DISPOSICIÓN 84 2020 DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA REGISTRO Y MEDIACIÓN

Síntesis:

RIGE A PARTIR DEL DÍA DE LA PUBLICACIÓN EN BOCBA -SE SUSPENDE HASTA EL MES DE JUNIO 2020 INCLUSIVE - TRÁMITE DE ACTUALIZACIÓN DE FE DE VIDA - JUBILADOS PENSIONADOS Y BENEFICIARIOS PREVISIONALES  - CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - EX CASSABA - SE GARANTIZA COBRO DE PRESTACIONES DURANTE LOS MESES DE MARZO ABRIL MAYO Y JUNIO 2020 - IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA ALTERNATIVO AL PRESENCIAL - CORONAVIRUS - COVID 19 - EMERGENCIA SANITARIA -

Publicación:

14/04/2020

Sanción:

03/04/2020

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA REGISTRO Y MEDIACIÓN


VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional Nros.

260-PEN-2020, 297-PEN-2020 y 325-PEN-2020, la Ley N° 15 (texto consolidado

según Ley N° 6.017), El Decreto de Necesidad y Urgencia Nros. 2020-1-AJG-GCABA

y 2020-4-AJG-GCABA y la Disposición N° 2020-73-DGJRYM-GCABA.

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 PEN/2020, el Poder Ejecutivo de

la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°

27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) en relación con el virus COVID-19 (Coronavirus)

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el virus COVID-19

(Coronavirus) se está propagando de persona a persona, aceleradamente a nivel

mundial declarando al coronavirus como una pandemia;

Que a raíz de ello se dictaron, entre otras normas, los Decretos Nros. 2020-297-PEN y

2020-325-PEN, la Ley N° 15 (texto consolidado según Ley N° 6.017),

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de Junio de 2020 a

los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus).

Que la finalidad de la normativa vigente, ampliando la cuarentena estimada es

resguardar la salud de los adultos mayores, jubilados, pensionados y personas en

situación de riesgo.

Que se estipularon también medidas orientadas a la administración de los recursos

humanos de la Administración Pública y aquellas que garanticen la prestación de sus

servicios esenciales durante la vigencia de la pandemia COVID-19 (Coronavirus).

Que, asimismo los servicios de esta Dirección fueron considerados esenciales para la

comunidad y el funcionamiento de la administración pública durante la subsistencia de

la situación epidemiológica vigente, En conformidad con lo descripto, es menester

establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la situación

epidemiológica actual, asegurando la prestación de los servicios.

Que en dicho orden, se propone suspender el trámite de actualización de fe de vida

por parte de los beneficiarios Previsionales de la Caja de Seguridad Social de los

Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (Ex-CaSSABA) conforme la normativa Leyes

Nros. 2811 y 4824, y Decreto Nro. 369/16, pertenecientes a la Caja de Seguridad

Social de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (CaSSABA).

Que de igual manera, queda garantizado el cobro de las prestaciones puestas al pago

durante los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2020.

Que es menester reforzar las medidas con el objetivo de evitar el contacto personal de

la población y el resguardo de los grupos de riesgo suspendiendo el trámite de fe de

vida, a efectos de garantizar el inmediato cobro de las prestaciones de marzo, abril

mayo y junio del año en curso.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL

DE JUSTICIA, REGISTRO Y MEDIACION

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Suspéndase el trámite de actualización de fe de vida por parte de los

jubilados, pensionados y beneficiarios Previsionales de la Caja de Seguridad Social de

los Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (Ex Cassaba) conforme la normativa:

Leyes Nros. 2.811 y 4.824, y Decreto Nro. 369/16, pertenecientes a la Caja de

Seguridad Social de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (CaSSABA), hasta el

mes de junio de 2020 inclusive, ello por los motivos expuestos en los considerandos

de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Déjese establecido que queda garantizado el cobro de las

prestaciones puestas al pago durante los meses de marzo, abril, mayo y junio de

2020.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a los beneficiarios de la Ex CaSSABA la suspensión del

trámite presencial de la fe de vida hasta el mes de junio de 2020 inclusive, el cual

deberá ser reemplazado por un sistema que garantice lo expuesto en el artículo

subsiguiente.

ARTÍCULO 4°.- Instrúyase al Gerente Operativo de la Ex CaSSABA, al Subgerente

Operativo de Atención a los beneficiarios de la Ex CaSSABA y al Subgerente

Operativo de Liquidación de los beneficios de la Ex CaSSABA a implementar un

sistema alternativo al presencial para que los beneficiarios realicen la fe de vida a

distancia.

ARTÍCULO 5°.- Establécese que la presente medida entrará en vigencia en el día de

su publicación en el BOLETIN OFICIAL.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese y oportunamente, archívese. De Stefano

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1° de la Disposición N° 84/DGJRYM/20 suspende el trámite de actualización de fe de vida por parte de los<br />jubilados, pensionados y beneficiarios Previsionales de la Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (Ex Cassaba) conforme la normativa:Leyes Nros. 2.811 y 4.824, y Decreto Nro. 369/16, pertenecientes a la Caja de Seguridad Social de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (CaSSABA), hasta el mes de junio de 2020 inclusive.</p><p> <br /> </p>
INTEGRA
<p>Art. 1° de la Disposición N° 84/DGJRYM/20 suspende el trámite de actualización de fe de vida por parte de los<br />jubilados, pensionados y beneficiarios Previsionales de la Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (Ex Cassaba) conforme la normativa:Leyes Nros. 2.811 y 4.824, y Decreto Nro. 369/16, pertenecientes a la Caja de Seguridad Social de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (CaSSABA), hasta el mes de junio de 2020 inclusive.</p>