RESOLUCIÓN 1747 2020 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE ASIGNAN - FONDOS DE CAJA CHICA ESPECIAL - DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS FÍSICOS EN SALUD - MINISTERIO DE SALUD - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA 

Publicación:

13/08/2020

Sanción:

10/08/2020

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: La Ley 70 (Texto consolidado según Ley N° 6017), el Decreto N° 491/2018, la

Resolución N° 97-MEFGC/2019, la Disposición N° 61-DGCG/2019, la Disposición N°

26-DGCG/2019, y modificatorias, la Resolución N° 3435-MHFGC/2020 y, el EE-2020-

18260821-GCABA-DGRFISS y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y

Control del Sector Publico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Decreto N° 491/2018 se aprobó el régimen para la asignación de fondos

destinados a las Unidades de Organización del Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires;

Que por Resolución N° 97-MEFGC/2019 se aprobó la reglamentación del citado

Decreto;

Que por Disposición N° 26-DGCG/2019, y sus modificatorias, se aprobó el

procedimiento para la solicitud, asignación y rendición de fondos en concepto de Caja

Chica Especial;

Que la Disposición N° 61-DGCG/2019 aprueba las partidas del clasificador por objeto

del gasto correspondientes a las restricciones y excepciones, en concordancia con lo

establecido en los artículos 2° del Anexo I, 3° del Anexo II y 3° del Anexo IV de la

Resolución N° 97-MEFGC/2019;

Que por el expediente del Visto, cursa la solicitud de asignación de fondos en

concepto de Caja Chica Especial a la Dirección General Recursos Físicos en Salud de

este Ministerio de Salud, sin límite de monto por comprobante, por la suma de PESOS

QUINCE MILLONES ($ 15.000.000,00), a fin de garantizar la respuesta inmediata a

las eventualidades que surgen frente a los acontecimientos de público conocimiento,

ante la transmisión del virus COVID-19, según lo solicitado a través de la NO-2020-

18197619-

GCABA-DGRFISS, y complementario IF-2020-18287574-GCABA-

DGRFISS;

Que, en el artículo 5° del Anexo8 de la Resolución N° 97-MEFGC/2019 del Decreto

N° 491/2018 se establece, entre otros, que el Ministerio de Hacienda y Finanzas

reglamentara los montos máximos de los fondos a asignar por Ministerio, Secretaria u

Organismo Descentralizado, entre otros ítems, a los efectos que los mismos, en el

marco del Artículo 6°, puedan otorgarlos a sus dependencias;

Que, en función de lo anteriormente expuesto, por Resolución N° 3435-MHFGC/2020,

el Ministerio de Hacienda y Finanzas incremento el monto máximo a asignar,

establecido en las Resoluciones N° 355, 407, 1082, 1266, 2025, 2379, 2534, 2913,

3129, 3179, 3237 y 3375-MHFGC/20;

Que el Artículo 2° de la normativa mencionada precedentemente establece:

"Exceptúase a la Caja Chica Especial que tramita por Expediente N° 18260821-

GCABADGRFISS/20, que será otorgada por el Ministerio de Salud dentro del monto

fijado por la presente Resolución, del plazo de rendición de sesenta (60) días

estipulado en el artículo 10 del Anexo II de la Resolución N° 97/MEFGC/19, debiendo

realizar la misma a la finalización del ejercicio o al momento de agotar el objeto, lo que

suceda con anterioridad y de las restricciones establecidas en el artículo 3° del Anexo

II de la Resolución N° 97/MEFGC/19, en concordancia con las partidas del clasificador

por objeto del gasto aprobadas por la Dirección General de Contaduría mediante

Disposición N° 61/DGCG/19";

Que, en el mismo sentido, en su Artículo 3°, la Resolución N° 3435-MHFGC/2020,

establece: "Exceptúase a la Caja Chica Especial que tramita por Expediente N°

18260821-GCABADGRFISS/20, que será otorgada por el Ministerio de Salud, dentro

del monto fijado por la presente Resolución, de los límites establecidos en el artículo

9° del Anexo II de la Resolución N° 97/MEFGC/19, a fin que el titular de la Unidad de

Organización receptora de los fondos, al momento de la rendición de cuentas pueda

aprobar los gastos";

Que, mediante IF-2020-18630718-GCABA-DGTALMHF la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del citado Ministerio pone de manifiesto que se procedió a fijar

el monto máximo a asignar por esta Unidad Ministerial, como así también se

contempló a efectivizar en una (1) única entrega, la totalidad del requerimiento en el 3°

trimestre del año en curso;

Que, ha tomado debida intervención la Dirección General Legal y Técnica, de acuerdo

con lo establecido en el Decreto N° 463-AJG/2019.

Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 491/2018 y, en

atención a los términos de la Resolución N° 3435/MHFGC/2020,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Asígnese a la Dirección General Recursos Físicos en Salud de este

Ministerio de Salud, la suma de PESOS QUINCE MILLONES ($ 15.000.000,00), en

concepto de Caja Chica Especial, a efectivizarse en una (1) única entrega, sin límite

de monto por comprobante, a fin de afrontar las eventualidades que surgen frente a los

acontecimientos de público conocimiento, y se corresponden con trabajos menores, a

saber: instalaciones eléctricas, reparación de techos, instalacion de mamparas y

divisiones, reparacion de compresores, entre otros gastos, en los distintos efectores de

Salud, en el marco de la pandemia COVID-19.

Artículo 2°. - Efectivícese la asignación de PESOS QUINCE MILLONES ($

15.000.000), en una (1) única entrega, en el 3° Trimestre del presente ejercicio, contra

rendición documentada de su inversión.

Artículo 3°. - Exceptúase a la presente de lo establecido en el punto g), del Artículo 6°

del Anexo II de la Resolución N° 97-MEFGC/2019, toda vez que se encuentra

fundamentada la imposibilidad de la obtención de tres presupuestos.

Artículo 4°. - En los casos que corresponda, deberán efectuarse las pertinentes

retenciones impositivas, conforme lo establecido en la normativa vigente.

Artículo 5°. - Desígnase como Responsables de la Administración y Rendición de los

Fondos al Titular Andrés Carlos Cardoso, DNI N° 28.936.460 y a la agente Maria

Victoria Rodriguez Quintana, DNI N° 28.307.257, debiendo depositar los mismos en la

Cuenta Corriente N° 9119/4- Sucursal 12 del Banco de la Ciudad de Buenos Aires

correspondiente al Beneficiario N° 2760.

Articulo 6°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Pase para

su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Administrativa Contable y

Presupuesto, la que dará intervención a la Dirección General Recursos Físicos en

Salud de este Ministerio de Salud. González Bernaldo de Quirós

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUA
<p>Art. 3 de la Resolución 1747-MSGC-19 exceptua a la presente de lo establecido en el punto g), del Artículo 6° del Anexo II de la Resolución 97-MEFGC-19, toda vez que se encuentra fundamentada la imposibilidad de la obtención de tres presupuestos.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 Resolución 1747-MSGC-20 asigna a la Dirección General Recursos Físicos en Salud del Ministerio de Salud, la suma de PESOS QUINCE MILLONES en concepto de Caja Chica Especial, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por  DNU 1-20. </p>