RESOLUCIÓN COMUNAL 10326004 2020 COMUNA 10

Síntesis:

APRUEBA - PROTOCOLO DE TRABAJO EN SITUACIÓN EPIDEMIOLÓGICA - COMUNA 10 - COVID-19 - CORONAVIRUS - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

15/05/2020

Sanción:

25/03/2020

Organismo:

COMUNA 10


VISTO: el Decreto de Necesidad y Urgencia N°-2020-297-APN-PTE, La ley N° 1.777,

la Ley N° 6.292, El Decreto de Necesidad y Urgencia 1-GCABA/20, los Decretos Nros.

463/GCABA/19 y modificatorios y 147/GCABA/20, las Resoluciones Conjuntas N°

2020-160-GCABA-MHFGC y 2020-7-GCABA-MJGGC, las Resoluciones N° 2020-622-

SSGRH y 2020-222-GCABA-MJYSGC Y,

CONSIDERANDO:

Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD

(OMS), declaró el brote del nuevo COVID-19 (coronavirus) como pandemia;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N°-2020-297-APN-PTE, El Gobierno

Nacional, estableció para todas las personas que habitan en el país o se encuentren

en él en forma temporaria, la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio"

desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año;

Que de acuerdo con el artículo 6°, Inc. 2 del Decreto de Necesidad y Urgencia N°-

2020-297-APN-PTE se exceptuó del cumplimiento del "aislamiento social, preventivo y

obligatorio" y de la prohibición de circular, a las Autoridades superiores de los

gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades

esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia 1-GCABA/20 se declaró la Emergencia

Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de Junio de

2020 a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el

riesgo de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus);

Que mediante Decreto N° 147/GCABA/20, se establecieron medidas orientadas a la

administración de los recursos humanos de la Administración Pública y aquellas que

garanticen la prestación deservicios esenciales durante la vigencia de la pandemia

COVID-19 (Coronavirus);

Que de acuerdo con el artículo 4° del Decreto N° 147/GCABA/20 las áreas cuyos

servicios sean considerados esenciales en los términos de lo dispuesto en el artículo

3° de dicha norma, se encuentran facultadas para: (i) establecer protocolos y

procedimientos de trabajo acordes a la situación epidemiológica actual, asegurando la

prestación de servicios; (ii) disponer la suspensión temporal del otorgamiento de las

licencias y permisos del personal contempladas en la Resolución N° 180-GCABA-

MHFGC-20 de los trabajadores a su cargo; (iii) modificar los horarios habituales de

trabajo, lugar de prestación del servicio, o repartición dentro de la jurisdicción; y (iv)

prestar el servicio de forma remota, transitoriamente, siempre que se encuentren

garantizadas las prestaciones establecidas en los protocolos respectivos, debiendo en

el marco de la buena fe contractual, establecer las condiciones en que dicha labor será

realizada;

Que de acuerdo con el artículo 6° del Decreto N° 147/GCABA/20 la Presidente de la

Comuna, en su carácter de autoridad superior de área cuyos servicios fueron

considerados esenciales en los términos de lo dispuesto en el artículo 3° de dicha

norma, se encuentra facultada, de forma excepcional y durante la vigencia de la

suspensión de clases dispuesta por la autoridad competente, a autorizar -- a solicitud

del trabajador -- la justificación de las inasistencias al lugar de trabajo de los

progenitores o tutores a cargo de menores hasta catorce (14) años de edad, o hijo/a

con discapacidad, que concurran a dichos establecimientos educativos, mediante la

debida certificación de tales circunstancias, sin perjuicio del cumplimiento de sus

tareas conforme se establezca en la repartición, ello en la medida que no afecte la

prestación de servicios que se deban asegurar;

Que el artículo 10° del Decreto N°147/GCABA/20recomienda el escalonamiento del

horario laboral a los efectos de reducir la concentración de personas en espacios

públicos y en el transporte, en el caso de los trabajadores que desempeñen sus tareas

en áreas cuyos servicios sean considerados esenciales en los términos de lo

dispuesto en el artículo 3° de dicha norma y que deban realizar las mismas de manera

presencial;

Que de acuerdo con el artículo 11° del Decreto N° 147/GCABA/20se suspendió el

deber de asistencia al lugar de trabajo para los trabajadores/as, cualquiera sea su

escalafón y su modalidad de contratación, con los alcances allí previstos y a su vez se

estableció que aquellos trabajadores/as alcanzados por la dispensa del deber de

asistencia al lugar de trabajo, cuyas tareas habituales u otras compatibles con su perfil

curricular e idoneidad, puedan ser realizadas desde el lugar de aislamiento, deberán

en el marco de la buena fe contractual, establecer con la autoridad superior con rango

no inferior a Director General o equivalente de la que dependen, las condiciones en

que dicha labor será realizada.

Que mediante Resolución Conjunta N° 160-GCABA-MHFGC el Ministro de Salud y de

Hacienda y Finanzas creó un permiso de ausencia extraordinario de carácter

obligatorio, cuya duración se fija en catorce (14) días corridos computados a partir de

la fecha de ingreso al país del trabajador/a en cuestión, plazo durante el cual, el/la

trabajador/a deberá permanecer aislado/a en su domicilio, reduciendo al máximo el

contacto con otras personas y su concurrencia a lugares públicos;

Que mediante Resolución Conjunta N° 2020-7-GCABA-MJGGC el Jefe de Gabinete

de Ministros y el titular del Ministro de Hacienda y Finanzas determinaron el ámbito de

competencia de la Comuna 10 como un área cuyos servicios son considerados

esenciales para la comunidad y el funcionamiento de la administración pública durante

la subsistencia de la situación epidemiológica vigente en los términos del artículo 3°

del Decreto N° 147/20, entre otras;

Que mediante Resolución N° 2020-622-SSGRH la Subsecretaría de Gestión de

Recursos Humanos estableció las pautas generales para el otorgamiento del permiso

de ausencia presencial extraordinario al lugar de trabajo previsto en el artículo 11 del

Decreto N° 147/20 estableciendo así mismo qué se considera grupo de riesgo y los

procedimientos que deberán cumplirse para tramitar los permisos en cuestión;

Que mediante Resolución N° 2020-222-GCABA-MJYSGC se implementó el "Programa

de Convivencia y Orden Público para Agentes en Calle", en el marco del Sistema

Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos de

articular acciones entre las distintas áreas de gobierno y las Comunas, y mejorar el

control de las políticas y estrategias del Sistema;

Que atento lo expuesto, corresponde establecer un protocolo de trabajo acordes a la

situación epidemiológica vigente, a fin de asegurar la prestación de los servicios

correspondientes a la Comuna10;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias

EL PRESIDENTE DE DE LA JUNTA COMUNAL N° 10

RESUELVE

Artículo 1: Aprobar el Protocolo de trabajo en situación epidemiológica que como

Anexo I (IF-2020-10325442-GCABA-COMUNA10) forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, a la

Subsecretaría de Gestión Comunal, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos y al/la Responsable Administrativo de Presentismo titular y/o suplente del

área de Recursos Humanos de la Comuna 10. Cumplido. Archívese. Pedone Balegno


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5870

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución Comunal Nº 10326004-Comuna10-20 aprueba el Protocolo de trabajo en situación epidemiológica, en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia 1-20.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución Comunal N° 32505908-COMUNA10/21 sustituye el “Protocolo de Funcionamiento para toda dependencia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con Atención al Público durante la Emergencia Sanitaria Covid-19”, aprobado por la Resolución N° 10326004-COMUNA10/20.</p>