RESOLUCIÓN 100 2020 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
SE PRORROGAN SUSPENSIONES - DICTADO DE CLASES PRESENCIALES - TOMA DE EXÁMENES Y CERTIFICACIONES EN LA SEDE - CURSO DE ACTUALIZACIÓN PARA VIGILADORES SIN AUTORIZACIÓN DE USO DE ARMAS DE FUEGO - DICTADO CONTENIDOS A DISTANCIA - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA
Publicación:
25/06/2020
Sanción:
12/06/2020
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO: La Ley 5.688 (texto consolidado según Ley 6.017), las Recomendaciones de la
Organización Mundial de la Salud, las Resoluciones N° 56/ISSP/20, N° 61/ISSP/20, N°
66/ISP/20, N° 1.482/MEDGC/20, N° 74/ISSP/20, N° 88/ISSP/20 y N° 92/ISSP/20, los
Decretos de Necesidad y Urgencia N° 297/20, N° 325/20, N° 355/20, N° 408/20, N°
459/20, N° 493/20 y N° 520/20, y el Expediente Electrónico N° 9342431/SGISSP/20, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.017), en su Artículo 354
establece que el Instituto Superior de Seguridad Pública es un ente autárquico y
descentralizado dentro de la órbita del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) el 11 de marzo de 2020, ha declarado
que el COVID-19 (Coronavirus) constituye una pandemia y que la evolución de la
situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes;
Que en razón de ello, el Instituto Superior de Seguridad Pública mediante Resolución
N° 56/ISSP/20, adoptó las medidas recomendadas por las normas nacionales y
locales con motivo de dicha emergencia, y encomendó a distintas áreas de este
Instituto adoptar las medidas necesarias para mitigar su propagación e impacto
sanitario;
Que posteriormente dando cumplimiento a la Resolución N° 1.482/MEDGC/20, del
Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en adhesión a los
términos establecidos por la Resolución Nacional N° 108/APN/ME/20, por Resolución
N° 61/ISSP/20, se suspendió el dictado de clases presenciales en el Instituto por
catorce (14) días corridos a partir del 16 de marzo de 2020, encomendando a la
Secretaría Académica la implementación de un plan de contingencia, para que en
coordinación con los capacitadores viabilice el dictado de contenidos a distancia, de
conformidad con la estructura vigente y con la tecnología disponible de los
destinatarios;
Que en el mismo sentido, mediante Resolución N° 66/ISSP/20 se suspendió la toma
de exámenes y certificaciones en la sede de este Instituto con motivo del "Curso de
Actualización para Vigiladores sin autorización de uso de armas de fuego", que tengan
lugar dentro del plazo comprendido entre los catorce (14) días corridos siguientes a
partir del 16 de marzo de 2020;
Que mediante D.N.U. N° 297/20, el Presidente de la Nación en Acuerdo General de
Ministros, dispuso la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio a fin de
proteger la salud pública, desde el 20 de marzo y hasta el 31 de marzo de 2020, la
cual posteriormente por Decretos de Necesidad y Urgencia N° 325/20, N° 355/20, N°
408/20, N° 459/20 y N° 493/20 fue extendida a cada vencimiento, resultando la última
prórroga hasta el 7 de junio del corriente año;
Que atento a lo anteriormente mencionado, por Resoluciones N° 74/ISSP/20, N°
88/ISSP/20, N° 92/ISSP/20 y N° 96/ISSP/20, fue prolongado el plazo establecido para
la suspensión de clases presenciales y toma de exámenes y certificaciones en la sede
del Instituto Superior de Seguridad Pública, dispuesto en las Resoluciones N°
61/ISSP/20 y N° 66/ISSP/20, hasta el 7 de junio del año en curso;
Que con el fin de hacer frente a la epidemia y mitigar el impacto sanitario de COVID-
19, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 520/20 se ordenó una nueva prórroga del
aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 28 de junio de 2020 inclusive;
Que de conformidad con la normativa reseñada y los antecedentes mencionados,
corresponde prorrogar la suspensión del dictado de clases presenciales, y la toma de
exámenes y certificaciones del "Curso de Actualización para Vigiladores sin
autorización de uso de armas de fuego" en el Instituto Superior de Seguridad Pública,
hasta el 28 de junio del año en curso, a los efectos de contener y mitigar la
propagación del Coronavirus en su ámbito;
Por ello en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Prorrogar la suspensión del dictado de clases presenciales en el Instituto
Superior de Seguridad Pública, establecida por Resolución N° 61/ISSP/20, y extendida
por Resoluciones N° 74/ISSP/20, N° 88/ISSP/20, N° 92/ISSP/20 y N° 96/ISSP/20,
hasta el 28 de junio de 2020 inclusive.
Artículo 2.- Continuar con el dictado de contenidos a distancia, de conformidad con el
plan de contingencia que le fue encomendado a la Secretaría Académica, en
coordinación con los capacitadores, mediante la utilización de las herramientas
existentes.
Artículo 3.- Prorrogar la suspensión de la toma de exámenes y certificaciones en la
sede del Instituto Superior de Seguridad Pública con motivo del "Curso de
Actualización para Vigiladores sin autorización de uso de armas de fuego", establecida
por Resolución N° 66/ISSP/20 y extendida por Resoluciones N° 74/ISSP/20, N°
88/ISSP/20, N° 92/ISSP/20 y N° 96/ISSP/20, que tengan lugar dentro del plazo
comprendido hasta el 28 de junio de 2020 inclusive.
Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Secretaría General, a la
Secretaría Académica, al Departamento de Recursos Humanos del Instituto Superior
de Seguridad Pública, al Ministerio de Justicia y Seguridad y a la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido,
archívese. Unrein