RESOLUCIÓN 152 2020 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Síntesis:
REEMPLAZA ANEXO - RESOLUCIÓN 150-CMCABA-20 - ESTABLECE - FORMA DE PAGO - PRIMERA CUOTA - SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO - SAC - AÑO 2020 - AGENTES DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD - CON EXCLUSIÓN DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - PANDEMIA - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA - COVID 19 - 1 DE JULIO - 15 DE JULIO - 1 DE AGOSTO - 15 DE AGOSTO - 15 DE SEPTIEMBRE - REMUNERACIONES DEL PERSONAL - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Publicación:
07/08/2020
Sanción:
31/07/2020
Organismo:
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
RESOLUCiÓN N.° 152/CM/20
Buenos Aires, 31 de julio de 2020
VISTO: La Ley N° 6.301, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, el
Decreto 2020-246-GCABA-AJG y las Res. CM Nros. 146/2020 y 150/2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020 el Poder Ejecutivo
Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en
relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a partir de la
entrada en vigencia de dicho decreto.
Que, por otro lado, mediante la Ley N° 6.301 se ha declarado en emergencia la
situación económica y financiera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 31
de diciembre de 2020, facultando al Poder Ejecutivo a realizar modificaciones
presupuestarias para reforzar prioritariamente las acciones inherentes a la emergencia
sanitaria.
Que por el Decreto 2020-246-GCABA-AJG, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires aprobó un cronograma de pago diferido de la primera cuota del sueldo
anual complementario (SAC) del año 2020 para los trabajadores y autoridades
superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, e invitó a adherir a
la medida al Poder Judicial, al Poder Legislativo, a las empresas y sociedades del
Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de
economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado
de la ciudad tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las
decisiones societarias y entidades.
Que por su parte, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante Acordada N°
22/2020, dispuso que la primera cuota del sueldo anual complementario
correspondiente al año en curso para la totalidad del personal del Poder Judicial de la
Nación se abonara en forma escalonada, en la forma que allí explicita, teniendo en
cuenta la decisión que en su propia órbita adoptó el Poder Ejecutivo nacional mediante
el Decreto PEN N° 547/2020.
Que teniendo en cuenta estos antecedentes y ante la situación de extrema dificultad
derivada de la emergencia declarada, este Consejo de la Magistratura dispuso
mediante la Res. CM N° 146/2020 que la primera cuota del sueldo anual
complementario (SAC) del año 2020, para todos los agentes del Poder Judicial de la
Ciudad -con exclusión del Tribunal Superior de Justicia- se abone de acuerdo a un
cronograma de fechas allí establecido.
Que por su parte, y a raíz de existir la necesaria disponibilidad presupuestaria,
mediante Resolución N° 150/2020 se dispuso adelantar al día 1° de agosto de 2020 el
pago previsto para el 15 de agosto de 2020, para los trabajadores que perciban un
sueldo bruto en el mes de junio de 2020 entre cincuenta mil un pesos ($ 50.001) hasta
ciento veinte mil pesos ($ 120.000).
Que la Sra. Secretaria de Administración General y Presupuesto de Poder Judicial,
Dra. Genoveva Ferrero, mediante memo N° 9396/20SISTEA, solicita la posibilidad de
modificar el cronograma de pago que fuera aprobado por las referidas resoluciones,
fijándose el próximo 15 de agosto de 2020 como fecha de pago del total del S.A.C. de
los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial que perciban un sueldo
bruto en el mes de junio 2020 mayor a ciento vente mil un pesos ($ 120.001), que se
hallaba prevista para el 15 de agosto de 2020 y el 15 de septiembre de 2020, toda vez
que existe la necesaria disponibilidad presupuestaria.
Que asimismo, se considera pertinente mantener el cronograma de pago establecido
por la Resolución CM N° 150/2020 respecto de los miembros de este Plenario y de la
Titular de la Secretaría de Administración General y Presupuesto del Poder Judicial.
Que este Consejo de la Magistratura, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, tiene la facultad de adoptar en el ámbito de sus
atribuciones, las medidas apropiadas y necesarias para asegurar de la forma más
eficiente la debida administración de justicia en el ámbito de la Ciudad de Buenos
Aires.
Que en consecuencia, corresponde modificar el cronograma de pago de la primera
cuota del sueldo anual complementario del año 2020 establecido en el Anexo de la
Res. CM N° 150/2020 de acuerdo a lo solicitado por la Secretaría de Administración
General y Presupuesto de Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que se deja constancia que la presente decisión se adopta por unanimidad de votos
de la totalidad de los integrantes del Cuerpo.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 31,
Artículo 1°: Reemplazar el Anexo de la Res. CM N° 150/2020 que establece la forma
de pago de la primera cuota del sueldo anual complementario (SAC) del año 2020,
para todos los agentes del Poder Judicial de la Ciudad -con exclusión del Tribunal
Superior de Justicia- por el cronograma que como Anexo forma parte integrante de la
presente resolución.
2°: Regístrese, comuníquese por vía electrónica a todas las dependencias del Poder
Judicial de la Ciudad, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
en la página de internet del Poder Judicial (www.consejo.jusbaires.gob.ar), y
oportunamente archívese. Maques - Quintana - Schafrik - Alfonsín - Hers Cabral -
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