RESOLUCIÓN COMUNAL 32505908 2021 COMUNA 10
Síntesis:
SE SUSTITUYE - PROTOCOLO DE TRABAJO EN SITUACIÓN EPIDEMIOLÓGICA PARA LA COMUNA 10 - RESOLUCIÓN COMUNAL N°10326004/COMUNA10/20 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA - CORONAVIRUS - COVID 19
Publicación:
02/11/2021
Sanción:
25/10/2021
Organismo:
COMUNA 10
VISTO: La Ley Nacional N°27541, los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder
Ejecutivo Nacional Nros. 260-PEN/20 y 167-PEN/21, La Constitucion de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, la Ley 1777 de Comunas,los Decretos de Necesidad y
Urgencia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nros. 1/GCBA/20,
8/GCABA/20, 12/GCABA/20, 15/GCABA/20, 17/GCABA20, 147/20, 2/GCABA/21,
7/GCABA/21, 8/GCABA/21, 9/GCABA/21, 10/GCABA/21 y 11/GCABA/21,
22/GCABA/21, 120/GCABA/21, 290/GCABA/21 las Resoluciones Nros. 10-LCABA/20,
37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21, 15-
LCABA/21, 74-LCABA/21 y 132-LCABA/21, la Resolución de Firma Conjunta N°
7/GCABA/MJGGC/20 y sus modificatorias, la Resolución Comunal N
°10326004/COMUNA10/20, la Resolución N°25/GCABA/SSSAC/21, RS-2021-
32378276-GCABA- SSSAC y,
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley nacional N° 27.541 se estableció la emergencia pública en materia
sanitaria;
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo de la
Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nacional
N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1) año a partir
de la entrada en vigencia de dicho decreto, el cual fue prorrogado por Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 167/PEN/21 hasta el día 31 de diciembre de 2021;
Que, el artículo 127 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
establece que las Comunas son unidades de gestión política y administrativa con
competencia territorial.
Que, la Ley 1777 establece las normas de organización, competencia y
funcionamiento de las Comunas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127,
siguientes y concordantes de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la emergencia sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),
prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 2/21, 7/21, 8/21, 9/21, 10/21 y 11/21 hasta el 31 de octubre
de 2021;
Que por Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-
LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21, 15-LCABA/21, 74/LCABA/21 y 132-
LCABA/21, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ratificó los Decretos
de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 2/21, 7/21, 8/21 y 9/21,
respectivamente;
Que en el referido contexto de emergencia sanitaria, mediante el Decreto N°
147/GCABA/20, modificado por el Decreto N° 22/GCABA/21, se han adoptado
diversas medidas transitorias y excepcionales para que los/as trabajadores/as presten
servicios conforme los esquemas allí aprobados en el marco de la emergencia;
Que mediante Resolución Conjunta N° 7/2020/GCABA/MJGGC el Jefe de Gabinete de
Ministros y el titular del Ministro de Hacienda y Finanzas determinaron el ámbito de
competencia de la Comuna 10 como un área cuyos servicios son considerados
esenciales para la comunidad y el funcionamiento de la administración pública durante
la subsistencia de la situación epidemiológica vigente;
Que en tal sentido, la Resolución Comunal N°10326004/COMUNA10/20 estableció el
protocolo de trabajo en situación epidemiológica con su respectivo Anexo I (IF-2020-
10325442-GCABA-COMUNA10);
Que mediante el Decreto N° 120/21 se estableció que aquellos/as trabajadores/as
alcanzados/as por los incisos a), b) y c) del artículo 11 del Decreto N° 147/20 y
modificatorios, que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las
vacunas destinadas a generar inmunidad contra el COVID-19 autorizadas para su uso
en la República Argentina, y hubieran transcurrido al menos catorce (14) días corridos
de la primera inoculación, deben presentarse a tomar servicios de manera presencial,
excepto aquellos/as trabajadores/as debidamente autorizados/as a brindar servicio de
forma remota y aquellos/as que se encontraren comprendidos/as dentro de los
términos de los incisos c) y g) del artículo 1° del Anexo I a la Resolución N° 2600-
GCABA-SSGRH/21;
Que por Decreto N° 290/21 se dispuso, a partir del 1° de septiembre de 2021, la vuelta
progresiva y responsable al trabajo de forma presencial en el ámbito del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la
reincorporación gradual de los/as trabajadores/as, con los alcances allí previstos;
Que por Resolución N°25/GCABA/SSSAC/21 se aprobó EL "PROTOCOLO DE
FUNCIONAMIENTO PARA TODA DEPENDENCIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES CON ATENCION AL PUBLICO DURANTE LA
EMERGENCIA SANITARIA COVID-19";
Que por Resolución N°RS-2021-32378276-GCABA-SSSAC se sustituyo el
PROCTOCOLO mencionado en el párrafo anterior por el por el "Protocolo de
Funcionamiento para toda dependencia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires con Atención al Público durante la Emergencia Sanitaria Covid-19"
(Informe N° IF-2021-32011146-GCABA-DGATCIUD)
Que en virtud de lo expuesto en el artículo 29 de la Ley 1777 de Comunas se expresa
que "...corresponde al presidente de la Junta Comunal...e) Firmar los actos
administrativos que emanen de resoluciones de la junta comunal."
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias
Artículo 1: Sustituyese el "PROTOCOLO DE TRABAJO EN SITUACION
EPIDEMIOLOGICA PARA LA COMUNA 10", oportunamente aprobado por Resolución
Comunal N°10326004/COMUNA10/20 (IF-2020-10325442-GCABA-COMUNA10) por
el Protocolo de esquema de funcionamiento para el personal de la Comuna 10 durante
la emergencia sanitaria COVID-19 (IF-2021-32458005-GCABA-COMUNA10) que
como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. El esquema
mencionado será implementado en un todo de acuerdo al "Protocolo de
Funcionamiento para toda dependencia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires con Atención al Público durante la Emergencia Sanitaria Covid-19"
(Informe N° IF-2021-32011146-GCABA-DGATCIUD) o en el que en el futuro lo
reemplace.
Artículo 2°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, a la
Subsecretaría de Gestión Comunal, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos y al/la Responsable Administrativo de presentismo titular y/o suplente del
área de Recursos Humanos de la Comuna 10. Cumplido. Archívese. Pedone Balegno