RESOLUCIÓN 4136 2003 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
APRUEBA EL NOMENCLADOR DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS PARA LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - NAECBA - EN REEMPLAZO DEL NOMENCLADOR DE ACTIVIDADES PARA LOS INGRESOS BRUTOS - NAPIB - APROBACIÓN - INFORMACIÓN SOBRE LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - ACTUALIZACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS - DIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS - COMISIÓN ECONÓMICA PARA AMÉRICA LATINA - CEPAL - MEDICIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA
Publicación:
08/01/2004
Sanción:
29/12/2003
Organismo:
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Visto el Expediente N° 34.845/2001 y la propuesta conjunta de la Comisión Económica para América Latina (CEPAL) y las Direcciones Generales de Rentas y de Estadística y Censos, y
CONSIDERANDO:
Que es imprescindible para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contar con un nomenclador que permita captar con precisión estadística y de forma homogénea la actividad económica que los contribuyentes desarrollan en su ámbito mediante parámetros de clasificación que posibiliten el cruce con información interjurisdiccional y del ámbito nacional, ya sea estadística como fiscal;
Que en tal sentido se confeccionó un nomenclador sobre la base de la Clasificación Internacional Uniforme-Revisión 3, de Naciones Unidas (CIIU-3) y la Clasificación Nacional de Actividades Económicas, versión 1997 (CLANAE '97);
Que el nuevo nomenclador ha recogido la experiencia de distintos organismos nacionales y de la CEPAL y ha de facilitar la codificación de actividades en los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, además de actualizar el Nomenclador de Actividades para los Ingresos Brutos (NAPIB) que fuera aprobado por Resolución N° 2/SHYF/1994 (B.M. N° 19.707);
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1° - Apruébase el Nomenclador de Actividades Económicas para la Ciudad de Buenos Aires (NAECBA) adjunto, que a todos los efectos forma parte de la presente, para su aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir del 1° de enero de 2004, en reemplazo del Nomenclador de Actividades para los Ingresos Brutos (NAPIB), aprobado por Resolución N° 2/SHYF/94.
Artículo 2° - Las Direcciones Generales de Rentas y de Estadística y Censos propondrán las posteriores adecuaciones del citado nomenclador cuando circunstancias de hecho y/o de derecho aconsejen su modificación.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a las Direcciones Generales de Rentas y de Estadística y Censos; cumplido, archívese. Albamonte
NOTA: La presente Resolución se publica sin Anexo, el mismo puede ser consultado en la Dirección General de Rentas.