RESOLUCIÓN 1257 2020 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN 842-MSGC/20 - PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS  - COVID-19 - MINISTERIO DE SALUD - EMERGENCIA SANITARIA - EVALUACIÓN -  MEDIDAS DE PRECAUCIÓN ESTÁNDAR Y DE CONTACTO -  AISLAMIENTO - INTERNACIÓN - MEDIDAS DE DESINFECCIÓN - PROTOCOLO DE LABORATORIO - CONDICIONES DE TRASLADO DEL PACIENTE - LISTADO DE REQUERIMIENTOS EN HOSPITALES - CLAVES PARA TENER EN CUENTA EN LA COMUNICACIÓN

Publicación:

01/06/2020

Sanción:

27/05/2020

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD

Estado:

No vigente


VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la

Organización Panamericana de la Salud, la Ley N° 27.541, los Decretos de Necesidad

y Urgencia Nacionales Nros. 260/PEN/2020, 297/PEN/2020, 325/PEN/20,

355/PEN/2020, 408/PEN/20, 459/PEN/20, y 493/20, la Ley N° 6.292, el Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 1/20, el Decreto N° 147/GCBA/20, la Resolución del

Ministerio de Salud de la Nación N° 680/MSN/20, y EX-2020-10280119-GCABA-

DGLTMSGC y;

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 325/PEN/20, 355/PEN/20,

408/PEN/20 ,459/PEN/20, y 493/PEN/20 se prorrogó la vigencia del Decreto Nacional

de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/20 que establece la medida de "Aislamiento

Social, Preventivo y Obligatorio" y la prohibición de desplazarse por rutas, vías y

espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del virus Coronavirus

(COVID-19) hasta el 7 de Junio de 2020 inclusive;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia No 1/GCBA/20 se declaró la Emergencia

Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de

2020 a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el

riesgo de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus);

Que por Decreto N° 147/GCBA/20 se estableció que el Ministerio de Salud de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y todos los organismos bajo su órbita, son áreas

de máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia

Coronavirus (COVID-19) y se facultó a las autoridades superiores con rango no inferior

a Director General a establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la

situación epidemiológica actual, asegurando la prestación de los servicios;

Que por Resolución N° 842/MSGC/20 y sus modificatorias, se aprobó el

"PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS

DE CORONAVIRUS COVID-19" el cual contempla la adopción de medidas que

garanticen la detección y el diagnóstico precoz de un posible caso de Coronavirus

(COVID - 19) con el fin de permitir su atención adecuada, así como las medidas de

investigación, prevención y control pertinentes;

Que en función de la evolución de la pandemia COVID-19, las recomendaciones

actualizadas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización

Panamericana de la Salud (OPS) sumado la experiencia local en materia de definición

y manejo de casos sospechosos, las modificaciones en la evaluación del caso en

condiciones de aislamiento, el alta epidemiológica y las mejoras en la investigación

epidemiológica en manejo de contactos estrechos en diversas circunstancias, es que

corresponde realizar un nueva actualización del "PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE

A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS COVID-19" que

fuera aprobado por Resolución N° 842/MSGC/2020 y sus modificatorias.;

Que dichas actualizaciones han sido consensuadas con el comité de expertos que

asiste a esta cartera de salud;

Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias y las conferidas por le Ley N°

6.292 y el Decreto N °147/20,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°. - Modifícase el artículo 1° de la Resolución N° 842/MSGC/20 y sus

modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera "Artículo 1°. -

Apruébase el "PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y

CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS (COVID-19)", que como Anexo I (IF-2020-

14290361-GCABA-SSPSGER) forma parte integrante de la presente Resolución.".-

Artículo 2°. - Déjase sin efecto el protocolo aprobado por la Resolución N°

1189/MSGC/20.-

Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y entes descentralizados. Cumplido,

archivese. González Bernaldo de Quirós


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5881

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 1257-MSGC/20 modifica el artículo 1 de la Resolución 842-MSGC/20 y sus modificatorias.</p>
DEROGADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución N° 1385-MSGC/20 deja sin efecto la Resolución N° 1257-MSGC/20.</p>
DEROGA
<p>Art. 2 de la Resolución 1257-MSGC/20 deja sin efecto el protocolo aprobado por la Resolución 1189-MSGC/20.</p>