RESOLUCIÓN 1385 2020 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE MODIFICA - RESOLUCIÓN 842-MSGC-20 - SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 1257-MSGC-20 - PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS - COVID-19 - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

17/06/2020

Sanción:

12/06/2020

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD

Estado:

No vigente


VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la

Organización Panamericana de la Salud, la Ley N° 27.541, los Decretos de Necesidad

y Urgencia Nacionales Nros. 260/PEN/2020, 297/PEN/2020, 325/PEN/20,

355/PEN/2020, 408/PEN/20, 459/PEN/20, 493/20, y 520/PEN/20, la Ley N° 6.292, el

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCBA/20, el Decreto de Necesidad y Urgencia

N° 8/GCBA/20, el Decreto N° 147/GCBA/20, la Resolución del Ministerio de Salud de

la Nación N° 680/MSN/20, y EX-2020-10280119- GCABA- DGLTMSGC y

CONSIDERANDO:

Que por los Decretos Nacionales de Necesidad y Urgencia Nros. 325/PEN/20,

355/PEN/20, 408/PEN/20 ,459/PEN/20, 493/PEN/20 y 520/PEN/20 se prorrogó la

vigencia del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/20 que establece

la medida de "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y la prohibición de

desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el

contagio del virus Coronavirus (COVID-19) hasta el 28 de junio de 2020 inclusive;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 8/GCBA/20 se prorrogó la vigencia del

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCBA/20 que declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de atender y adoptar

las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagacióndel contagio

en la población del virus COVID-19 (Coronavirus) hasta el 31 de agosto de 2020;

Que por Decreto N° 147/GCBA/20 se estableció que el Ministerio de Salud de la

Ciudad Autónoma de BuenosAires y todos los organismos bajo su órbita, son áreas de

máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia

Coronavirus (COVID-19) y se facultó a las autoridades superiores con rango no inferior

a Director General a establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la

situación epidemiológica actual, asegurando la prestación de los servicios;

Que por Resolución N° 842/MSGC/20 y sus modificatorias, se aprobó el

"PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS

DE CORONAVIRUS COVID-19" el cual contempla la adopción de medidas que

garanticen la detección y el diagnóstico precoz de un posible caso de Coronavirus

(COVID -19) con el fin de permitir su atención adecuada, así como las medidas de

investigación, prevención y control pertinentes;

Que en función de la evolución de la pandemia COVID-19, las recomendaciones

actualizadas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización

Panamericana de la Salud (OPS) sumado la experiencia local en materia de definición

y manejo de casos sospechosos, las modificaciones en los criterios para la evaluación

de casos sospechosos y confirmados, la actualización en las condiciones para la

evaluación del caso en aislamiento, las mejoras en la investigación epidemiológica en

manejo de contactos estrechos en diversas circunstancias, y la actualización del

criterio para otorgar el alta epidemiológica, resulta pertinente realizar un nueva

actualización del "PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y

CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS COVID-19" que fuera aprobado por Resolución

N° 842/MSGC/2020 y sus modificatorias;

Que dichas actualizaciones han sido consensuadas con el comité de expertos que

asiste a esta cartera de salud;

Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias y las conferidas por le Ley N°

6.292 y el Decreto N °147/GCBA/20;

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°. - Modifícase el artículo 1° de la Resolución N° 842/MSGC/20 y sus

modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera "Artículo 1°. -

Apruébase el "PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y

CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS (COVID-19)", que como Anexo I (IF-2020-

15190959-GCABA-SSPSGER) forma parte integrante de la presente Resolución.".-

Artículo 2°. - Déjase sin efecto la Resolución N° 1257/MSGC/20.-

Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y entes descentralizados. Cumplido,

archivese. González Bernaldo de Quirós


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5892

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 1385-MSGC/20 modifica el artículo 1° de la Resolución N° 842-MSGC/20.</p>
DEROGADA POR
<p>Art. 2  Resolución 1427-MSGC-20 deja sin efecto la Resolución 1385-MSGC-20.</p>
DEROGA
<p>Art. 2 de la Resolución N° 1385-MSGC/20 deja sin efecto la Resolución N° 1257-MSGC/20.</p>