RESOLUCIÓN 125 2020 VICEJEFATURA DE GOBIERNO

Síntesis:

SE APRUEBA - PROTOCOLO DE COMPETENCIAS DEPORTE MOTOR - ACTIVIDADES PERMITIDAS - AUTOMOVILISMO - AUTOMÓVILES - AUTÓDROMO OSCAR Y JUAN GÁLVEZ - PERSONAL - HIGIENE DE INSTALACIONES - INGRESO - BOXES - ACAMPE - PERNOCTE - GASTRONOMÍA - GOMERÍA - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

18/09/2020

Sanción:

17/09/2020

Organismo:

VICEJEFATURA DE GOBIERNO


VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, N° 297- PEN/20, N°

325-PEN/20, N° 355-PEN/20, N° 408-PEN/20, N° 459-PEN/20, N° 493-PEN/20, N°

520- PEN/20 y N° 576-PEN/20, 605/PEN/20, N° 641/PEN/20, 677/PEN/20 y

714/PEN/20, la Decisión Administrativa N° 1592-JGM-PEN/20 de la Jefatura de

Gabinete de Ministros del Gobierno de la Nación, los Decretos de Necesidad y

Urgencia N° 1/20, 8/20 y 12/20, los Decretos N° 463/19 y sus modificatorios y N°

321/20, el Expediente Electrónico N° 22416956-DGTALAVJG/20,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/2020 el Poder Ejecutivo de

la Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°

27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) en relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a

partir de la entrada en vigencia de dicho decreto;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a

los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus),

prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros

8/20 y 12/20, hasta el 30 de septiembre de 2020;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 297-

PEN/20 se dispuso la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio" hasta el

31 de marzo de 2020 inclusive, medida que fue prorrogada por los Decretos de

Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional Nros. 325-PEN/20, 355-PEN/20,

408-PEN/20, 459-PEN/20, 493-PEN/20, 520-PEN/20, 576-PEN/20, 605-PEN/20, 641-

PEN/20, 677-PEN/20 y 714-PEN/20 hasta el 20 de septiembre de 2020 inclusive;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 714-

PEN/20 se prorrogó la vigencia del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" hasta

el 20 de septiembre de 2020 inclusive exclusivamente para las personas que residan o

se encuentren en los aglomerados urbanos y en los departamentos y partidos de las

provincias argentinas que no cumplan positivamente los parámetros epidemiológicos y

sanitarios establecidos en el artículo 2° de dicho decreto;

Que el artículo 11 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 714-PEN/20, incluyó a la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre las localidades alcanzadas por la medida de

"aislamiento social, preventivo y obligatorio";

Que a través de diversas Decisiones Administrativas dictadas en ese marco y en el de

normas anteriores concordantes, se ampliaron paulatinamente las excepciones al

"aislamiento social, preventivo y obligatorio" y a la prohibición de circular dispuesta

inicialmente;

Que por Decisión Administrativa N° 1592-JGM-PEN/20 se exceptuó del cumplimiento

del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de la prohibición de circular a la

práctica de competencias automovilísticas;

Que mediante el Decreto N° 321/20 se estableció en el ámbito de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, a partir del 9 de septiembre del 2020 del "aislamiento social,

preventivo y obligatorio" y de la prohibición de circular que fueran dispuestos por el

Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 297-PEN/20 y sus

prórrogas a la práctica de competencias automovilísticas y a los establecimientos

habilitados donde se realice dicha actividad, al solo efecto de su desarrollo, en los

términos de la Decisión Administrativa N° 1592-JGM-PEN/20;

Que en virtud de lo hasta aquí expuesto, corresponde la aprobación de un protocolo

específico para las actividades autorizadas;

Que conforme lo dispuesto por el artículo 9° de la Ley N° 6.292 y sus modificatorias,

mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, el Jefe de Gobierno delegó en

quien suscribe las facultades de diseñar y ejecutar las políticas, planes y programas

vinculados al fomento y desarrollo integral del deporte en todas sus etapas y

modalidades, apoyando la recreación como medio de equilibrio y estabilidad social;

Que mediante el aludido Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la

estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo a la Secretaría de Desarrollo

Ciudadano bajo la órbita de esta Vicejefatura de Gobierno, y fijando entre sus

responsabilidades primarias la de diseñar y ejecutar las políticas, planes y programas

vinculados al fomento y desarrollo integral del deporte en todas sus etapas y

modalidades, apoyando la recreación como medio de equilibrio y estabilidad social;

Que en ese sentido, la Secretaría de Desarrollo Ciudadano ha elaborado el Protocolo

de Competencias del Deporte Motor a realizarse en el Autódromo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires "Oscar y Juan Gálvez" el cual tiene por objeto actualizar

las mejoras en el acondicionamiento de las instalaciones del establecimiento

precedentemente mencionado para el ingreso y circulación del personal afectado a los

mismos y usuarios, mediante el Informe N° 22453946-SECDCI/20.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

EL VICEJEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el Protocolo de Competencias del Deporte Motor a realizarse

en el Autódromo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "Oscar y Juan Gálvez" que

como Anexo I (Informe N° 22453946-SECDCI/20), se incorpora y forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a Unidad de Proyecto Especiales (UPE) Autódromo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal

ambas dependientes de esta Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de

Gobierno. Santilli


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5959

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 125-AVJG/20 aprueba el Protocolo de Competencias del Deporte Motor a realizarse en el Autódromo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Oscar y Juan Gálvez, en el marco de la Emergencia Sanitaria decretada mediante el Decreo de Necesidad y Urgencia N° 1/20.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 125-AVJG/20 aprueba el Protocolo de Competencias del Deporte Motor a realizarse en el Autódromo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Oscar y Juan Gálvez, en el marco de la excepcion de actividades dispuesta por el Decreto N° 321/20.</p>