RESOLUCIÓN 1385 2020 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE MODIFICA - RESOLUCIÓN 842-MSGC-20 - SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 1257-MSGC-20 - PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS - COVID-19 - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
17/06/2020
Sanción:
12/06/2020
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
Estado:
No vigente
VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la
Organización Panamericana de la Salud, la Ley N° 27.541, los Decretos de Necesidad
y Urgencia Nacionales Nros. 260/PEN/2020, 297/PEN/2020, 325/PEN/20,
355/PEN/2020, 408/PEN/20, 459/PEN/20, 493/20, y 520/PEN/20, la Ley N° 6.292, el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCBA/20, el Decreto de Necesidad y Urgencia
N° 8/GCBA/20, el Decreto N° 147/GCBA/20, la Resolución del Ministerio de Salud de
la Nación N° 680/MSN/20, y EX-2020-10280119- GCABA- DGLTMSGC y
CONSIDERANDO:
Que por los Decretos Nacionales de Necesidad y Urgencia Nros. 325/PEN/20,
355/PEN/20, 408/PEN/20 ,459/PEN/20, 493/PEN/20 y 520/PEN/20 se prorrogó la
vigencia del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/20 que establece
la medida de "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y la prohibición de
desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el
contagio del virus Coronavirus (COVID-19) hasta el 28 de junio de 2020 inclusive;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 8/GCBA/20 se prorrogó la vigencia del
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCBA/20 que declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de atender y adoptar
las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagacióndel contagio
en la población del virus COVID-19 (Coronavirus) hasta el 31 de agosto de 2020;
Que por Decreto N° 147/GCBA/20 se estableció que el Ministerio de Salud de la
Ciudad Autónoma de BuenosAires y todos los organismos bajo su órbita, son áreas de
máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia
Coronavirus (COVID-19) y se facultó a las autoridades superiores con rango no inferior
a Director General a establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la
situación epidemiológica actual, asegurando la prestación de los servicios;
Que por Resolución N° 842/MSGC/20 y sus modificatorias, se aprobó el
"PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS
DE CORONAVIRUS COVID-19" el cual contempla la adopción de medidas que
garanticen la detección y el diagnóstico precoz de un posible caso de Coronavirus
(COVID -19) con el fin de permitir su atención adecuada, así como las medidas de
investigación, prevención y control pertinentes;
Que en función de la evolución de la pandemia COVID-19, las recomendaciones
actualizadas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización
Panamericana de la Salud (OPS) sumado la experiencia local en materia de definición
y manejo de casos sospechosos, las modificaciones en los criterios para la evaluación
de casos sospechosos y confirmados, la actualización en las condiciones para la
evaluación del caso en aislamiento, las mejoras en la investigación epidemiológica en
manejo de contactos estrechos en diversas circunstancias, y la actualización del
criterio para otorgar el alta epidemiológica, resulta pertinente realizar un nueva
actualización del "PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y
CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS COVID-19" que fuera aprobado por Resolución
N° 842/MSGC/2020 y sus modificatorias;
Que dichas actualizaciones han sido consensuadas con el comité de expertos que
asiste a esta cartera de salud;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias y las conferidas por le Ley N°
6.292 y el Decreto N °147/GCBA/20;
Artículo 1°. - Modifícase el artículo 1° de la Resolución N° 842/MSGC/20 y sus
modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera "Artículo 1°. -
Apruébase el "PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y
CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS (COVID-19)", que como Anexo I (IF-2020-
15190959-GCABA-SSPSGER) forma parte integrante de la presente Resolución.".-
Artículo 2°. - Déjase sin efecto la Resolución N° 1257/MSGC/20.-
Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y entes descentralizados. Cumplido,
archivese. González Bernaldo de Quirós