RESOLUCIÓN 179 2020 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

SE REEMPLAZA  - ANEXO  RESOLUCIÓN  152-CM/20 -  FORMA DE PAGO - PRIMERA CUOTA - SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO SAC -  AÑO 2020 -AGENTES DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD - EXCLUSIÓN  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA- CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - AGUINALDO - REMUNERACIÓN DEL PERSONAL

Publicación:

04/09/2020

Sanción:

01/09/2020

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO: La Ley N° 6.301, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, el

Decreto 2020-246-GCABA-AJG y las Res. CM Nros. 146/2020, 150/2020 y 152/2020,

y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020 el Poder Ejecutivo

Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°

27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en

relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a partir de la

entrada en vigencia de dicho decreto.

Que, por otro lado, mediante la Ley N° 6.301 se ha declarado en emergencia la

situación económica y financiera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 31

de diciembre de 2020, facultando al Poder Ejecutivo a realizar modificaciones

presupuestarias para reforzar prioritariamente las acciones inherentes a la emergencia

sanitaria.

Que por el Decreto 2020-246-GCABA-AJG, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires aprobó un cronograma de pago diferido de la primera cuota del sueldo

anual complementario (SAC) del año 2020 para los trabajadores y autoridades

superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, e invitó a adherir a

la medida al Poder Judicial, al Poder Legislativo, a las empresas y sociedades del

Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de

economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado

de la ciudad tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las

decisiones societarias y entidades.

Que por su parte, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante Acordada N°

22/2020, dispuso que la primera cuota del sueldo anual complementario

correspondiente al año en curso para la totalidad del personal del Poder Judicial de la

Nación se abonara en forma escalonada, en la forma que allí explicita, teniendo en

cuenta la decisión que en su propia órbita adoptó el Poder Ejecutivo nacional mediante

el Decreto PEN N° 547/2020.

Que teniendo en cuenta estos antecedentes y ante la situación de extrema dificultad

derivada de la emergencia declarada, este Consejo de la Magistratura dispuso

mediante la Res. CM N° 146/2020 que la primera cuota del sueldo anual

complementario (SAC) del año 2020, para todos los agentes del Poder Judicial de la

Ciudad -con exclusión del Tribunal Superior de Justicia- se abone de acuerdo a un

cronograma de fechas allí establecido.

Que por su parte, y a raíz de existir la necesaria disponibilidad presupuestaria,

mediante Resoluciones CM N° 150/2020 y N° 152/2020 se dispusieron sendos

adelantos de pago, quedando finalmente establecido el día 15 de agosto de 2020

como última fecha de pago del total del S.A.C. de los magistrados, funcionarios y

empleados del Poder Judicial que aún no lo habían percibido a esa fecha en su

totalidad.

Que asimismo, mediante la Resolución CM N° 152/2020 se dispuso mantener el

cronograma de pago fijado por la Resolución CM N° 150/2020 respecto de los

miembros de este Plenario y de la Titular de la Secretaría de Administración General y

Presupuesto del Poder Judicial, quedando establecido para dichos funcionarios el

pago del cincuenta por ciento (50%) del S.A.C., que resta por percibir, el día 15 de

septiembre de 2020.

Que mediante Resolución Conjunta DG N° 369/20 MPF N° 82/20 AGT N° 186/20 los

Titulares del Ministerio Público de la Defensa, del Ministerio Público Fiscal y del

Ministerio Público Tutelar, resolvieron adherir a la Resolución CM N° 152/2020,

disponer el pago del cincuenta por ciento (50%) del S.A.C. a su respecto el día 15 de

agosto de 2020, y del cincuenta por ciento (50%) restante, el día 15 de septiembre de

2020.

Que este Consejo de la Magistratura, en ejercicio de sus competencias

constitucionales y legales, tiene la facultad de adoptar en el ámbito de sus

atribuciones, las medidas apropiadas y necesarias para asegurar de la forma más

eficiente la debida administración de justicia en el ámbito de la Ciudad de Buenos

Aires.

Que en consecuencia, corresponde modificar el cronograma de pago de la primera

cuota del sueldo anual complementario del año 2020 establecido en el Anexo de la

Res. CM N° 152/2020 de acuerdo a lo solicitado por la Secretaría de Administración

General y Presupuesto de Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que se deja constancia que la presente decisión se adopta por unanimidad de votos

de la totalidad de los integrantes del Cuerpo.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°: Reemplazar el Anexo de la Res. CM N° 152/2020 que establece la forma

de pago de la primera cuota del sueldo anual complementario (SAC) del año 2020,

para todos los agentes del Poder Judicial de la Ciudad -con exclusión del Tribunal

Superior de Justicia- por el cronograma que como Anexo forma parte integrante de la

presente resolución.

2°: Regístrese, comuníquese por vía electrónica a todas las dependencias del Poder

Judicial de la Ciudad, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

en la página de internet del Poder Judicial (www.consejo.jusbaires.gob.ar), y

oportunamente archívese. Maques - Quintana - Hers Cabral - Schafrik - Alfonsín -

Correa - Rua - Salvatelli - Biglieri


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Resolucion 179-CMCABA-20  reemplaza  el Anexo de la Resolucion  152-CMCABA-20.</p>
MODIFICA
<p>Art 1 Resolucion 179-CMCABA-20 reemplaza  el Anexo de la Res  152-CMCABA-20, modificatoria de la Resolución 146-CMCABA/20.</p>