RESOLUCIÓN 51 2020 SECRETARIA INTEGRACION SOCIAL PARA PERSONAS MAYORES
Síntesis:
LA PRESENTE NORMA FUE NUEVAMENTE PUBLICADA EN EL BOCBA 6457 DEL 9/9/2022 SE APRUEBA - PROTOCOLO SOBRE LA FORMACIÓN INICIAL Y CONTINUA, ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE CONTENIDOS FORMATIVOS GERONTOLÓGICOS E INSCRIPCIÓN AL REGISTRO ÚNICO Y OBLIGATORIO DE ASISTENTES GERONTOLÓGICOS - CONTENIDOS MÍNIMOS DEL PROGRAMA - FORMULARIOS - CREDENCIALES OFICIALES - SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL PARA PERSONAS MAYORES - DEROGA RESOLUCION 42-SECISPM-18
Publicación:
08/05/2020
Sanción:
28/04/2020
Organismo:
SECRETARIA INTEGRACION SOCIAL PARA PERSONAS MAYORES
VISTO: La Ley N° 5671/16, el Decreto N° 101/GCABA/17, el Decreto N°
463/GCABA/19, la Resolución N° 42-SECISPM-2018, el Expediente Electrónico N°
12560691/SECISPM/2020 y,
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto 463/GCABA/19 se aprobó la estructura organizativa del Ministerio
de Desarrollo Humano y Hábitat del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Ley N° 5.671/16 se regula la actividad de los Asistentes Gerontológicos en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el Título II del Capítulo I de la mencionada norma se establece como Autoridad
de Aplicación al actual Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, a través de la
Secretaría de Integración Social para Personas Mayores, definiéndose entre sus
funciones y atribuciones fijar las condiciones de formación y capacitación de los
Asistentes Gerontológicos y realizar la acreditación de las instituciones formativas;
Que en el Capítulo II se crea el "Registro Único y Obligatorio de Asistentes
Gerontológicos", que en su Artículo 5° establece que dependerá de la órbita de la
actual Secretaría de Integración Social para Personas Mayores, fijando como requisito
de inscripción haber aprobado el curso de formación de asistentes gerontológicos con
reconocimiento de dicho organismo y como requisito de renovación obligatoria anual el
cumplimiento de una actualización de conocimientos no menor a 20 (veinte) horas;
Que en el artículo 6° del Decreto reglamentario N° 101/GCABA/2017 se establece que
esta Secretaría, aprobará un "Protocolo de Reconocimiento y Acreditación de
Unidades Formadoras de Asistentes Gerontológicos y Capacitación Gerontológica
Anual Permanente y Obligatoria";
Que, asimismo, en su artículo 8° dispone que esta Secretaria deberá ofrecer cursos
específicos y adecuados a cada una de las modalidades de asistentes previstas
(domiciliaria e institucional);
Que el artículo 9° de dicho decreto establece que aquellas personas que deseen
desempeñarse como Asistente Gerontológico en el ámbito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, deberán acreditar la aprobación de un curso de formación habilitante
reconocido por la Autoridad de Aplicación, que se encuentre orientado a las
modalidades de asistentes correspondientes;
Que, como responsabilidad primaria de la Gerencia Operativa de Formación Integral
de la Dirección General de Promoción e Inclusión Social "Administrar el Registro Único
y Obligatorio de Asistentes Gerontológicos y la acreditación de las instituciones
formativas";
Que a su vez, se establece como función de la gerencia reseñada "Desarrollar e
implementar el curso inicial de Asistente Gerontológico Institucional, los ciclos
formativos gerontológicos y la actualización de contenidos específicos";
Que mediante Resolución N° 42-SECISPM-2018 se aprobó el protocolo, el cual debe
dejarse sin efecto a causa de su actualización e incorporación de sus Anexos para el
Contenidos mínimos del programa del curso de formación inicial, Formulario de
solicitud de acreditación de formación y capacitación, Formulario de solicitud de
inscripción al Registro Único y Obligatorio y Sobre las credenciales oficiales emitidas
por el Registro Único y Obligatorio para los Asistentes Gerontológicos;
Que en tal sentido corresponde aprobar un instrumento que tenga por objeto
establecer los contenidos de las diferentes capacitaciones y programas de formación
inicial habilitante como así también las pautas y mecanismos para validar las
capacitaciones que ofrecen otras Unidades Formadoras, entre otros;
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el Protocolo sobre la formación inicial y continua, acreditación
y certificación de contenidos formativos gerontológicos e inscripción al Registro Único
y Obligatorio de Asistentes Gerontológicos y sus Anexos para el Contenidos mínimos
del programa del curso de formación inicial, Formulario de solicitud de acreditación de
formación y capacitación, Formulario de solicitud de inscripción al Registro Único y
Obligatorio y Sobre las credenciales oficiales emitidas por el Registro Único y
Obligatorio para los Asistentes Gerontológicos, que como Anexo (IF-2020-12559961-
GCABA-SECISPM), forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Deróguese la Resolución N° 42-SECISPM-2018 con motivo de la
actualización del nuevo protocolo y sus Anexos.
Artículo 3°.- Publíquese la base de datos de los asistentes gerontológicos que posean
registro vigente en la página web del Gobierno de la Ciudad.
Artículo 4°.-Notifíquese y para su conocimiento pase a la Dirección General de
Dependencias y Atención Primaria, Dirección General de Promoción e Inclusión
Social, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del
Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, Dirección General de Planificación
Operativa, Unidad Ejecutora de Registro y Regulación de Establecimientos Geriátricos
del Ministerio de Salud y a la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Costantino