RESOLUCIÓN 1 2020 INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SE APRUEBA - PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DEL COVID-19 - OPERATIVOS REUBICACIÓN DE FAMILIAS - INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD - IVC - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19 - PANDEMIA
Publicación:
17/04/2020
Sanción:
15/04/2020
Organismo:
INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la
Organización Panamericana de la Salud, la Ley Nacional N° 27.541, los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nacionales Nros. 260/PEN/2020, 297/PEN/2020, 325/PEN/20 y
355/PEN/20, las Leyes Nros. 1.251, 5.799 y 6.292, el Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1/20, los Decretos Nros. 147/20 y 164/20, la Resolución N°
831/MSGC/20, las Actas de Directorio Nros. ACDIR-2019-5205-GCABA-IVC y ACDIR-
2020-5821- GCABA-IVC, el Expediente Electrónico N° 11579562-GCABA-IVC/20 y,
CONSIDERANDO:
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el Coronavirus
(COVID-19) se está propagando aceleradamente a nivel mundial y, a razón de ello, lo
ha catalogado como una pandemia, la cual exige la adopción de diferentes medidas de
prevención y control con el objeto de atender la situación epidemiológica y reducir el
riesgo de propagación del contagio en la población;
Que, en consecuencia, por el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 260/20, el
Poder Ejecutivo de la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria
establecida por Ley Nacional N° 27.541, por el plazo de Un (1) año a partir de la
entrada en vigencia de dicho decreto;
Que por el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 355/20, se prorrogó la
vigencia del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 297/20 que establece la
medida de "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y la prohibición de
desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el
contagio del virus Coronavirus (COVID-19) hasta el 26 de abril de 2020 inclusive;
Que, asimismo, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la
Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el
15 de Junio de 2020 a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para
prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del
Coronavirus (COVID-19);
Que por Decreto N° 147/20 se estableció que el Ministerio de Salud de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y todos los organismos bajo su órbita, son áreas de
máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia
Coronavirus (COVID-19) y se facultó a las autoridades superiores con rango no inferior
a Director General a establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la
situación epidemiológica actual, asegurando la prestación de los servicios;
Que, en efecto, por Resolución N° 831-MSGC/20 y modificatorias, se aprobó el
"Protocolo de Manejo de Protección en Población General y Población Exceptuada del
Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio en el Contexto de la Pandemia
Coronavirus (COVID-19)";
Que, por su parte, conforme el artículo 3° de la Ley N° 1.251 el Instituto de la Vivienda
de la Ciudad tiene por objeto la ejecución de las políticas de vivienda del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en dicho marco, el Instituto de la Vivienda de la Ciudad interviene en diversos
procesos de relocalización e integración socio-urbana de Villas y Asentamientos de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando los mismos la construcción de
vivienda nueva, su adjudicación a familias que deban ser relocalizadas y la
correspondiente mudanza de los grupos familiares, su mobiliario y efectos personales;
Que en virtud de dicha intervención, la Subsecretaría de Integración Social y Hábitat
del Instituto de la Vivienda de la Ciudad, manifestó la necesidad de llevar adelante
mudanzas de carácter impostergable, a fin de garantizar a las familias afectadas a los
procesos antes descriptos, su solución habitacional definitiva y el acceso a un hábitat
adecuado, contribuyendo de esa manera a facilitar a los grupos familiares beneficiarios
el cumplimiento de las medidas sanitarias y de cuidado dispuestas durante
emergencia sanitaria, en un todo acuerdo con las recomendaciones de las autoridades
competentes;
Que el artículo 11 de la Ley N° 1.251 establece que el Instituto de Vivienda de la
Ciudad está dirigido por un Directorio integrado por un Presidente, con rango
equivalente al de Secretario y tres Directores con funciones ejecutivas;
Que mediante Acta de Directorio N° ACDIR-2020-5821-GCABA-IVC, de fecha 17 de
marzo del 2020, el Directorio del Instituto de la Vivienda de la Ciudad adoptó medidas
relativas al COVID-19, encomendando en su artículo 7° a las distintas Subsecretarías
y Direcciones Generales del Instituto de la Vivienda de la Ciudad a promover las
recomendaciones de las autoridades sanitarias y adoptar medidas para la
operativización de sus actividades en el marco de la pandemia;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 147/20 y el Acta de
Directorio N° ACDIR-2020-5821-GCABA-IVC,
Artículo 1°.- Apruébase el "Protocolo de prevención del COVID-19 durante los
operativos de reubicación de familias" que como Anexo I (IF-2020-11635247-GCABA-
IVC) forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y entes descentralizados. Cumplido,
archívese. Ferrante - Houdin
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5850