DISPOSICIÓN 2389 2020 DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL

Síntesis:

PRORROGA 10 MAYO 2020 - DISPOSICIÓN 1861-DGDCIV-20 - SISTEMAS DE AUTOPROTECCIÓN - PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN - PROVIDENCIAS - SUSPENDE PLAZOS DE SUBSANACION - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID-19

Publicación:

07/05/2020

Sanción:

29/04/2020

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 5920, su Decreto Reglamentario N° 51/18, el Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, el Decreto de Necesidad y Urgencia N°

297/PEN/2020, el Decreto de Necesida y Urgencia N° 325/PEN/2020, el Decreto de

Necesida y Urgencia N° 408/PEN/2020, el Decreto de Necesidad y Urgencia N°

1/2020, el Decreto N° 140-GCABA-AJG/2020, la Disposicion N° 1861/DGDCIV/2020,

la Disposición N° 2167/DGDCIV/2020, las recomendaciones de la Organización

Mundial de la Salud y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley 5920 creó el Sistema de Autoprotección de aplicación obligatoria en el

ámbito de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires;

Que, la Disposicion N° 1861/DGDCIV/20 dispuso en sus articulados varias medidas

en relación a los sistemas de autoprotección conforme Ley 5920, entre las que se

encuentran prórrogas y suspensión de plazos;

Que, en el artículo 6°, se determinó que las medidas adoptadas podrán ser

prorrogadas o ampliadas conforme se desenvuelva la situación sanitaria;

Que, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 325/PEN/2020, el Poder Ejecutivo de

la Nación, prorrogó la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio"

decretada por D.N.U. N° 297/20, hasta el 12 de abril de 2020 inclusive. Luego,

mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 355/PEN/2020 prorrogó la medida

hasta el día 26 de abril del 2020 inclusive y, por el Decreto de Necesidad y Urgencia

N° 408/PEN/2020 amplió la prorroga del "aislamiento social, preventivo y obligatorio"

hasta el día 10 de mayo del 2020 inclusive;

Que, conforme surgue del último D.N.U. emitido por el Poder Ejecutivo Nacional, el

Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires manifestó su

acompañamiento a las medidas dispuestas para mitigar la propagación del Virus

SARS-CoV-2;

Que, en el contexto de la emergencia sanitaria declarada por el Estado Nacional y la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a raíz de la situación epidemiológica producida

por la propagación del coronavirus COVID19, se considera conveniente prorrogar las

medidas dispuestas en la Disposicion N° 1861/DGDCIV/2020 por el mismo período

establecido en el D.N.U. N° 408/PEN/2020, dejando establecido que dicho plazo se

renovará en forma automática acorde a las nuevas medidas que adopte el Poder

Ejecutivo Nacional, conforme evolucione la emergencia sanitaria y siempre que el Jefe

de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires acompañe las medidas de

mitigación dispuestas por el P.E.N.

Por ello; en uso de sus atribuciones,

EL DIRECTOR GENERAL DE DEFENSA CIVIL

DISPONE

Artículo 1°.- Prorrógase hasta el 10 de mayo de 2020 inclusive, la vigencia de la

Disposición N ° 1861/DGDCIV/2020 prorrogada por la Disposición N°

2167/DGDCIV/2020.

Artículo 2°.- Establécese que el plazo indicado en el artículo 1° se ampliará de manera

automática en consonancia con las medidas que el Poder Ejecutivo Nacional dictaré

en el futuro, siempre que el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

acompañe las medidas de mitigación dispuestas.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Agencia Gubernamental de Control. Cumplido, archívese. Garnica

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art.1 de la Disposición 876-DGDCIV/21 deroga la Disposicion 2389/DGDCIV/20.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Disposición N° 2389-DGDCIV/20 prorroga la vigencia de la Disposición N° 1861/DGDCIV/2020 hasta el 10 de mayo de 2020 inclusive.</p>