RESOLUCIÓN 179 2020 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Síntesis:
SE REEMPLAZA - ANEXO RESOLUCIÓN 152-CM/20 - FORMA DE PAGO - PRIMERA CUOTA - SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO SAC - AÑO 2020 -AGENTES DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD - EXCLUSIÓN TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA- CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - AGUINALDO - REMUNERACIÓN DEL PERSONAL
Publicación:
04/09/2020
Sanción:
01/09/2020
Organismo:
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
VISTO: La Ley N° 6.301, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, el
Decreto 2020-246-GCABA-AJG y las Res. CM Nros. 146/2020, 150/2020 y 152/2020,
y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020 el Poder Ejecutivo
Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en
relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a partir de la
entrada en vigencia de dicho decreto.
Que, por otro lado, mediante la Ley N° 6.301 se ha declarado en emergencia la
situación económica y financiera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 31
de diciembre de 2020, facultando al Poder Ejecutivo a realizar modificaciones
presupuestarias para reforzar prioritariamente las acciones inherentes a la emergencia
sanitaria.
Que por el Decreto 2020-246-GCABA-AJG, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires aprobó un cronograma de pago diferido de la primera cuota del sueldo
anual complementario (SAC) del año 2020 para los trabajadores y autoridades
superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, e invitó a adherir a
la medida al Poder Judicial, al Poder Legislativo, a las empresas y sociedades del
Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de
economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado
de la ciudad tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las
decisiones societarias y entidades.
Que por su parte, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante Acordada N°
22/2020, dispuso que la primera cuota del sueldo anual complementario
correspondiente al año en curso para la totalidad del personal del Poder Judicial de la
Nación se abonara en forma escalonada, en la forma que allí explicita, teniendo en
cuenta la decisión que en su propia órbita adoptó el Poder Ejecutivo nacional mediante
el Decreto PEN N° 547/2020.
Que teniendo en cuenta estos antecedentes y ante la situación de extrema dificultad
derivada de la emergencia declarada, este Consejo de la Magistratura dispuso
mediante la Res. CM N° 146/2020 que la primera cuota del sueldo anual
complementario (SAC) del año 2020, para todos los agentes del Poder Judicial de la
Ciudad -con exclusión del Tribunal Superior de Justicia- se abone de acuerdo a un
cronograma de fechas allí establecido.
Que por su parte, y a raíz de existir la necesaria disponibilidad presupuestaria,
mediante Resoluciones CM N° 150/2020 y N° 152/2020 se dispusieron sendos
adelantos de pago, quedando finalmente establecido el día 15 de agosto de 2020
como última fecha de pago del total del S.A.C. de los magistrados, funcionarios y
empleados del Poder Judicial que aún no lo habían percibido a esa fecha en su
totalidad.
Que asimismo, mediante la Resolución CM N° 152/2020 se dispuso mantener el
cronograma de pago fijado por la Resolución CM N° 150/2020 respecto de los
miembros de este Plenario y de la Titular de la Secretaría de Administración General y
Presupuesto del Poder Judicial, quedando establecido para dichos funcionarios el
pago del cincuenta por ciento (50%) del S.A.C., que resta por percibir, el día 15 de
septiembre de 2020.
Que mediante Resolución Conjunta DG N° 369/20 MPF N° 82/20 AGT N° 186/20 los
Titulares del Ministerio Público de la Defensa, del Ministerio Público Fiscal y del
Ministerio Público Tutelar, resolvieron adherir a la Resolución CM N° 152/2020,
disponer el pago del cincuenta por ciento (50%) del S.A.C. a su respecto el día 15 de
agosto de 2020, y del cincuenta por ciento (50%) restante, el día 15 de septiembre de
2020.
Que este Consejo de la Magistratura, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, tiene la facultad de adoptar en el ámbito de sus
atribuciones, las medidas apropiadas y necesarias para asegurar de la forma más
eficiente la debida administración de justicia en el ámbito de la Ciudad de Buenos
Aires.
Que en consecuencia, corresponde modificar el cronograma de pago de la primera
cuota del sueldo anual complementario del año 2020 establecido en el Anexo de la
Res. CM N° 152/2020 de acuerdo a lo solicitado por la Secretaría de Administración
General y Presupuesto de Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que se deja constancia que la presente decisión se adopta por unanimidad de votos
de la totalidad de los integrantes del Cuerpo.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 31,
Artículo 1°: Reemplazar el Anexo de la Res. CM N° 152/2020 que establece la forma
de pago de la primera cuota del sueldo anual complementario (SAC) del año 2020,
para todos los agentes del Poder Judicial de la Ciudad -con exclusión del Tribunal
Superior de Justicia- por el cronograma que como Anexo forma parte integrante de la
presente resolución.
2°: Regístrese, comuníquese por vía electrónica a todas las dependencias del Poder
Judicial de la Ciudad, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
en la página de internet del Poder Judicial (www.consejo.jusbaires.gob.ar), y
oportunamente archívese. Maques - Quintana - Hers Cabral - Schafrik - Alfonsín -
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