DISPOSICIÓN 22 2020 DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA
Síntesis:
SE SUSTITUYEN ANEXOS I - II - III - V - DISPOSICIÓN 54-DGLBYPL/19 - INSTRUCTIVOS - FORMULARIOS - PROCEDIMIENTO - GUÍAS COMPLEMENTARIAS - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBSIDIOS MENSUALES Y ESPECIALES - RENDICIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DEL LIBRO BIBLIOTECAS Y LA CULTURA - BIBLIOTECAS POPULARES
Publicación:
27/04/2020
Sanción:
12/03/2020
Organismo:
DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA
VISTO: Las Leyes Nros. 6.292 y 2.035, y su Decreto Reglamentario N° 1.257/07, el
Decreto N° 463/19, la Disposición N° 54-DGLBYPL/19, el Expediente Electrónico N°
31096827-MGEYA-DGLBYPL/18, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.292 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, determina que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros
de conformidad con las facultades y responsabilidades que le fueran conferidas por la
misma, contemplando al Ministerio de Cultura;
Que por Decreto N° 463/19 se aprobó la nueva estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contemplando dentro del Ministerio de Cultura a la Subsecretaría de Gestión
Cultural, estableciendo bajo su órbita a la Dirección General Promoción del Libro,
Bibliotecas y la Cultura;
Que la Ley N° 2.035 tiene por objeto la protección, el desarrollo y fomento de las
Bibliotecas Populares en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 1.257/07 se reglamentó la mencionada ley;
Que mediante la Disposición N° 54-DGLBYPL/19, la entonces Dirección General del
Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura, aprobó los instructivos, formularios y
guías complementarias referentes a la presentación de solicitudes de subsidios
mensuales y especiales y rendición de los mismos según Ley N° 2.035;
Que en virtud del cambio de la estructura orgánico funcional del Ministerio de Cultura,
corresponde realizar la readecuación de tipo formal de los anexos I, II, III y V que
fueran oportunamente aprobados por la Disposición N° 54-DGLBYPL/19;
Por ello, conforme las atribuciones conferidas por la Ley N° 2.035 y su Decreto
Reglamentario N° 1257/07,
Artículo 1°. - Sustitúyase el Anexo I "Instructivo para la presentación de solicitudes de
subsidios mensuales y especiales-Bibliotecas Populares" (DI-2019-10372235-GCABA-
DGLBYPL), aprobado por el artículo 2° de la Disposición N° 54-DGLBYPL/19, por el
Anexo I "Instructivo para la presentación de solicitudes de subsidios mensuales y
especiales-Bibliotecas Populares" (IF-2020-09258543-GCABA-DGPLBC), que forma
parte integrante de la presente.
Artículo 2°. - Sustitúyanse los Anexos II "Formulario de solicitud de subsidio mensual"
(DI-2019-10372205-GCABA-DGLBYPL) y III "Formulario de solicitud de subsidio
especial" (DI-2019-10371731-GCABA-DGLBYPL), aprobados por el artículo 3° de la
Disposición N° 54-DGLBYPL/19, por los Anexos II "Formulario de solicitud de subsidio
mensual" (IF-2020-09260090-GCABA-DGPLBC) y III "Formulario de solicitud de
subsidio especial" (IF-2020-09263298-GCABA-DGPLBC), que forman parte integrantede la presente.
Artículo 3°.- Sustitúyase el Anexo V "Guía para confeccionar las rendiciones de cuenta
de subsidios especiales y de subsidios mensuales" (DI-2019-10371530-GCABA-
DGLBYPL), aprobado por el artículo 4° de la Disposición N° 54-DGLBYPL/19, por el
anexo V "Guía para confeccionar las rendiciones de cuenta de subsidios especiales y
de subsidios mensuales" (IF-2020-09260319-GCABA-DGPLBC), que forma parte
integrante de la presente.
Artículo 4°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Notifíquese a las Bibliotecas Populares inscriptas en el Registro de Bibliotecas
Populares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese.
Artunduaga