RESOLUCIÓN 2909 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE EXIME - BENEFICIARIOS INCENTIVO - DECRETO 547-16 - OBLIGACIÓN DE ACREDITAR CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA - EXPEDIDO POR AUTORIDAD POLICIAL JUDICIAL ADMINISTRATIVA - DURANTE EL MES DE JUNIO - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - CORONAVIRUS - COVID-19

Publicación:

02/06/2020

Sanción:

28/05/2020

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional Nros.

260/PEN/20, 297/PEN/20, 325/PEN/20, 355/PEN/20, 408/PEN/20, 459/PEN/20,

493/PEN/20, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, los Decretos Nros. 266/09,

547/2016 y modificatorios, 53/20, la Resolución N° 3620-MHGC/16, el Expediente

Electrónico N° 14312771-GCABA-DGCLAP/20, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 el

Poder Ejecutivo Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria

establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus

COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia del

mencionado Decreto;

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) al declarar la Pandemia ha afirmado

que el COVID-19 se está propagando aceleradamente de persona a persona;

Que hasta aquí se han adoptado diferentes medidas de prevención y control con el

objeto de atender la situación epidemiológica y reducir el riesgo de propagación del

contagio en la población;

Que, entre ellas, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, se declaró la

Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines

de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de

propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus);

Que posteriormente el Estado Nacional por Decreto de Necesidad y Urgencia N°

297/PEN/20 estableció para todas las personas que habitan en el país o se

encuentren en él en forma temporaria, la medida de "aislamiento social, preventivo y

obligatorio" en los términos indicados en el citado decreto desde el 20 de marzo hasta

el 31 de marzo de 2020 inclusive;

Que, con el fin de proteger la salud pública, dicha medida fue prorrogada por los

Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 325/20, 355/20, 408/20, 459/20 y 493/20

hasta el 07 de junio de 2020, inclusive;

Que mediante Decreto N° 547/16 y modificatorios se creó un régimen de retiro

voluntario, el cual contempla la percepción de un incentivo no remunerativo para

aquellos trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se

hubieran acogido al mismo;

Que por su parte, mediante Resolución N° 3620-MHGC/16, se estableció que los

agentes beneficiarios del incentivo mencionado en el apartado precedente deberán

presentar, en los meses de Junio y Diciembre de cada año, un certificado de

supervivencia, conforme lo establecido en el Decreto N° 266/09, caso contrario,

dejarán de percibir el incentivo hasta la efectiva presentación del mismo;

Que en este marco, y a fin de reducir el riesgo de propagación del contagio en la

población del virus COVID-19 (Coronavirus), deviene necesario eximir a los

beneficiaros referidos precedentemente de la presentación del certificado de

supervivencia correspondiente al mes de junio del año en curso;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por Decreto N° 547/16 y

modificatorios,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Exímase a los beneficiarios del incentivo establecido en el Decreto N°

547/16 y modificatorios, de la obligación de acreditar el certificado de supervivencia

expedido por autoridad policial, judicial o administrativa establecida en el artículo 24 de

la Resolución N° 3620-MHGC/16, durante el mes de junio del año 2020.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de

Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Miguel p/p

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 3620-MHGC/16 exime  a los beneficiarios del incentivo establecido en el Decreto N° 547/16 de la obligación de acreditar el certificado de supervivencia, en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20.</p>
EXCEPTUA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 3620-MHGC/16 exime  a los beneficiarios del incentivo establecido en el Decreto N° 547/16 de la obligación de acreditar el certificado de supervivencia expedido por autoridad policial, judicial o administrativa establecida en el artículo 24 de la Resolución N° 3620-MHGC/16.</p>