RESOLUCIÓN 37 2020 UPE ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SE CONVOCA - PROCESO DE SELECCIÓN PÚBLICA - ELECCIÓN DEL LUGAR DE DESTINO - TRASFERENCIA DE TITULARIDAD Y DERIVACIÓN - EJEMPLAR - ESPECIE CEBRA DE GRANT´S - COLECCIÓN FAUNÍSTICA - SE DESÍGNA - MIEMBROS TITULARES - AD HONOREM - COMISIÓN DE EVALUACIÓN - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES -UPE- ECOPARQUE INTERACTIVO CABA
Publicación:
23/07/2020
Sanción:
20/07/2020
Organismo:
UPE ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 5.752 (Texto consolidado Ley N° 6.017), los Decretos Nros. 82-
GCABA/17, 463-GCABA/19 y 497-GCABA/19, las Disposiciones Nros. 7-
UGGOALUPEEI/18, 9-UGOOALUPEEI/19 y 10-UGETUPEEI/18, el Expediente
Electrónico N° 09285787-GCABA-UGETUPEEI/20, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.752 (Texto consolidado Ley N° 6.017) dispuso la transformación
progresiva del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo Ladislao
Holmberg";
Que el Decreto N° 82-GCABA/17 reglamentó la referida Ley, estableciendo el
procedimiento para la transferencia de titularidad de ejemplares del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires que actualmente habitan en el predio del
Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 7° del Anexo II del Decreto mencionado estableció que, a fin de
efectuar la transferencia de ejemplares, se deberá realizar un procedimiento de
selección transparente y público de los destinatarios, cuando así correspondiera, en
virtud del informe emanado de la entonces Unidad de Biodiversidad, actual Unidad
Gestión Estratégica y Transformación de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)
Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el mencionado artículo establece que el Titular de la Unidad de Proyectos
Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
designará una Comisión de Evaluación que estará conformada por al menos UN (1)
representante de Organizaciones No Gubernamentales de reconocida pericia en la
materia, la que producirá un informe técnico fundado que indique la conveniencia de
los eventuales destinos propuestos;
Que mediante Disposición N° 9-UGGOAALUPEEI/19 se aprobó el procedimiento de
selección transparente y público de los destinatarios para la transferencia a título
gratuito de ejemplares de la colección faunística del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, el que deberá observar las distintas áreas técnicas competentes que
forman parte de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines de llevar a cabo la selección de
destino, la derivación y la transferencia de titularidad de los ejemplares cuando así
correspondiera;
Que en tal inteligencia, y en virtud de los antecedentes personales y por reunir los
requisitos de idoneidad, corresponde designar como miembros titulares "Ad Honorem"
de la Comisión de Evaluación al Sr. Javier Goldschtein D.N.I. N° 29.435.688, miembro
de la Fundación Banco de Bosques y al Sr. Rodrigo Fariña D.N.I. N° 25.641.547,
director del Departamento de Conservación de Aves Argentinas Asociación
Ornitológica del Plata, y como miembro suplente a la Sra. Rocío Aráoz Sandoval D.N.I.
N° 30.448.893, miembro de la Fundación de la Tierra;
Que la Gerencia Operativa Bienestar Animal dependiente de la Unidad Gestión
Estratégica y Transformación de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque
Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha efectuado un diagnóstico sobre
la situación clínica sanitaria y consideró viable la derivación de UN (1) ejemplar de la
especie Cebra de GrantÃÂôs (Equus quagga), sin microchip identificatorio, perteneciente
a la colección faunística del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que
se encuentra habitando actualmente dentro del predio del Ecoparque Interactivo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dicha Gerencia Operativa a fin de cumplimentar lo estipulado en el artículo 6° del
Anexo II del Decreto N° 82-GCABA/17 confeccionó el informe técnico veterinario,
avalado por un profesional veterinario matriculado, indicando en él la situación
sanitaria actualizada del ejemplar y manifestando que la derivación se encuentra
condicionada a lo que se disponga en el informe técnico veterinario previo a su
traslado, referente al diagnóstico del ejemplar;
Que mediante la Disposición N° 7-UGGOALUPEEI/18 se aprobaron las condiciones
administrativas generales,para la selección del lugar de destino, derivación y su
consiguiente transferencia de titularidad de los ejemplares pertenecientes a la
colección faunística del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante la Disposición N° 10-UGETUPEEI/18 se aprobaron las condiciones
generales de traslado y variables para la selección de destino que, con especial
consideración de las particularidades de cada caso y en el marco de lo establecido por
la Ley N° 5.752 (Texto consolidado Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario N° 82-
GCABA/17, regirán los procesos de selección para la elección del lugar de destino,
derivación y su consiguiente transferencia de titularidad de los ejemplares
pertenecientes a la colección faunística del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que entre los objetivos establecidos mediante Decreto N° 463-GCABA/19 para esta
Unidad de Proyectos Especiales, se encuentran los de autorizar, convocar y aprobar
los procedimientos de selección transparentes y públicos de los destinatarios para la
derivación y/o liberación de ejemplares conforme a la Ley N° 5.752 (Texto consolidado
Ley N° 6.017);
Que corresponde realizar la convocatoria al proceso de selección pública para la
elección del lugar de destino del ejemplar faunístico mencionado;
Que mediante el Decreto N° 497-GCABA/19, se designó a partir del 10 de diciembre
de 2019 al suscripto, como Titular del Organismo Fuera de Nivel Unidad de Proyectos
Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo
la órbita de la Secretaría de Ambiente.
Por ello, y en virtud de lo establecido en el artículo 7° del Anexo II del Decreto N° 82-
GCABA/17 y el Decreto N° 463-GCABA/19,
Artículo 1°.- Convócase al Proceso de Selección Pública, en el marco de lo establecido
por la Ley N° 5.752 (Texto consolidado Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario N°
82-GCABA/17, para la elección del lugar de destino y su consecuente trasferencia de
titularidad y derivación de UN (1) ejemplar de la especie Cebra de Grantôs (Equus
quagga), sin microchip identificatorio, perteneciente a la colección
faunística del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que se encuentra
habitando actualmente en el predio, conforme a las condiciones administrativas
generales aprobadas mediante Disposición N° 7-UGGOAALUPEEI/18, las condiciones
generales de traslado y variables para la selección de destino aprobadas mediante
Disposición N° 10-UGETUPEEI/18, y el procedimiento de selección transparente y
público aprobado mediante Disposición N° 9-UGGOAALUPEEI/19, que forman parte
integrante de la presente.
Artículo 2°.- Desígnase como miembros titulares "Ad Honorem" de la Comisión de
Evaluación para el presente proceso al Sr. Javier Goldschtein D.N.I. N° 29.435.688,
miembro de la Fundación Banco de Bosques y al Sr. Rodrigo Fariña D.N.I. N°
25.641.547, director del Departamento de Conservación de Aves Argentinas
Asociación Ornitológica del Plata,y como miembro suplente a la Sra. Rocío Aráoz
Sandoval D.N.I. N° 30.448.893, miembro de la Fundación de la Tierra.
Artículo 3°.- Establézcase el día 7 de agosto del 2020 a las 11:00 horas como límite
para la presentación de propuestas en la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)
Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en la calle
República de la India N° 3.000 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°.- Establézcase el día 7 de agosto del 2020 a las 14:00 horas en que se
llevará a cabo el acto de apertura de propuestas en la Unidad de Proyectos Especiales
(UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en la calle
República de la India N° 3.000 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
por el término de TRES (3) días y por el término de UN (1) día en un medio de difusión
masiva. Cumplido, archívese. Iglesias