDEMIA 

Publicación:

13/04/2020

Sanción:

08/04/2020

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VER TEXTO ACTUALIZADO

Solicite el Texto Actualizado de la presente norma en: ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar

VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, la Ley Nacional

N° 27.541, los Decretos Nacionales de Necesidad y Urgencia N° 260/20, N° 297/20,

N°325/20, la Ley N° 6.292, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20; el Decreto N°

147/20 y N°463/20 y el EX-2020-11209988-GCABA-DGLTMSGC y;

CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el Coronavirus

(COVID-19) se está propagando aceleradamente a nivel mundial y, a razón de ello, la

ha catalogado como una pandemia;

Que se han adoptado diferentes medidas de prevención y control con el objeto de

atender la situación epidemiológica y reducir el riesgo de propagación del contagio en

la población;

Que por el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 260/20, el Poder Ejecutivo

de la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley

Nacional N° 27.541, por el plazo de Un (1) año a partir de la entrada en vigencia de

dicho decreto;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de Junio de 2020 a

los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población del Coronavirus (COVID-19);

Que posteriormente, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 del Poder

Ejecutivo de la Nación estableció para todo el territorio nacional, la medida de

"Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y la prohibición de desplazarse por rutas,

vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del virus

Coronavirus (COVID-19);

Que por el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 325/20, se prorrogó la

vigencia Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 297/20 que estableció la

medida de "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y la prohibición de

desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el

contagio del virus Coronavirus (COVID-19) hasta el 12 de abril de 2020 inclusive.

Que en ese sentido, el Decreto N° 147/20, estableció que el Ministerio de Salud de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y todos los organismos bajo su órbita, son áreas

de máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia

Coronavirus (COVID-19) y se facultó a las autoridades superiores con rango no inferior

a Director General a establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la

situación epidemiológica actual, asegurando la prestación de los servicios;

Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones

por los Ministros, y le corresponde al Ministro de Salud asistir en el diseño,

planificación, ejecución y control de las políticas, planes y programas de promoción,

prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de la población, en el marco del

Sistema Único e Integrado de Salud;

Que mediante el Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo y le corresponde a la Subsecretaría de

Planificación Sanitaria y Gestión en Red planificar y definir políticas públicas

orientadas al desarrollo de iniciativas y proyectos sanitarios específicos para la salud

de la población de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en particular el marco del

Sistema Público de Salud;

Que en el marco de la emergencia sanitaria resulta necesario establecer un

procedimiento de traslado no medicalizado ni de urgencia de casos sospechosos y

confirmados de COVID-19, con síntomas leves y bajo riesgo;

Que en este orden de ideas, resulta necesario aprobar el "PROTOCOLO DE MANEJO

DE CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS COVID-19 DE BAJO RIESGO:

TRASLADO DESDE Y HACIA ALOJAMIENTOS EXTRA-HOSPITALARIOS" el cual

será modificado y/o complementado cuando resulte necesario.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6292 y Decreto N°147/20,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°. - Apruébase el "PROTOCOLO DE MANEJO DE CASOS SOSPECHOSOS

Y CONFIRMADOS COVID-19 DE BAJO RIESGO: TRASLADO DESDE Y HACIA

ALOJAMIENTOS EXTRA-HOSPITALARIOS", que como Anexo I (IF-2020-11263564-

GCABA-SSPSGER) forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y entes descentralizados. Cumplido,

archívese. González Bernaldo de Quiros


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5846

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 923-MSGC-20 aprueba el Protocolo de manejo de casos sospechosos y confirmados COVID-19 de bajo riesgo: Traslado desde y hacia alojamientos Extra-Hospitalario, en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 1-20 y el Decreto 147-20. </p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 923-MSGC-20 aprueba el Protocolo de manejo de casos sospechosos y confirmados COVID-19 de bajo riesgo: Traslado desde y hacia alojamientos Extra-Hospitalario, en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 1-20 y el Decreto 147-20. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art 1 de la Resolucion 1391-MSGC-20 modifica el Art.1 Resolución  923-MSGC-20. <br /> </p>