RESOLUCIÓN 103 2020 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Síntesis:

SE APRUEBA - CURSO VIRTUAL DE CONVIVENCIA Y ORDEN PÚBLICO - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA

Publicación:

07/07/2020

Sanción:

02/07/2020

Organismo:

INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688


VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.017), las Notas N°

15704597/SSCOP/2020 y N° 16359696/SAISSP/2020, el Expediente Electrónico N°

15741087/GCABA/SGISSP/2020, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.017), establece las bases

jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión,

función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, y para la formulación,

implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;

Que en ese marco, la norma definió a la seguridad pública como la situación de hecho

basada en el derecho en la cual se encuentran resguardadas la libertad, la vida y el

patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las

instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establecen la

Constitución Nacional y la Constitución local (Art. 2 Ley N° 5688);

Que la seguridad pública, además, implica la acción coordinada y la interacción

permanente entre las personas y las instituciones del sistema democrático (Art. 3, Ley

N° 5688), y el Estado local es quien debe, entre otras cosas, implementar políticas

públicas tendientes a asegurar la convivencia y fortalecer la cohesión social dentro del

estado de derecho (Art. 4, Ley N° 5688);

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública, en tanto integrante del mentado

Sistema Integral de Seguridad de la Ciudad (Art. 8, inc. 10, Ley N° 5688) se constituye

como una instancia de apoyo de la conducción política de aquel, siendo además el

órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores

involucrados en el mismo entre los que se encuentran la Policia de la Ciudad y los

agentes que prestan funciones en la vía pública;

Que está comprobado que la presencia de estos agentes, como los del personal

policial, en el espacio público, actúa como factor disuasivo que contribuye a reducir la

conflictividad en el espacio urbano, incrementa la percepción de seguridad de los

habitantes al tornar visible la presencia del Estado, y en consecuencia mejora las

condiciones de uso y disfrute de la Ciudad;

Que la Subsecretaria de Convivencia y Orden Público del Ministerio de Justicia y

Seguridad tiene entre sus responsabilidades primarias el supervisar la coordinación, la

capacitación y el control del Cuerpo de Agentes de la Ciudad en el desarrollo de sus

tareas, en materia de convivencia y orden público;

Que oportunamente la Subsecretaría de Convivencia y Orden Público, solicitó a esta

casa de estudios que se articulen los medios necesarios para materializar el inicio del

ciclo de formación de Convivencia y Orden Público con el objeto de brindar las

herramientas necesarias para que todos los agentes involucrados desarrollen su labor

de manera eficiente en el marco de las acciones, roles y procedimientos específicos y

fortalecer y potenciar las habilidades y competencias de cada agente articulando sus

tareas con otros cuerpos en calle;

Que al efecto, por la Resolución N° 45/ISSP/2020 se aprobó el denominado "Curso de

Convivencia y Orden Público", que ha sido dictado en forma presencial hasta el 19 de

marzo de 2020, fecha en que en virtud de la emergencia sanitaria dictada a raíz de la

pandemia por COVID-19, el estado de situación epidemiológico y la normativa

adoptada a nivel nacional y local, como las recomendaciones de la Organización

Mundial de la Salud, la Secretaría Académica informó la suspensión de su 2da edición;

Que la Subsecretaría de Convivencia y Orden Público del Ministerio de Justicia y

Seguridad del Gobierno de la Ciudad mediante la Nota N° 15704597/SSCOP/2020

solicitó a esta casa de estudios que se arbitren los medios para continuar con la

formación de todos los agentes en calle, a través del portal educativo del Instituto

Superior de Seguridad Pública, adaptando el "Curso de Convivencia y Orden Público"

oportunamente aprobado, a un formato virtual;

Que al efecto, desde la Secretaría Académica de este Instituto se trabajó en el diseño

de un "Curso Virtual de Convivencia y Orden Público" elevado a esta instancia

mediante Nota N° 16359696/SAISSP/2020, que recepta entre sus contenidos las

cuestiones propias de la normativa vigente que regula la emergencia sanitaria dictada

por la Pandemia Covid- 19, a efectos de que los agentes puedan comprender las

funciones que les competen en torno al control y fiscalización del cumplimiento del

aislamiento social, preventivo y obligatorio en la Ciudad, contribuyendo de manera

decisiva en la protección de la salud de la población;

Que este curso se propone brindar una formación integral a los mencionados agentes

para que, conscientes de sus misiones y funciones, de su compromiso con los

principios y normas que garantizan el respecto de los derechos y libertades

individuales, desarrollen su labor de manera responsable y adquieran las herramientas

necesarias para fortalecer y potenciar sus habilidades y competencias coordinando

eficazmente su actuación con los demás cuerpos de calle;

Que se ha adecuado el dictado de contenidos a formatos y herramientas propias de la

educación a distancia para la debida utilización de la plataforma institucional, a efectos

de continuar la capacitación virtual en la materia, manteniendo idénticos estándares de

excelencia existentes en la modalidad presencial.;

Que a la luz de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente, a los

fines de aprobar el "Curso Virtual de Convivencia y Orden Público".

Por ello, en uso de las facultades que son propias,

EL DIRECTOR

DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESUELVE

Artículo 1.- Aprobar el "Curso Virtual de Convivencia y Orden Público", cuyo programa

y contenidos obran en el Anexo que como IF-16374901-ISSP-2020, forma parte

integrante de la presente Resolución.-

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Subsecretaría de

Convivencia y Orden Público del Ministerio de Justicia y Seguridad, a la Secretaría

Académica y a la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública.

Cumplido, archívese. Unrein


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art 2 de la Resolución 3-SSCYOP/21 establece que los Agentes en Calle que hayan aprobado el “Curso Virtual de Convivencia y Orden Público”, aprobado mediante la Resolución N° RESOL-2020-103-GCABA-ISSP, cumplen los requisitos establecidos en el Artículo 527 de la Ley N° 6.395, y podrán cumplir con las competencias asignadas en el Artículo 526 inc. 2) y 3) de la Ley N° 6.395.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 103-ISSP-20 aprueba el Curso Virtual de Convivencia y Orden Público, en el marco de lo dispuesto por art. 1 de la Resolución 45-ISSP-20.</p>