RESOLUCIÓN 103 2020 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
SE APRUEBA - CURSO VIRTUAL DE CONVIVENCIA Y ORDEN PÚBLICO - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA
Publicación:
07/07/2020
Sanción:
02/07/2020
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.017), las Notas N°
15704597/SSCOP/2020 y N° 16359696/SAISSP/2020, el Expediente Electrónico N°
15741087/GCABA/SGISSP/2020, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.017), establece las bases
jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión,
función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, y para la formulación,
implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que en ese marco, la norma definió a la seguridad pública como la situación de hecho
basada en el derecho en la cual se encuentran resguardadas la libertad, la vida y el
patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las
instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establecen la
Constitución Nacional y la Constitución local (Art. 2 Ley N° 5688);
Que la seguridad pública, además, implica la acción coordinada y la interacción
permanente entre las personas y las instituciones del sistema democrático (Art. 3, Ley
N° 5688), y el Estado local es quien debe, entre otras cosas, implementar políticas
públicas tendientes a asegurar la convivencia y fortalecer la cohesión social dentro del
estado de derecho (Art. 4, Ley N° 5688);
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública, en tanto integrante del mentado
Sistema Integral de Seguridad de la Ciudad (Art. 8, inc. 10, Ley N° 5688) se constituye
como una instancia de apoyo de la conducción política de aquel, siendo además el
órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en el mismo entre los que se encuentran la Policia de la Ciudad y los
agentes que prestan funciones en la vía pública;
Que está comprobado que la presencia de estos agentes, como los del personal
policial, en el espacio público, actúa como factor disuasivo que contribuye a reducir la
conflictividad en el espacio urbano, incrementa la percepción de seguridad de los
habitantes al tornar visible la presencia del Estado, y en consecuencia mejora las
condiciones de uso y disfrute de la Ciudad;
Que la Subsecretaria de Convivencia y Orden Público del Ministerio de Justicia y
Seguridad tiene entre sus responsabilidades primarias el supervisar la coordinación, la
capacitación y el control del Cuerpo de Agentes de la Ciudad en el desarrollo de sus
tareas, en materia de convivencia y orden público;
Que oportunamente la Subsecretaría de Convivencia y Orden Público, solicitó a esta
casa de estudios que se articulen los medios necesarios para materializar el inicio del
ciclo de formación de Convivencia y Orden Público con el objeto de brindar las
herramientas necesarias para que todos los agentes involucrados desarrollen su labor
de manera eficiente en el marco de las acciones, roles y procedimientos específicos y
fortalecer y potenciar las habilidades y competencias de cada agente articulando sus
tareas con otros cuerpos en calle;
Que al efecto, por la Resolución N° 45/ISSP/2020 se aprobó el denominado "Curso de
Convivencia y Orden Público", que ha sido dictado en forma presencial hasta el 19 de
marzo de 2020, fecha en que en virtud de la emergencia sanitaria dictada a raíz de la
pandemia por COVID-19, el estado de situación epidemiológico y la normativa
adoptada a nivel nacional y local, como las recomendaciones de la Organización
Mundial de la Salud, la Secretaría Académica informó la suspensión de su 2da edición;
Que la Subsecretaría de Convivencia y Orden Público del Ministerio de Justicia y
Seguridad del Gobierno de la Ciudad mediante la Nota N° 15704597/SSCOP/2020
solicitó a esta casa de estudios que se arbitren los medios para continuar con la
formación de todos los agentes en calle, a través del portal educativo del Instituto
Superior de Seguridad Pública, adaptando el "Curso de Convivencia y Orden Público"
oportunamente aprobado, a un formato virtual;
Que al efecto, desde la Secretaría Académica de este Instituto se trabajó en el diseño
de un "Curso Virtual de Convivencia y Orden Público" elevado a esta instancia
mediante Nota N° 16359696/SAISSP/2020, que recepta entre sus contenidos las
cuestiones propias de la normativa vigente que regula la emergencia sanitaria dictada
por la Pandemia Covid- 19, a efectos de que los agentes puedan comprender las
funciones que les competen en torno al control y fiscalización del cumplimiento del
aislamiento social, preventivo y obligatorio en la Ciudad, contribuyendo de manera
decisiva en la protección de la salud de la población;
Que este curso se propone brindar una formación integral a los mencionados agentes
para que, conscientes de sus misiones y funciones, de su compromiso con los
principios y normas que garantizan el respecto de los derechos y libertades
individuales, desarrollen su labor de manera responsable y adquieran las herramientas
necesarias para fortalecer y potenciar sus habilidades y competencias coordinando
eficazmente su actuación con los demás cuerpos de calle;
Que se ha adecuado el dictado de contenidos a formatos y herramientas propias de la
educación a distancia para la debida utilización de la plataforma institucional, a efectos
de continuar la capacitación virtual en la materia, manteniendo idénticos estándares de
excelencia existentes en la modalidad presencial.;
Que a la luz de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente, a los
fines de aprobar el "Curso Virtual de Convivencia y Orden Público".
Por ello, en uso de las facultades que son propias,
Artículo 1.- Aprobar el "Curso Virtual de Convivencia y Orden Público", cuyo programa
y contenidos obran en el Anexo que como IF-16374901-ISSP-2020, forma parte
integrante de la presente Resolución.-
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Subsecretaría de
Convivencia y Orden Público del Ministerio de Justicia y Seguridad, a la Secretaría
Académica y a la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública.
Cumplido, archívese. Unrein