RESOLUCIÓN 152 2020 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

REEMPLAZA ANEXO - RESOLUCIÓN 150-CMCABA-20 - ESTABLECE - FORMA DE PAGO - PRIMERA CUOTA - SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO - SAC - AÑO 2020 - AGENTES DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD - CON EXCLUSIÓN DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - PANDEMIA - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA - COVID 19 - 1 DE JULIO - 15 DE JULIO - 1 DE AGOSTO - 15 DE AGOSTO - 15 DE SEPTIEMBRE - REMUNERACIONES DEL PERSONAL - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Publicación:

07/08/2020

Sanción:

31/07/2020

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


RESOLUCiÓN N.° 152/CM/20

Buenos Aires, 31 de julio de 2020

VISTO: La Ley N° 6.301, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, el

Decreto 2020-246-GCABA-AJG y las Res. CM Nros. 146/2020 y 150/2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020 el Poder Ejecutivo

Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°

27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en

relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a partir de la

entrada en vigencia de dicho decreto.

Que, por otro lado, mediante la Ley N° 6.301 se ha declarado en emergencia la

situación económica y financiera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 31

de diciembre de 2020, facultando al Poder Ejecutivo a realizar modificaciones

presupuestarias para reforzar prioritariamente las acciones inherentes a la emergencia

sanitaria.

Que por el Decreto 2020-246-GCABA-AJG, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires aprobó un cronograma de pago diferido de la primera cuota del sueldo

anual complementario (SAC) del año 2020 para los trabajadores y autoridades

superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, e invitó a adherir a

la medida al Poder Judicial, al Poder Legislativo, a las empresas y sociedades del

Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de

economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado

de la ciudad tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las

decisiones societarias y entidades.

Que por su parte, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante Acordada N°

22/2020, dispuso que la primera cuota del sueldo anual complementario

correspondiente al año en curso para la totalidad del personal del Poder Judicial de la

Nación se abonara en forma escalonada, en la forma que allí explicita, teniendo en

cuenta la decisión que en su propia órbita adoptó el Poder Ejecutivo nacional mediante

el Decreto PEN N° 547/2020.

Que teniendo en cuenta estos antecedentes y ante la situación de extrema dificultad

derivada de la emergencia declarada, este Consejo de la Magistratura dispuso

mediante la Res. CM N° 146/2020 que la primera cuota del sueldo anual

complementario (SAC) del año 2020, para todos los agentes del Poder Judicial de la

Ciudad -con exclusión del Tribunal Superior de Justicia- se abone de acuerdo a un

cronograma de fechas allí establecido.

Que por su parte, y a raíz de existir la necesaria disponibilidad presupuestaria,

mediante Resolución N° 150/2020 se dispuso adelantar al día 1° de agosto de 2020 el

pago previsto para el 15 de agosto de 2020, para los trabajadores que perciban un

sueldo bruto en el mes de junio de 2020 entre cincuenta mil un pesos ($ 50.001) hasta

ciento veinte mil pesos ($ 120.000).

Que la Sra. Secretaria de Administración General y Presupuesto de Poder Judicial,

Dra. Genoveva Ferrero, mediante memo N° 9396/20SISTEA, solicita la posibilidad de

modificar el cronograma de pago que fuera aprobado por las referidas resoluciones,

fijándose el próximo 15 de agosto de 2020 como fecha de pago del total del S.A.C. de

los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial que perciban un sueldo

bruto en el mes de junio 2020 mayor a ciento vente mil un pesos ($ 120.001), que se

hallaba prevista para el 15 de agosto de 2020 y el 15 de septiembre de 2020, toda vez

que existe la necesaria disponibilidad presupuestaria.

Que asimismo, se considera pertinente mantener el cronograma de pago establecido

por la Resolución CM N° 150/2020 respecto de los miembros de este Plenario y de la

Titular de la Secretaría de Administración General y Presupuesto del Poder Judicial.

Que este Consejo de la Magistratura, en ejercicio de sus competencias

constitucionales y legales, tiene la facultad de adoptar en el ámbito de sus

atribuciones, las medidas apropiadas y necesarias para asegurar de la forma más

eficiente la debida administración de justicia en el ámbito de la Ciudad de Buenos

Aires.

Que en consecuencia, corresponde modificar el cronograma de pago de la primera

cuota del sueldo anual complementario del año 2020 establecido en el Anexo de la

Res. CM N° 150/2020 de acuerdo a lo solicitado por la Secretaría de Administración

General y Presupuesto de Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que se deja constancia que la presente decisión se adopta por unanimidad de votos

de la totalidad de los integrantes del Cuerpo.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°: Reemplazar el Anexo de la Res. CM N° 150/2020 que establece la forma

de pago de la primera cuota del sueldo anual complementario (SAC) del año 2020,

para todos los agentes del Poder Judicial de la Ciudad -con exclusión del Tribunal

Superior de Justicia- por el cronograma que como Anexo forma parte integrante de la

presente resolución.

2°: Regístrese, comuníquese por vía electrónica a todas las dependencias del Poder

Judicial de la Ciudad, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

en la página de internet del Poder Judicial (www.consejo.jusbaires.gob.ar), y

oportunamente archívese. Maques - Quintana - Schafrik - Alfonsín - Hers Cabral -

Biglieri - Correa - Rua - Salvatelli


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5928

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Resolucion 179-CMCABA-20  reemplaza  el Anexo de la Resolucion  152-CMCABA-20.</p>
MODIFICA
<p>Art.1 de la Resolución 152-CMCABA-20, reemplaza el Anexo de la Resolución 150-CMCABA-2020, modificatoria de la Resolución 146-CM-2020.</p>
MODIFICA
<p>Art.1 de la Resolución 152-CMCABA-20, reemplaza el Anexo de la Resolución   150-CMCABA-2020.</p>