DISPOSICIÓN 4 2020 DIRECCION GENERAL COORDINACION DE CONTRATACIONES Y ADMINISTRACION
Síntesis:
SE APRUEBA - GUÍA DE PROCEDIMIENTO PARA LAS TRAMITACIONES - DECRETO 433-16 - COMPETENCIAS COMPLEMENTARIAS PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA - JURISDICCIONES Y ENTIDADES DEL PODER EJECUTIVO - COMPETENCIA PARA EL DICTADO DEL ACTO ADMINISTRATIVO - GASTOS DESCENTRALIZADOS - COVID-19 - CORONAVIRUS - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
08/06/2020
Sanción:
03/06/2020
Organismo:
DIRECCION GENERAL COORDINACION DE CONTRATACIONES Y ADMINISTRACION
VISTO: Las Leyes Nros. 1218 y 6292, los Decretos de Necesidad y Urgencia del
Poder Ejecutivo Nacional N° 260/PEN/20, N° 297/PEN/20 y sus prórrogas, el Decreto
de Necesidad y Urgencia N° 1/20, los Decretos Nros. 433/16, 463/2019 y 510/2019, la
Resolución Conjunta N° 294-GCABA-MHFGC, el Expediente Electrónico N° EX-2020-
13875382- -GCABA-DGCCYA; y,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20 el Poder Ejecutivo Nacional
amplió la emergencia pública en materia sanitaria, en virtud de la pandemia declarada
por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación al coronavirus COVID-19,
por el plazo de un año a partir de su publicación en el Boletín Oficial, lo que ocurrió el
día 12 de marzo de 2020;
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) al declarar la Pandemia ha afirmado
que el COVID-19 se está propagando aceleradamente de persona a persona;
Que hasta el momento se han adoptado diferentes medidas de prevención y control
con el objeto de atender la situación epidemiológica y reducir el riesgo de propagación
del contagio en la población;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de Junio de 2020 a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19);
Que posteriormente el Estado Nacional por Decreto de Necesidad y Urgencia N°
297/PEN/20 y sus prórrogas se estableció para todas las personas que habiten en el
país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de "aislamiento social,
preventivo y obligatorio" en los términos indicados en el citado decreto por el plazo de
tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica;
Que por el Decreto N° 433/16 se establecieron los niveles de decisión y cuadro de
competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución
presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad,
de acuerdo al artículo 4° de la Ley N° 70, conforme al Anexo I (IF-2016-18874276-
MHGC), como así también mediante el citado Decreto se dispuso entre sus artículos
2°, 3°, 4° y 5° los requisitos con que debe cumplir dicha tramitación para su debida
ejecución;
Que por el Artículo 2° de la Resolución Conjunta N° 294-MHGFC/2020 se aprobaron
los Formularios de Declaración Jurada de Intereses para personas humanas y para
personas jurídicas que son de uso obligatorio en las adquisiciones de bienes y
servicios a que se refiere su Artículo 1°, cualquiera sea el tipo o la modalidad de la
contratación;
Que en virtud de la Ley N° 6292, se estableció la estructura ministerial actualmente
vigente para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que el Decreto N°
463/2019 aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos, con las responsabilidades primarias y
objetivos de las Unidades de Organización integrantes de este Gobierno;
Que por Decreto N° 510/19 se establecieron entre las Responsabilidades Primarias de
esta Dirección General las de "Intervenir en los procesos de compras y contrataciones
de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en la elaboración de la documentación
licitatoria y actos administrativos requeridos", "Implementar y controlar acciones
coordinadas de apoyo para lograr efectividad en la gestión administrativa (...)" e
"Implementar y coordinar el seguimiento de la ejecución de las contrataciones de la
Jefatura de Gabinete de Ministros";
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires mediante IF-2020-
14175928-GCABA-PG se expidió, conforme las competencias que le fueron asignadas
por Ley N° 1218 (Texto consolidado por Ley N° 6017);
Que sin perjuicio que el proceso de adquisición reglado por el Decreto N° 433/16 debe
ser utilizado de manera excepcional cuando resulte imposible la utilización de otra
modalidad de contratación, el ordenamiento propuesto tiende a normar y regularizar la
actuación de las distintas unidades y organismos que conforman este Ministerio,
evitando la dispersión de criterios y contribuyendo a la formación de la voluntad
administrativa en forma orgánica y coherente.
Por ello, y de acuerdo con las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase la Guía de Procedimiento para las tramitaciones encuadradas
en lo establecido por el Decreto N° 433/16, conforme lo previsto por el Anexo I (IF-
2020-14705101-GCABA-DGCCYA) que forma parte de la presente Disposición.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todas las Secretarías, Subsecretarías y Direcciones Generales
dependientes de la Jefatura de Gabinete de Ministros y, para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones dependiente
de la Dirección General de Coordinación de Contrataciones y Administración.
Cumplido, archívese. Fuster