RESOLUCIÓN 2004 2020 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE MODIFICA - RESOLUCIÓN 922-MSGC-20 - PROTOCOLO DE UNIDAD DE PACIENTES FEBRILES DE URGENCIA - UFU - PACIENTES CON FIEBRE - SÍNTOMAS RESPIRATORIOS - TOS - ODINOFAGIA - DIFICULTAD RESPIRATORIA - ATENCIÓN ESPONTÁNEA - HOSPITALES PÚBLICOS O CESACS - UNIDAD DE PACIENTES FEBRILES DE URGENCIA - CORONAVIRUS - COVID-19 - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

04/09/2020

Sanción:

01/09/2020

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la

Organización Panamericana de la Salud, la Ley N° 27.541, los Decretos de Necesidad

y Urgencia Nacionales Nros. 260/PEN/20, 297/PEN/20, 325/PEN/20, 355/PEN/2020,

408/PEN/20, 459/PEN/20, 493/20, 520/PEN/20, 576/PEN/20, 605/PEN/20 ,

641/PEN/20, 677/PEN/20 y 714/PEN/20, la Ley N° 6.292, los Decretos de Necesidad y

Urgencia Nros 1/GCBA/20, N°8/GCBA/20 y 12/GCBA/20 , el Decreto N° 147/GCBA/20,

la Resolución del Ministerio de Salud de la Nación N° 680/MSN/20, Resolución N°

922/MSGC/20 y sus modificatorias, y EX-2020-11209414-GCABA-DGLTMSGC;

CONSIDERANDO:

Que por los Decretos Nacionales de Necesidad y Urgencia Nros. 325/PEN/20,

355/PEN/20, 408/PEN/20,459/PEN/20, 493/PEN/20, 520/PEN/20, 576/PEN/20,

605/PEN/20 y 641/PEN/20, 677/PEN/20 y 714/PEN/20, se prorrogó sucesivamente la

vigencia del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/20 que establece

la medida de "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y la prohibición de

desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el

contagio del virus Coronavirus (COVID-19) hasta el 20 de septiembre de 2020

inclusive;

Que por Decretos de Necesidad y Urgencia N° 8/GCBA/20 y 12/GCBA/20 se prorrogó

la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCBA/20 que declaró la

Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines

de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de

propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus) hasta el 30

de septiembre de 2020;

Que por Decreto N° 147/GCBA/20 se estableció que el Ministerio de Salud de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y todos los organismos bajo su órbita, son áreas

de máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia

Coronavirus (COVID-19) y se facultó a las autoridades superiores con rango no inferior

a Director General a establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la

situación epidemiológica actual, asegurando la prestación de los servicios;

Que por Resolución N° 842/MSGC/20 y sus modificatorias, se aprobó el

"PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS

DE CORONAVIRUS COVID-19" el cual contempla la adopción de medidas que

garanticen la detección y el diagnóstico precoz de un posible caso de Coronavirus

(COVID - 19) con el fin de permitir su atención adecuada, así como las medidas de

investigación, prevención y control pertinentes;

Que por Resolución N° 922/MSGC/20 y modificatorias se aprobó el "PROTOCOLO DE

UNIDAD DE PACIENTE FEBRILES DE URGENCIA" que regula el funcionamiento de

dichos dispositivos que tiene por finalidad la adecuada atención de pacientes febriles

en el contexto actual epidemiológico;

Que en función de la evolución de la pandemia COVID-19 y la definición actual de

caso sospechoso y confirmado, es que resulta pertinente realizar una nueva

actualización del mencionado "PROTOCOLO DE UNIDAD DE PACIENTE FEBRILES

DE URGENCIA".

Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias y las conferidas por le Ley N°

6.292, y el Decreto N° 147/GCBA/20;

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°. - Modifícase el artículo 1° de la Resolución N° 922/MSGC/20, el que

quedará redactado de lasiguiente manera "Artículo 1°. - Apruébase el "PROTOCOLO

DE UNIDAD DE PACIENTE FEBRILES DE URGENCIA", que como Anexo I (IF-2020-

20634047-GCABA-SSPSGER) forma parte integrante de la presente Resolución".

Artículo 2°. - Déjase sin efecto la Resolución N° 1842/MSGC/20.-

Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a todos losMinisterios, Secretarías y entes descentralizados. Cumplido,

archivese. González Bernaldo de Quirós

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolucion 2004-MSGC-20 modifica el Art. 1 de la Resolución 922-MSGC-20.</p>
DEROGA
<p>Art. 2 de la Resolucion 2004-MSGC-20 deja sin efecto la Resolución 1842-MSGC-20.</p>