RESOLUCIÓN 1445 2020 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

MODIFICA - RESOLUCIÓN 922-MSGC-20 - PROTOCOLO DE UNIDAD DE PACIENTE FEBRILES DE URGENCIA -  CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA

Publicación:

30/06/2020

Sanción:

26/06/2020

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD

Estado:

No vigente


VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la

Organización Panamericana de la Salud, la Ley N° 27.541, los Decretos de Necesidad

y Urgencia Nacionales Nros. 260/PEN/2020, 297/PEN/2020, 325/PEN/20,

355/PEN/2020, 408/PEN/20, 459/PEN/20, 493/20, y 520/PEN/20, la Ley N° 6.292, el

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCBA/20, el Decreto de Necesidad y Urgencia

N° 8/GCBA/20, el Decreto N° 147/GCBA/20, la Resolución del Ministerio de Salud de

la Nación N° 680/MSN/20, y EX-2020-11209414-GCABA-DGLTMSGC

CONSIDERANDO:

Que por los Decretos Nacionales de Necesidad y Urgencia Nros. 325/PEN/20,

355/PEN/20, 408/PEN/20,459/PEN/20, 493/PEN/20 y 520/PEN/20 se prorrogó la

vigencia del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/20 que establece

la medida de "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y la prohibición de

desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el

contagio del virus Coronavirus (COVID-19) hasta el 28 de junio de 2020 inclusive;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 8/GCBA/20 se prorrogó la vigencia del

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCBA/20 que declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de atender y adoptar

las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio

en la población del virus COVID-19 (Coronavirus) hasta el 31 de agosto de 2020;

Que por Decreto N° 147/GCBA/20 se estableció que el Ministerio de Salud de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y todos los organismos bajo su órbita, son áreas

de máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia

Coronavirus (COVID-19) y se facultó a las autoridades superiores con rango no inferior

a Director General a establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la

situación epidemiológica actual, asegurando la prestación de los servicios;

Que por Resolución N° 842/MSGC/20 y sus modificatorias, se aprobó el

"PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS

DE CORONAVIRUS COVID-19" el cual contempla la adopción de medidas que

garanticen la detección y el diagnóstico precoz de un posible caso de Coronavirus

(COVID - 19) con el fin de permitir su atención adecuada, así como las medidas de

investigación, prevención y control pertinentes;

Que dicho protocolo sufrió actualizaciones en función de la evolución de la pandemia

COVID-19, las recomendaciones actualizadas de la Organización Mundial de la Salud

(OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) sumado la experiencia local

en materia de definición y manejo de casos sospechosos, las modificaciones en la

evaluación del caso en condiciones de aislamiento, las actualizaciones en función de

nuevas evidencias epidemiológicas para el manejo de contactos estrechos de casos

confirmados de COVID-19 en diversas circunstancias y el alta epidemiológica,

Que dichas actualizaciones han sido consensuadas con el comité de expertos que

asiste a esta cartera de salud;

Que en función de lo antedicho resulta pertinente realizar la actualización del

"PROTOCOLO DE UNIDAD DE PACIENTE FEBRILES DE URGENCIA", que fuera

aprobado por Resolución N° 922/MSGC/20;

Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias y las conferidas por le Ley N°

6.292 y el Decreto N°147/GCBA/20;

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°. - Modifícase el artículo 1° de la Resolución N° 922/MSGC/20, el que

quedará redactado de la siguiente manera "Artículo 1°. - Apruébase el "PROTOCOLO

DE UNIDAD DE PACIENTE FEBRILES DE URGENCIA", que como Anexo I (IF-2020-

15884619-GCABA-SSPSGER) forma parte integrante de la presente Resolución".

Artículo 2°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y entes descentralizados. Cumplido,

archivese. González Bernaldo de Quirós


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5901

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 y Anexo de la Resolución 1445-MSGC-20 sustituyen al Art. 1 y Anexo I de la Resolución 922-MSGC-20. </p>
DEROGADA POR
<p>Artículo 2 de la Resolución N° 1842-MSGC/20 deja sin efecto la Resolución N° 1445-MSGC/20.</p>